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Memoria De Calculo Trabajo Final


Enviado por   •  5 de Noviembre de 2013  •  3.395 Palabras (14 Páginas)  •  833 Visitas

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MEMORIA DE CALCULO NAVE INDUSTRIAL

EQUIPO: VALENTIN CHAVEZ JAIME TALLER DE DISEÑO Y CONST. ACERO

AYALA MARCO ANTONIO PROFR. ING. TOMAS AMATECO REYES

PARTIDA ROMERO JESUS LICENCIATURA EN INGENIERIA CIVIL

DUARTE QUIÑONES MA.TRINIDAD NOVENO CUATRIMESTRE

TIJUANA, B.C. A 28 DE MAYO DEL 2013

INDICE

MEMORIA DE CALCULO

1.- Nombre y objetivo del proyecto.

Nombre de quién encarga el proyecto.

Nombre de quién realiza el proyecto.

Objetivo del Proyecto.

Ubicaciòn.

Superficie.

Topografía.

Linderos.

2.- Memoria Descriptiva

3.-Materiales

4.-Normas

5.-Referencia

Planos Arquitectònicos

6.- Memoria de càlculo.

MEMORIA DE CALCULO

1.NOMBRE Y OBJETIVO DEL PROYECTO

NOMBRE DE QUIÉN ENCARGA EL PROYECTO.

C. Ing. TomàsAmateco Reyes

NOMBRE DE QUIÉN REALIZA EL PROYECTO.

El presente proyecto lo desarrolla, en misión completa, los alumnos: Chavez Jaime Valentìn, Ayala Marco Antonio, Partida Romero Jesùs, Duarte Quiñones María Trinidad. Alumnos de la UDCI de Tijuana.

OBJETO DEL PROYECTO.

Se redacta el presente proyecto con el objeto de describir los trabajos necesarios para la construcción de una nave industrial contenido y especificar el nombre bien

UBICACIÓN.

La propiedad se encuentra situado en el Lote 51 Manzana 21 de la Calle Cedro número 1523 de la Colonia Vista Bella en la delegación San Antonio de los Buenos en Tijuana Baja California, México. Se trata del lote con número catastral LV4526.

SUPERFICIE.

TOPOGRAFIA.

LINDEROS.

2. MEMORIA DESCRIPTIVA

La estructura principal esta compuesta por vigas metalicas

Columnas circulares de acero

3. MATERIALES

4. NORMAS

ARTICULO I.4

DE ACUERDO AL REGLAMENTO DE LA LEY DE EDIFICACIONES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA:

Para el diseño de los elementos estructurales, en este Reglamento se han adoptado criterios basados en el método de los valores admisibles. Sin embargo podrán emplearse métodos de resistencia última de validez técnica reconocida y que sean aceptadas por la Secretaría.

CAPITULO II :ARTICULO II.1

DE ACUERDO AL REGLAMENTO DE LA LEY DE EDIFICACIONES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA:

Para los efectos de este capítulo las construcciones se clasifica la nave industrial en el siguiente grupo:

GRUPO B. Estructuras cuya falla ocasionaria pérdida de magnitud intermedia, tales como plantas industriales, bodegas ordinarias, comercios, bancos, restaurantes, casas para habitación privada, edificios de apartamentos y oficinas, bardas cuya altura exceda de 2.5. m. y todas aquellas estructuras cuyas fallas por movimiento sísmico pueda poner en peligro otras construcciones de este grupo o del A.

CAPITULO III CRITERIOS DE DISEÑO ESTRUCTURAL

ARTICULO III.1

DE ACUERDO AL REGLAMENTO DE LA LEY DE EDIFICACIONES DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA:

El Proyecto de la nave industrial cumple con los requisitos básicos siguientes:

a) Tener seguridad adecuada contra la aparición de todo estado límite de falla posible ante las combinaciones de acciones más desfavorables que pueden presentarse durante su vida útil esperada, y

b) No rebasar ningún estado límite de servicio ante combinaciones de acciones que corresponden a condiciones normales de operación de proyecto.

ARTICULO III.2

Se considerará como estado límite de falla cualquier situación que corresponda al agotamiento de la capacidad de carga de la estructura o de cualquiera de sus componentes incluyendo la cimentación y el suelo, o al hecho de que ocurran daños irreversibles que afecten significativamente la resistencia ante nuevas aplicaciones de carga.

ARTICULO III.3

Se considerará como estado límite de servicio la ocurrencia de deformaciones, agrietamientos, vibraciones o daños que afecten el correcto funcionamiento de la construcción, pero que no perjudiquen su capacidad para soportar cargas.

CAPITULO IV DOCUMENTOS

ARTICULO IV.1

La documentación requerida del proyecto estructural deberá cumplir con lo previsto en el capítulo II de la parte 1 Requisitos Administrativos referente a licencias de construcción de este Reglamento. Que dice lo siguiente:

ARTICULO II-1 (REQUISITOS ADMINISTRATIVOS) DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE EDIFICACIONES

Para ejecutar cualquier obra, edificación, instalación pública o privada es necesario obtener licencia de la Dirección debiendo presentarse la solicitud de licencia por el poseedor, propietario o representante legal del propietario del predio cuando se trate de personas morales.

ARTICULO II-2 DOCUMENTOS(REQUISITOS

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