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Nif - D7 CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE FABRICACIÓN DE CIERTOS BIENES DE CAPITAL


Enviado por   •  23 de Mayo de 2014  •  Tesinas  •  705 Palabras (3 Páginas)  •  542 Visitas

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NIF D-7

CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN Y DE FABRICACIÓN DE CIERTOS BIENES DE CAPITAL

OBJETIVO

Establecer el tratamiento contable de las transacciones derivadas de contratos de construcción y de fabricación de ciertos bienes de capital y de su presentación en los estados financieros.

ALCANCE

Contratos de construcción y de fabricación de ciertos bienes de capital, donde exista un contrato.

Los contratos de construcción y de fabricación de ciertos bienes de capital cubiertos por esta regla son: (1)

Construcción física de activos y para la prestación de servicios que están directamente relacionados con la construcción del activo

Destrucción y restauración de activos y de su entorno.

Fabricación o producción de ciertos bienes de capital. (No se consideran aquéllos que impliquen ventas de un fabricante de bienes producidos en una operación de fabricación estandarizada, incluso si se produce conforme a especificaciones del cliente, o contratos de proveeduría para el suministro de bienes de inventario o provenientes de una producción homogénea continua, en un período de tiempo).

• (1) Contrato de construcción.- El que se negocia específicamente para la construcción o fabricación de un activo o de una combinación de activos íntimamente relacionados o interdependientes, en términos de su diseño, tecnología y función, o su último propósito o uso. Tipos básicos de contratos de construcción:

• A precio fijo alzado

• A precio unitario

• De costo más comisión

• Por administración

REGLAS DE VALUACIÓN

Los ingresos, y costos y gastos relativos, se reconocen contablemente de acuerdo con el porcentaje de avance del contrato a una fecha determinada. (Método de porciento de avance)

Reconocimiento y valuación de los ingresos

• El ingreso debe reconocerse en forma periódica conforme se ejecuta o progresa la construcción. Los ingresos del contrato deben incluir:

• La cantidad total pactada originalmente

• Los aumentos o disminuciones por variaciones en el trabajo y en los precios, reclamaciones y pago de incentivos.

• Reconocimiento y valuación de los costos

Los costos del contrato deben ser identificados, cuantificados, estimados y acumulados con un grado razonable de exactitud y deben incluir:

• Costos que se relacionen directamente con el contrato específico (directos)

• Costos que sean atribuibles a la actividad general del contratista y que puedan ser asignados a un contrato específico (indirectos).

• Costos a excluir.

Los costos que no pueden ser atribuidos a la actividad del contrato, o no pueden ser asignados a contratos específicos, o cuyo cobro no esté especificado en el contrato, deben excluirse.

Costos iníciales.

Los costos que se incurren una vez adjudicado el

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