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PROCEDIMIENTO POR FALTAS


Enviado por   •  7 de Enero de 2015  •  1.185 Palabras (5 Páginas)  •  182 Visitas

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DEL PROCEDIMIENTO POR FALTAS

Este procedimiento se establece ante el Juez de Juicio Unipersonal, por ser las penas contempladas menores de 4 años en su límite máximo. En este caso no procede la admisión de los hechos y no procede la apelación. No cabe recurso alguno contra la decisión (387) y se permite la defensa material; es pues optativa, facultativa, la presencia del ius puniendis, del defensor (389).

TÍTULO V

Del Procedimiento de Faltas

Artículo 382. Solicitud. El funcionario que haya tenido conocimiento de la falta, o aquel que la ley designe para perseguirla, solicitará el enjuiciamiento indicando lo siguiente:

1. Identificación del imputado y su domicilio o residencia;

2. Descripción resumida del hecho imputado, indicando tiempo y lugar;

3. Disposición legal infringida;

4. Señalamiento de los datos pertinentes, agregando los documentos y los objetosentregados por el infractor o que se incautaron;

5. Identificación y firma del solicitante.

¿QUIEN ES EL FUNCIONARIO?

Puede ser el FMP, o el intendente de la prefectura previa solicitud de la víctima si la hubiere.

Artículo 383. Citación a juicio. El funcionario actuante o la persona legitimada, con el auxilio de la policía, citará a juicio al contraventor, con expresión del tribunal y del plazo dentro del cual deberá comparecer.

Artículo 384. Audiencia. Presente el contraventor, manifestará si admite su culpabilidad o si solicita el enjuiciamiento. En este último caso, deberá expresar cuáles son los medios de prueba que no pueda incorporar por su cuenta al debate y cuál el auxilio público que necesita para ello.

Artículo 385. Decisión. Si el contraventor admite su culpabilidad y no fueren necesarias otras diligencias, el tribunal dictará la decisión que corresponda.

Artículo 386. Debate. En caso contrario, el tribunal llamará inmediatamente a juicio al imputado y al solicitante; en el mismo acto librará las órdenes necesarias para incorporar en el debate los medios de prueba cuya producción dependa de la fuerza pública.

Las partes comparecerán a la audiencia con todos los medios probatorios que pretendan hacer valer.

El tribunal oirá brevemente a los comparecientes y apreciará los elementos de convicción presentados, absolviendo o condenando en consecuencia no se incorporan medios de prueba durante el debate, el tribunal decidirá sobre la base de los elementos acompañados con la solicitud.

Si nadie comparece, dictará la decisión sin más trámite.

Artículo 387. Impugnación. Contra la decisión no cabe recurso alguno.

Artículo 388. Supletoriedad. En todo lo demás, se aplicarán las reglas comunes, adecuadas a la brevedad y simpleza del procedimiento.

Artículo 389. Defensa. El imputado podrá ser asistido por un defensor, si lo nombrare.

Artículo 390. Proporcionalidad. Las medidas cautelares serán proporcionales a la falta imputada.

Del libro de la Dra. Magaly:Vásquez González es lo que sigue:

PROCEDIMIENTO DE FALTA5

Toda vez que el art. 1o del CP declara la falta como un hecho punible, la legislación procesal debe regular el trámite para la imposición de la sanción- respectiva. A tales efectos, el COPP prevé que el funcionario que haya tenido conocimiento de la falta, o aquel que la ley designe para perseguirla, debe solicitar el enjuiciamiento. En su solicitud deberá indicar:

1. Identificación del imputado y su domicilio o residencia;

2. Descripción resumida del hecho imputado, indicando tiempo y lugar;

3. Disposición legal infringida;

4. Señalamiento de los datos pertinentes, agregando los documentos y los objetos entregados por el infractor o que se incautaron;

5. Identificación y firma del solicitante.

El "funcionario actuante o la persona legitimada", con el auxilio de la policía, debe citar a

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