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Poder posesión efectiva


Enviado por   •  6 de Agosto de 2018  •  Prácticas o problemas  •  364 Palabras (2 Páginas)  •  83 Visitas

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SEÑOR NOTARIO: 

En el Protocolo de Escrituras Públicas a su cargo, sírvase extender y autorizar el PODER ESPECIAL contenido en las cláusulas siguientes:

PRIMERA.- COMPARECIENTE.- Comparece la señora xxxxxxxxxxxxx, de estado civil xxxxxxxxxxxxx, mayor de edad, de nacionalidad ecuatoriana, por sus propios derechos, legalmente capaz para contratar y obligarse, domiciliada en xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, con correo electrónico xxxxxxxxxxxxx y teléfono xxxxxxxxxxx.

SEGUNDA.- PODER ESPECIAL.- La compareciente, señora xxxxxxxxxxxxxx, libre y voluntariamente, confiere poder especial amplio y suficiente, cual en derecho se requiere a favor de xxxxxxxxxxxxxx, con cédula de ciudadanía número xxxxxxxxxxxxxxx, a fin de que la nombrada mandataria lleve la personería de su mandante y les represente en lo siguiente:

a) Solicite y suscriba ante un Notario Público, la escritura pública del Acta de Posesión Efectiva de bienes del causante señor xxxxxxxxxxxxxxxx, con cédula de identidad xxxxxx a favor de la mandante, así como proceda a la respectiva inscripción en el Registro de la Propiedad y Mercantil del Cantón Quito y de los Cantones que sean necesarios;

b)  Proceda a la declaración del impuesto a la herencia de los bienes dejados por xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, obtenga la clave respectiva en el Servicio de Rentas Internas, suscriba formularios, anexos, peticiones y cualquier documento que sea pertinente para lograr este fin, así como proceda al pago del impuesto correspondiente en caso de haber;

c) Proceda a la suscripción de las escrituras públicas de promesas de compraventa y/o de compraventa de ser el caso, de los bienes dejados por el causante xxxxxxxxxxxxxxxx, para lo cual podrá firmar formularios de transferencia, resciliaciones, aclaratorias, declaraciones juramentadas, y todo documento que sea necesario hasta el cabal cumplimiento de lo mandado en cualquier Notaria, instituciones públicas o privadas que se requiera;

d) La mandataria puede designar Procurador Judicial en caso necesario y queda investida de las más amplias facultades, inclusive de las taxativamente contenidas en el artículo cuarenta y tres del Código Orgánico General de Procesos, de tal manera que nadie pueda alegar insuficiencia de poder ni falta de cláusula especial para obstaculizar el cabal cumplimiento de este poder especial.-

La cuantía por su naturaleza, es indeterminada.-

Usted, señor Notario, agregará las demás formalidades para la validez de este Poder y Procuración Judicial

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