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Reforma Ley Poblacional


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2014  •  932 Palabras (4 Páginas)  •  175 Visitas

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TEGUCIGALPA.- El Congreso Nacional (CN) flexibilizará la Tasa de Seguridad Poblacional en cobros que se relacionan con una sola transacción bancaria, a solicitud del Consejo Hondureño de la Empresa Privada (Cohep) y el Poder Ejecutivo.

No se cobrarán depósitos bancarios de las cooperativas.

Lo anterior fue confirmado por el secretario del Congreso Nacional, Rigoberto Chang Castillo, tras una reunión con líderes de la cúpula empresarial, que ha emitido sus dudas y temores ante el cobro de ese impuesto.

Bajo ese decreto número 105-2011, el gobierno espera recaudar unos 2,200 millones de lempiras, 1,500 millones serían distribuidos en un Fondo de Seguridad para enfrentar la delincuencia y criminalidad y el resto en desarrollo social.

“La empresa privada pide que solo se cobre una sola vez por diversos movimientos que va tener una transacción bancaria, haremos una interpretación de ese artículo, remitido por la Secretaría de Finanzas”, expresó Chang Castillo.

Citó como ejemplo la aprobación de unos 60 contratos para producción de energía hídrica o renovable que obtienen préstamos del exterior.

“En el momento que los préstamos vengan del exterior se pagaría de una sola vez por la transacción que se lleva a cabo”.

Adelantó, que en la reunión de diputados programada para hoy se tomarán en cuenta las opiniones de los empresarios y gobierno.

Sería la segunda reforma que registra ese reglamento, el año pasado se redujo el cobro de tres a dos lempiras por cada 1,000, en cada transacción bancaria por retiro de cuenta de ahorro y de cheques para personas jurídicas.

Se eliminó todo aporte que harían las personas naturales cuando realicen retiros en sus cuentas de ahorro, sin importar la cantidad de recursos que tengan depositados.

Aportarán solo en retiros en cuentas de cheques cuando el promedio sea mayor a 120 mil lempiras.

Tampoco se cobrarán depósitos bancarios de las cooperativas, sin embargo aportarán al combate contra la delincuencia el 3.6 por ciento de sus excedentes anuales, calculados entre 80 y 100 millones de lempiras al año.

LEY DE SEGURIDAD POBLACIONAL

A partir del 24 de abril de 2012 se iniciará la aplicación del sistema operativo correspondiente para gravar las transacciones financieras contenidas en la Ley de Seguridad Poblacional.

PRODUCTOS SUJETOS A GRAVAMEN

Cuentas de ahorro

Persona natural

NO APLICA

Persona jurídica

Solamente aplica gravamen a cuentas con saldo promedio mensual del mes anterior igual o superior a ciento veinte mil lempiras exactos (L. 120,000.00) o su equivalente en moneda extranjera.

CUENTAS DE CHEQUES

Persona natural

Solamente aplica gravamen a cuenta con saldo promedio mensual del mes anterior igual o superior a ciento veinte mil lempiras exactos (L. 120,000.00) o su equivalente en moneda extranjera.

Persona jurídica

CERTIFICADOS DE DEPÓSITO

Persona natural

No aplica gravamen

Persona jurídica

No aplica gravamen

TARJETAS DE CRÉDITO

Persona natural

Solamente aplica gravamen a las tarjetas de crédito titulares que estén activas con un límite igual o superior a cuarenta mil lempiras con un centavo (L. 40,000.01) o su equivalente en moneda extranjera. Las tarjetas adicionales no generan gravamen.

OTROS PRODUCTOS

Adicionalmente,

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