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Seguridad Social En Colombia


Enviado por   •  20 de Agosto de 2012  •  54.051 Palabras (217 Páginas)  •  852 Visitas

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DERECHO DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Sistema de Seguridad Social Integral - tiene por objeto "garantizar los derechos irrenunciables de la persona y la comunidad para obtener la calidad de vida acorde con la dignidad humana, mediante la protección de las contingencias que la afectan."

SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL

Este sistema es integral por contener varios elementos independientes, con su propia normatividad, instituciones, derechos y obligaciones trabajan de forma coordinada; sus elementos son:

 Salud

 Pensión

 Riesgos profesionales

 Servicios Sociales Complementarios

No se podría hablar se sistema integral si faltara uno de ellos por esto todo trabajador debe estar dispuesto a afiliarse a todo el sistema y no negarse a dicha afiliación y a su vez todo empleador debe afiliar a todos sus trabajadores al mismo, a falta de esta afiliación del empleador deberá responder por su conducta.

SALUD

Se dice que es integral por que en materia de salud existen unas prestaciones llamadas Asistenciales y Económicas, prestaciones originadas en riesgos o enfermedades comunes, dadas en circunstancias de tipo común y no laboral o profesional.

1. Prestaciones Asistenciales:

Prevención, tratamiento y rehabilitación de las enfermedades generales o comunes, en materia de salud comprende los servicios médicos, paramédicos tanto en el nivel ambulatorio como en el hospitalario.

2. Prestaciones Económicas:

Que abarcan lo referente alas incapacidades por enfermedad general o accidente común, entendido como inhabilidad física o mental de un individuo que le impide desempeñar su profesión u ofició.

1. Subsidio por incapacidad: el trabajador que en virtud de enfermedad o accidente común no pueda laborar tendrá derecho a salario durante este periodo.

2. licencia de maternidad.

3. ley Maria o licencia de paternidad.

PENSIONES

La pensión de genera por:

1. Vejez

2. Invalidez por riesgo común

3. Muerte

Frente a estas tres contingencias el sistema prevé unas prestaciones si se cumplen con unos requisitos:

1. si se cumplen los requisitos en razón a la vejez se generaría la pensión de vejez o jubilación

2. si se cumplen los requisitos con razón a una invalidez por riesgo común se configuraría la pensión de invalidez por riesgo común

3. Si se cumplen los requisitos con respecto de la muerte se genera la pensión de sobreviviente más el auxilio funerario.

Si no se cumplen los requisitos se generaría:

1. Indemnización sustitutiva cuando de estuviera cotizando la pensión en el sector publico.

2. La devolución de saldos si fuere en el sector privado.

Entidades encargadas de reconocer las pensiones en Colombia:

 Cuando la pensión se obtenga producto de accidente o riesgo común será la entidad encargada de pensiones y cesantías.

 Cuando la pensión sea producto de accidente de trabajo o enfermedad profesional la entidad encargada será la A.R.P.

RIESGOS PROFESIONALES

Constituidos por los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

 Accidentes de Trabajo:

Se configuran en tres eventos:

1. Aquel que ocurre con causa y ocasión de la labor desempeñada, dentro del lugar de trabajo, en el lugar, dentro del horario establecido para tal y en cumplimiento de la labor para la cual fue contratado.

2. Aquel que ocurre por fuera del lugar de trabajo a un por fuera del horario establecido para tal siempre y cuando la labor desempeñada por el trabajador se a para la cual fue contratado y en cumplimiento de ordenes impartidas por el empleador.

3. El que sufre el trabajador de su residencia al lugar de trabajo y viceversa siempre y cuando el medio de transporte haya sido suministrado por el empleador.

 Enfermedad Profesional:

Aquella adquirida con causa u ocasión de la labor desempeñada y que este establecida en la ley como tal.

NOTA: Cuando el empleador pague el rodamiento del vehiculo en el que se transporta el trabajador de su casa al lugar de trabajo y viceversa deberá responder por los accidentes ocurridos en este trayecto como un accidente de trabajo a pesar de el empleador no ser quien suministre el transporte.

Siempre que se habla de riesgos profesionales de deberá revisar el Dcto 1295 de 1994, por razón de estos se generan las siguientes prestaciones:

a. Las asistenciales que comprenden los niveles de prevención tratamiento y rehabilitación, pero en este caso ya no de enfermedad general y accidentes comunes sino de enfermedades profesionales y accidentes de trabajo.

b. Las económicas Que contemplan subsidios por incapacidad temporal, indemnización por incapacidad permanente parcial, pensión de invalidez, pensión de sobrevivientes y auxilio funerario dependiendo de las características que revista la perdida de la capacidad laboral y siempre y cuando el origen sea una enfermedad profesional o un accidente de trabajo Subsidio por incapacidad temporal: reconocido por la A.R.P. y será del 100% del valor salarial.

 Indemnización por incapacidad permanente parcial: cuando se ha perdido parte se su capacidad laboral y este incapacidad es mayor del 5% y menor al 50% de su capacidad laboral.

Además de esta indemnización en material labor tendrá derecho a que se le reubique y a no ser despedido sin justa causa.

 Pensión por invalidez: cuando la pérdida

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