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Sistema de planificacion publica


Enviado por   •  12 de Julio de 2011  •  Monografías  •  6.031 Palabras (25 Páginas)  •  1.110 Visitas

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1.1 Sistema de Planificación Pública. Consejo Federal de Gobierno, Consejos Estadales, Locales, Parroquiales y Comunales. Nociones generales. Antecedentes. Naturaleza. Objeto. Marco Jurídico. Funciones. Instancias. Consejos Parroquiales Y Comunales. El Diagnostico Participativo.

SISTEMA DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA

Definición

Tal como lo expresa el Artículo 182 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 26 de la Ley Orgánica de Planificación, el Consejo Local de Planificación Pública, es la instancia encargada de promover la participación organizada de la población en los procesos de planificación participativa a ser desarrollados a nivel de Municipio, donde el Alcalde o Alcaldesa tienen la responsabilidad de formular el plan de Desarrollo Municipal, en coordinación con el Consejo Local de Planificación Pública.

El Consejo Local de Planificación Pública es el órgano encargado de la planificación integral del gobierno local, para lo cual se sujetará a lo dispuesto en el artículo 55 del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de Planificación, con el propósito de lograr la integración de las comunidades y grupos vecinales mediante la participación y el protagonismo dentro de una política general de Estado, descentralización y de desconcentración de competencias y de recursos, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Cada Consejo Local de Planificación Pública promoverá y orientará una tipología de municipio atendiendo a las condiciones de la población, nivel de progreso económico, capacidad para generar ingresos fiscales propios, situación geográfica, elementos históricos, culturales y otros factores relevantes. En todo caso, el Consejo Local de Planificación Pública responderá a la naturaleza propia del municipio.

Instancia de más amplia participación ciudadana en su seno se reúne la rama Legislativa y la Ejecutiva del Poder Municipal con la Sociedad Organizada, con el objeto de diseñar democráticamente y de manera racional, armónica y eficiente; el espacio geopolítico del Municipio, en función de la prosperidad económica y el bienestar social, en equilibrio con el ambiente.

Todo ello, sin olvidar la estrecha interacción que debe existir invariablemente entre el Estado y la Sociedad como eje principal del sistema político imperante. De allí que, uno de los aspectos novedosos que resalta la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es sin duda alguna el llamado a la participación directa o a través de sus representantes, que se le hace a los a los ciudadanos y las diferentes formas de materializarla.

En la derogada Constitución de 1961, la participación ciudadana, se encontraba de alguna manera restringida o limitada a una participación electoral, donde los partidos políticos predominantes de aquel momento, se constituyeron como los principales actores y mediadores de la sociedad civil y los diferentes entes gubernamentales que representaban al poder, desde el nivel central hasta el regional y municipal. En este sentido Quijada, (2007), afirma que ya no es un llamado meramente de tipo político, para cumplir con el derecho al voto para realizar excepcionalmente alguna consulta sobre aspectos específicos en el ámbito municipal, como se venía desarrollando de manera predominante en lo electoral, con la anterior Constitución; sino que además de la participación política, la Constitución de 1999 incorpora a las comunidades y ciudadanía en general al desarrollo de las actuaciones que se dan en el marco de las competencias municipales, tanto en lo que se refiere al proceso de definición y ejecución de la gestión pública, como en el control y evaluación de sus resultados, así como lo establece el artículo 62, el cual enuncia: Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica Asimismo, la Constitución de 1999, señala en su artículo 70 como medios de participación para lograr el protagonismo del pueblo en el ejercicio de su soberanía los siguientes:

En lo político: La elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocatoria del mandato, la iniciativa legislativa constitucional y constituyente, el cabildo abierto y las asambleas de ciudadanos y ciudadanas, cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otras.

En lo social y económico: Las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas, incluyendo las de carácter financiero, las caja de ahorros, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los v alores de mutua cooperación y de solidaridad.

Base legal:

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Titulo IV del Poder Público, Capitulo IV del Poder Público Municipal, Artículo 182.

El Decreto No. 1.528 con Fuerza de Ley Orgánica de Planificación, Título III, Instancias de Coordinación y Formulación en la Planificación, Capitulo II, Instancias Regionales, Estadales y Municipales, Artículo 26.

La Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública Capitulo I, Principios Fundamentales, Artículo 2.

Objetivos específicos

• Promover la organización comunitaria y la corresponsabilidad a través de las redes sociales para garantizar la participación protagónica de la sociedad.

• Implementar una política de enseñanza-aprendizaje que se corresponda con la educación para el trabajo; y los CLPP se transformen en un medio de producción cultural y asuman una condición moral y ética en su comunidad.

• Promover acciones inter-institucionales que permitan obtener los recursos necesarios para instrumentar las políticas de los CLPP.

Razones para su creación

• Ausencia de Institucionalidad Organizacional de la Participación Ciudadana

• Ausencia total de divulgación

• Ausencia de facilitadores y promotores a nivel municipal

• Posición

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