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Antecedentes de la Seguridad Social en Alemania.


Enviado por   •  17 de Marzo de 2016  •  Trabajos  •  924 Palabras (4 Páginas)  •  383 Visitas

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“Derecho de la Seguridad Social”

Antecedentes del Derecho Social en Inglaterra

Alumna: Canales Martínez Ariana Vanessa.

Profesor: Lic. Abel Huitrón.

Grupo: 1754

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Alemania se convirtió en el primer país del mundo en adoptar un programa de seguro social para la vejez. Otto Von Bismarck instituye en 1883 un Sistema de Seguros Sociales ante el éxito de la izquierda, y particularmente de la socialdemocracia.

La legislación social alemana fue una respuesta al avance del socialismo pero a la vez un combate hacia éste, ya que la Ley de 1878 prohibió la formación o continuación de todas las organizaciones que trataran de subvertir al Estado o el orden social. Se trataba de una legislación tendiente a desaparecer las organizaciones socialistas, socialdemócratas o comunistas. Estas leyes antisocialistas dejaron de regir en 1890.

Bismarck, sostiene que el Estado debe reconocer su misión de promover positivamente el bienestar de todos los miembros de la sociedad, y particularmente de los más débiles y necesitados, utilizando los medios con los que dispone la colectividad.

  • 1883-1889, se adoptaron una serie de Leyes sobre los seguros contra enfermedades, accidentes de trabajo, invalidez y vejez.
  • El 15 de Junio de 1883, se crea la Ley sobre el Seguro de Enfermedad, en esta misma Ley se codificaron los principios básicos del seguro de enfermedades, por primera vez.
  • La relación que se establece en esta Ley, entre la obligación de afiliación al seguro de enfermedad de acuerdo con un trabajo remunerado, es el punto de conexión. La conexión se repartía entre 2/3 para los obreros y 1/3 para los empresarios.
  • Los beneficios dependían de la cuantía de la cotización y de la entidad aseguradora, pero comprendía prestaciones médica y farmacéutica durante trece semanas, y prestaciones económicas por un valor de la mitad del salario del asegurado.
  • En 1884, se crea la Ley sobre Accidentes de Trabajo.
  • Los patronos debían cotizar obligatoriamente a las cajas para cubrir la invalidez permanente provocada por los accidentes de trabajo. En caso de incapacidad total, el trabajador percibiría una renta equivalente al 66% de su salario, y en el supuesto de que falleciera, la viuda cobraría un 20% más el 15% por cada hijo menor de quince años.
  • Las cotizaciones estaban a cargo del empleador, el seguro funcionaba según el principio de repartición, de conformidad con la propuesta de Bismarck, que se oponía a un sistema fundado en la capitalización.
  • Las prestaciones incluían el otorgamiento de una renta de acuerdo con la incapacidad del trabajo. La Ley preveía inspecciones en las fábricas, con el fin de prevenir los accidentes que pudieran resultar por los peligros inherentes al lugar de trabajo. Los costos de este seguro eran sufragados totalmente por el empresario.
  • La Ley de 1889, instituyó un primer sistema obligatorio de jubilación.
  • Este seguro se estableció para los obreros cuyo salario no superara los 2,000 marcos anuales. La pensión se concedía a los setenta años, y su cuantía era proporcional al número de cotizaciones del asegurado.
  • 1889, una reforma en este año extendió el campo de aplicación personal de la Ley a un círculo más amplio, particularmente a los trabajadores independientes.

Con la ayuda de estas tres leyes, se estableció por primera vez, un sistema de protección obligatoria. Con el paso del tiempo, la aplicación de la Ley se seguro de enfermedad y de accidentes de trabajo fueron ampliando su cobertura a fin de cubrir cada vez a un número mayor de trabajadores.

  • A partir de 1891, se aprobaron normas que establecían la jornada laboral máxima de once y diez horas para las mujeres y niños, así como la prohibición del trabajo nocturno para ambos grupos; y descanso dominical obligatorio. También se creó el primer impuesto progresivo sobre la renta de carácter moderno.
  • Entre 1891 y 1895, se creó el primer impuesto progresivo sobre la renta de carácter moderno.

El Sistema concebido por Bismarck, constituye uno de los grandes modelos de la seguridad social.

  • Se basa en una relación bilateral: A cambio de una contribución versada por el asegurado, le es acordada una indemnización en caso de sufrir alguno de los riesgos cubiertos. El empleador debe aportar una contribución proporcional a la del asegurado, y los seguros acordados no son facultativos, sino obligatorios. Existe una proporcionalidad entre el monto de las cotizaciones versadas y las prestaciones recibidas.
  • De este modelo se destaca la obligación impuesta a los empleadores y a los trabajadores para hacerlos corresponsables del financiamiento de la seguridad social, al igual que la obligación que se impone a los empleadores para responder a los riesgos sociales que puedan sufrir los trabajadores.

Después de la Primera Gran Guerra Mundial, en el Tratado de Versalles se proclama que la justicia social es un presupuesto necesario para la paz. Así se afirma que el descontento engendrado por la injusticia, la miseria y las privaciones que para un gran número de personas implican ciertas condiciones de trabajo, pone en peligro la paz y la armonía universal. La idea de que la paz depende de la justicia social, se consolidó después de la Segunda Guerra Mundial y sirvió para justificar la política social.

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