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Calificación Violaciones Derechos Humanos


Enviado por   •  26 de Febrero de 2014  •  1.324 Palabras (6 Páginas)  •  422 Visitas

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Menciona el C. Manuel López Vázquez, que ha acudido ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tabasco, a inconformarse por varios hechos, motivo por el cual ha iniciado diversas averiguaciones previas, sin embargo, en la integración de las indagatorias considera que ha habido dilación, de igual manera indica que la indagatoria número AP-VHSA-1833/2010 se encuentra actualmente extraviada, por lo que considera se encuentra en estado de indefensión y se beneficia a la parte contraria, por lo que acudió ante la Dirección de Auditoría Interna dependiente de la referida dependencia, a efecto de iniciar una queja por la actuación del Representante Social de la Primera Delegación del municipio del Centro, Tabasco, el cual se encuentra estancado, asimismo ninguna de las averiguaciones ha sido debidamente determinadas, señalando la mala fe de parte de los servidores públicos adscritos a la Procuraduría General de Justicia del Estado.

Atento a ello, este Organismo Público de acuerdo a las atribuciones y facultades previstas por los artículos 52, párrafo tercero de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco; 6, fracción II, inciso A), y 42 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, en concordancia con el numeral 17 de su Reglamento Interno, inició, investigó e integró la queja citada al rubro, por lo que derivado del análisis exhaustivo de las constancias que integran el sumario, se determinó lo siguiente:

Del análisis realizado a las evidencias que integran al presente sumario, se aprecia que el Agente del Ministerio Público Investigador adscrito a la Primera Delegación del municipio de Centro, Tabasco, que conoce de la integración de las averiguaciones números AP-VHSA-1RA-1833/2010, AP-1RA-725/2011 y AP-VHSA-1RA-608/2012; así como el Representante Social adscrito a la Quinta Delegación del municipio de Centro, Tabasco, que integra la indagatoria número VHSA-5TA-516/2012, de igual forma los servidores públicos adscritos a la Dirección de Auditoría Interna de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tabasco, violentaron los derechos humanos del C. Manuel López Vázquez, debido a que la indagatoria número AP-VHSA-1833/2010 se encuentra extraviada, así como las demás indagatorias no han sido debidamente integradas y determinadas conforme a derecho, de igual forma menciona que el procedimiento número 013/2011 iniciado ante la Dirección de Auditoría Interna de la Procuraduría General de Justicia del Estado, tampoco ha presentado ningún avance en sus actuaciones.

En este orden de ideas, al entrar al análisis del presente expediente se observa que la conducta desplegada por los Agentes del Ministerio Público Investigador adscritos a la Primera y Quinta Delegación del municipio de Centro, Tabasco, como los funcionarios de la Dirección de Auditoría Interna, todos dependientes de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tabasco, es a todas luces negligente en el cumplimiento de su actuar , que sin duda alguna contravienen el principio de justicia, pronta y completa que contempla los artículos 1 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que ampara los derechos de la víctima o del ofendido, así como lo estipulado en los artículos 1° y 2° del Código de Conducta para Funcionarios encargados de hacer cumplir la Ley y la Declaración de Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso del Poder, Convención Americana de Derechos Humanos.

Del análisis lógico jurídico que se realizó a las evidencias que integran el expediente de queja, para ésta Comisión Estatal se vulneraron los derechos a la legalidad y seguridad jurídica del C. Manuel López Vázquez, por los servidores públicos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Tabasco, al no integrar y determinar conforme a derecho las averiguaciones previa, tomando en consideración que el Ministerio Público representa los intereses jurídicos de la victima, partiendo de esta idea se advierte que el Representante Social no veló por los derechos humanos de la víctima al no determinar las indagatorias.

Las garantías de seguridad jurídica son la base principal de cualquier sistema legal es la certeza

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