ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Medios Impugantivos O Recursos Administrativos


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2011  •  1.853 Palabras (8 Páginas)  •  1.108 Visitas

Página 1 de 8

Recursos impugnativos

Son aquellos recursos que se interponen al interior de un procedimiento administrativo, para cuestionar los actos que emite un funcionario o un entidad administrativa en ejercicio de sus funciones.

Cualquier persona ya sea persona natural o jurídica, puede presentar unas solicitudes o pedidos ante una entendida administrativa, para efectos de que se reconozcan una serie de derechos.

Como por ejemplo: los procedimiento de otorgamiento de permisos, como puede ser el caso de la licencia de funcionamiento. Todos estos procedimientos están regulados por la ley de procedimiento administrativo, pero puede ocurrir que la entidad administrativa, dice q debe ser denegado, por que no se han cumplido los requisitos legales para obtener dicho permiso o puede ser q el funcionario encargado puede que allá cometido un error, por lo tanto estamos ante una situación en la que se abría denegado una solicitud o un pedido en forma errónea.

En todos estos procedimientos ya sean aquellos que se inician a solicitud de parte o aquellos que son iniciado de oficio por la entidad. Los administrados pueden verse perjudicados por las decisiones que toma la administración, en algunos casos que deniegan una solicitud o en otros casos se tratara de actos que imponen una sanción en forma indebida.

Para todos estos supuestos en los que hay un acto administrativo que a sido interpuesto en forma errónea, los administrados tienen un recurso, que tienen por finalidad cuestionar estos actos, que han sido emitidos por los funcionarios administrativos de tal manera que el administrado pueda obtener un nuevo pronunciamiento, o un pronunciamiento por parte del superior jerárquico al funcionario que emitió el acto original, con la finalidad q se emita un nuevo acto q sea debidamente sustentado y que contenga un análisis correcto de la solicitud del pedido que se ah efectuado o que contenga un análisis correcto de los hechos que supuestamente hubieran ocasionado la imposición de una sanción

Los Recursos Impugnativos en la ley Del Procedimiento Administrativo General Aprobada Por La Ley Nº 27444

Esta norma busca regular el proceder de la Administración Pública en el cumplimiento de sus funciones y dentro de su estructura se encuentran regulados los recursos impugnativos, dentro de los cuales está la posibilidad de impugnar los actos administrativos, ello a través de los recursos de reconsideración, apelación y revisión.

Cabe indicar que la Ley del Procedimiento Administrativo General en su artículo 206 señala que “frente a un acto administrativo que se supone viola, desconoce o lesiona un derecho o interés legítimo, procede su contradicción en la vía administrativa mediante los recursos administrativos”.

En este mismo orden de ideas, NORTHCOTE SANDOVAL precisa que “Los recursos administrativos constituyen entonces un mecanismo de defensa de los derechos de los administrados, permitiéndoles cuestionar los actos de la administración pública que hubieran sido dictados sin cumplir con las disposiciones legales o sin efectuar una adecuada apreciación de los hechos y fundamentos expuestos por los administrados”.

Los recursos:

Básicamente la ley del procedimiento administrativo general regula tres tipos o tres recursos administrativos.

 Recursos de reconsideración:

Es aquel que se interpone en primer orden o en un primer momento dentro de la instancia administrativa, es un recurso que esta destinado a que el mismo funcionario que emitió el acto que es materia de cuestionamiento, vuelva a revisar el pedido, la solicitud del administrado con la finalidad que emita un nuevo pronunciamiento esto, a raíz de que el administrado presenta conjuntamente con su recurso de reconsideración, nuevas pruebas que ameritan o acreditan este nuevo pronunciamiento.

La idea de este recurso de reconsideración es que se le pide al funcionario administrativo, que vuelva a evaluar todos los hechos, todos los documentos que fue materia de la solicitud origina, pero influenciada por la existencia de una nueva prueba presentando por el administrado, y es esta nueva prueba que justifica que se haga un nuevo análisis y que eventualmente que este funcionario administrativo deba modificar, dejar sin efecto en buena cuenta, el pronunciamiento que emitió originalmente y emitir uno nuevo en un sentido favorable hacia el administrado.

Entonces tenemos como característica particular de este recurso de reconsideración tendría que presentarse una nueva prueba que amerite este nuevo examen, por lo tanto recurso reconsideración no va a ser aplicable en todos los procedimientos administrativos.

Conforme lo dispone el artículo 208º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Ley Nº 27444, el Recurso de Reconsideración se interpondrá ante el mismo órgano que dictó el primer acto que es materia de la impugnación y se precisa que deberá sustentarse necesariamente en una nueva prueba5.

Por su parte, ELOY LARES MARTÍNEZ, sobre el Recurso de Reconsideración, señala que “Es el recurso denominado de reposición en la doctrina española, y gracioso entre los autores franceses, o sea, la solicitud dirigida al propio autor del acto, para que lo revoque o reforme. Claro está que la autoridad puede, si desestima las razones del recurrente, confirmar la medida impugnada.”

Recursos de apelación:

JERÍ CISNEROS manifiesta que “Etimológicamente la palabra apelación deriva de la voz latina “appellatio” que quiere decir citación o llamamiento y cuya raíz es “apello”, “appellare”, habiendo conservado dicho origen en la mayoría de los idiomas. Así en francés se dice “appel”, en inglés “Appeal”, en italiano “Apello”, en alemán “appellation”, en portugués “apellacao”.

En la doctrina se aprecia que GALLINAL apunta que “… por apelación,

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (11.9 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com