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Departamento de Seguridad


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2013  •  Ensayo  •  1.313 Palabras (6 Páginas)  •  228 Visitas

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1.- Departamento de Seguridad

Garantizar y proteger la salud de las personas, controlando los accidentes laborales y las condiciones ambientales de trabajo que puedan producir enfermedades y lesiones temporales o permanentes, sobrevenidas en el curso o con ocasión del trabajo. Asimismo, garantizar las operaciones y las medidas adecuadas en el uso de las maquinarias, instrumentos y materiales de trabajo para controlar el riesgo. Igualmente:

• Inspeccionar las áreas laborales así como los materiales y equipos.

• Establecer normas y procedimientos que permitan regular la higiene laboral, las condiciones del medio ambiente de trabajo, así como el empleo y uso seguro de las maquinarias, materiales y equipos dentro del recinto universitario.

• Diseñar e implementar programas de capacitación y adiestramiento en las acciones de prevención, auxilio y emergencia, ante la eventualidad de accidentes o enfermedades que atenten contra la higiene y seguridad industrial.

• Asesorar todas las áreas pertenecientes a la Universidad del Zulia en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.

2.- Comité de Seguridad.

son órganos paritarios y colegiados de participación, destinados a la consulta regular y periódica de las políticas, programas y actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo, conformados por los delegados o delegadas de prevención, por una parte y por el empleador o empleadora, en número igual al de los delegados o delegadas de prevención.

3.- Responsabilidades y tareas de cada una de ellas.

 Planificar tácticas para preservar la vida y la seguridad del trabajador.

 Reunirse periódicamente para realizar planes y evaluaciones.

 Conocer todos los procesos peligrosos existentes en el medio ambiente laboral.

 Conocer a todos los trabajadores de vista y trato, número o cantidad que laboran, lugares donde lo hacen y tiempo laborando.

 Realizar inspecciones periódicas y sorpresivas a las instalaciones.

 Realizar encuestas, estudios, tomar fotografías de los lugares más críticos.

 Desarrollar campañas educativas e informativas, a través de charlas, foros, periódicos, carteleras, afiches, información de las minutas y planes a realizar.

 Mantener una comunicación y relación con organismos claves que puedan aportar apoyo a los trabajadores como: universidades, bomberos, ministerios, el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (Inpsasel), y los Comités de Seguridad y Salud Laboral otras empresas.

 Velar porque se cumplan: la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, las leyes orgánicas y ordinarias, los tratados internacionales y las normas Covenin. El Inpsasel será el ente que ejercerá la contraloría social de todas estas normas.

 Tener conocimiento del medio ambiente laboral, la relación entre salud y trabajo, las condiciones de trabajo, los derechos de los trabajadores, la higiene ocupacional y riesgos en el trabajo, la clasificación de los factores de riesgos físicos, químicos, biológicos, fisiológicos, de seguridad, psicosociales, accidentes, enfermedades, y contraloría Social Seguridad y Salud Laboral otras empresas.

4.- Legislación:

Un cuerpo de leyes que regulan una determinada materia o al conjunto de leyes de un país.

Artículo 236. El patrono deberá tomar las medidas que fueren necesarias para que el servicio se preste en condiciones de higiene y seguridad que respondan a los requerimientos de la salud del trabajador, en un medio ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio de sus facultades físicas y mentales.

El Ejecutivo Nacional, en el Reglamento de esta Ley o en disposiciones especiales, determinará las condiciones que correspondan a las diversas formas de trabajo, especialmente en aquellas que por razones de insalubridad o peligrosidad puedan resultar nocivas, y cuidará de la prevención de los infortunios del trabajo mediante las condiciones del medio ambiente y las con él relacionadas.

Artículo 237. Ningún trabajador podrá ser expuesto a la acción de agentes físicos, condiciones ergonómicas, riesgos sicosociales, agentes químicos, biológicos o de cualquier otra índole, sin ser advertido acerca de la naturaleza de los mismos, de los daños que pudieren causar a la salud, y aleccionado en los principios de su prevención.

Artículo 238. Los trabajadores no deben hacer sus comidas en el propio sitio de trabajo, salvo cuando se trate de casos que no permitan

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