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Salario y Estabilidad Laboral


Enviado por   •  12 de Abril de 2023  •  Ensayo  •  776 Palabras (4 Páginas)  •  30 Visitas

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En este tema analizare el concepto del Salario y la Estabilidad Laboral; resaltando que el salario es la remuneración que recibe una persona como prestación de un trabajo realizado. La forma más clara y precisa de definirlo, es como lo establece la “Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras” (LOTTT) en el artículo 104:

Se entiende por salario la remuneración, provecho o ventaja, cualquiera fuere su denominación o método de cálculo, siempre que pueda evaluarse en moneda de curso legal, que corresponda al trabajador o trabajadora por la prestación de su servicio y, entre otros, comprende las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los beneficios o utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así como recargos por días feriados, horas extraordinarias o trabajo nocturno, alimentación y vivienda. Los subsidios o facilidades que el patrono o patrona otorgue al trabajador o trabajadora, con el propósito de que éste o ésta obtenga bienes y servicios que le permitan mejorar su calidad de vida y la de su familia tienen carácter salarial.(…)

La Ley exige que la forma de pago de salario se debe pagar en moneda de curso legal, mediante el acuerdo de las partes; es decir, entre el patrono y el trabajador el pago podrá hacerse mediante cheque bancario. Lo que si no se permite es que el pago sea mediante mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que quiera sustituirse la moneda. Se podrá estipular como parte del salario, cuando ello conlleve un beneficio social, la dotación de vivienda, la provisión de comida y otros beneficios de naturaleza semejante. (Expresado en el artículo 123 de la LOTTT).

La Jornada Laboral es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición para cumplir con las responsabilidades y tareas a su cargo, en el proceso social de trabajo. El patrono deberá fijar anuncios relativos a la concesión de días y horas de descanso en un lugar visible del establecimiento. (Expresado en el artículo 167 de la LOTTT).

Se establece en el artículo 173 de la LOTTT. La jornada de trabajo no excederá de cinco días a la semana y el trabajador o trabajadora tendrá derecho a dos días de descanso, continuos y remunerados durante cada semana de labor.

La jornada de trabajo se realizará dentro de los siguientes límites (Expresado en el art 173 de la Lottt):

• Jornada Diurna: comprende entre las 5am y las 7pm.

• Jornada Nocturna: entre las 7 pm y 5 am.

• Jornada Mixta: no podrá exceder de las siete horas y media diarias ni de treinta y siete horas y media semanales. Cuando la jornada mixta tenga un período nocturno mayor de cuatro horas se considerará jornada nocturna en su totalidad.

Se entiende como horas extraordinarias a las horas que se laboran fuera de la jornada ordinaria de trabajo. Las horas extraordinarias

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