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Registro Civil


Enviado por   •  27 de Abril de 2014  •  Ensayos  •  1.509 Palabras (7 Páginas)  •  196 Visitas

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Registro Civil

Noción: Dados los números e importantes efectos del Estado Civil, se comprenderá la enorme importancia de contar con una fuente de información y con unos medios aprobatorios que permiten al Estado, a los terceros y al propio sujeto conocer el estado civil de las personas y probarlo sin tener que recurrir a pesquisas y pruebas de dudoso valor. Por lo demás, debe destacarse que el registro civil, bien organizado, puede y debe prestar grandes servicio, tanto como en la esfera del derecho público, como el derecho privado.

Finalidad: El registro civil o registro del Estado civil tiene por finalidad servir de fuente de información sobre el Estado de las personas y suministrar medios probatorios de fácil obtención.

Personas que intervienen en las partidas del Derecho Civil: En la formación de las partidas que constituyen la base del registro civil, pueden intervenir la siguiente categoría de personas: funcionarios públicos, partes, declarantes y testigos.

• Los funcionarios públicos: En principio, la redacción de las partidas del Estado civil está encomendada a funcionarios públicos. Algunos funcionarios tienen competencia para redactar toda clase de partidas o actas y otros determinan clase.

1. Para redactar toda clase de actas o partidas solo está autorizada la primera autoridad civil del municipio. Cuando se trate de hechos o actos ocurridos en las dependencias Federales, se aplicaran las normas de su ley especial.

2. Para la redacción de las partidas de nacimiento son competentes además:

a) Los comisarios o el funcionario público más próximo, cuando el lugar donde ocurra el nacimiento diste más de tres kilómetros del lugar del despacho de la primera autoridad civil (L.O.P.N.A); art 20, ap. único).

b) Cuando el nacimiento ocurra en hospital, clínica, maternidad u otra institución de salud pública, la máxima autoridad pública de dicha institución (L.O.P.N.A); art 19, encab) o los funcionarios de las mismas instituciones en quienes haya delegado dicha atribución la máxima autoridad(L.O.P.N.A); art 19, parag.)

c) El funcionario diplomático o consular de la república, cuando el niño naciere en el exterior ( C.C. art 470, ap1)

d) El jefe, capitán o patrón del buque, cuando el niño nace durante el viaje de mar ( C.C. art 471)

3. Para la redacción de las partidas de matrimonio son competentes todos los funcionarios que son competentes para presenciar el matrimonio y que son:

a) Los funcionarios y personas autorizadas que se precisan en el curso del derecho de familia.

b) Tres personas, mayores de edad, que no estén ligadas a ninguno de los contrayentes por parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, siempre que una de ellas sepa leer y escribir, cuando se trate de matrimonio y art de muerte y no sea fácil e inmediata la concurrencia de alguno de los funcionarios autorizados para presenciar el matrimonio ( C. C; art 98).

c) Los jefes de cuerpos militares en campaña, cuando se trate de matrimonio en articulo de muerte de individuos pertenecientes a cuerpos sometidos a su mando ( C.C. art. 101, encab).

d) Los comandantes de buques de guerra y los capitanes de buques mercantes, cuando se trate de matrimonios celebrados abordo en articulo de muerte ( C.C. art 101, ap1) .

4. Para la redacción de las partidas de defunción son competentes además de las primeras autoridades civil de la parroquia o municipio el comisario del caserío, cuando la muerte ocurra en un lugar que diste más de 3 kilómetros de la cabecera de la parroquia o municipio, si en jurisdicción de la comisaria hubiera algún lugar habilitado para dar sepultura a cadáveres (C.C. art 476) ; el jefe, capitán o patrón de buque, cuando la muerte ocurra en viaje de mar ( C.C art 483), y los oficiales que designen los reglamentos especiales cuando se trate de defunciones de militares en campaña o de personas empleadas en el ejercito de la república (C.C. art 488).

5. Además, debe tenerse en cuenta que si por incomunicación, epidemia u otro motivo semejante, fuere notoria la dificultad de llegar al despacho de la autoridad competente, se podrá efectuar el acto ante otra autoridad competente del mismo municipio, y aun de otra jurisdicción, haciéndose constar en el acta la causa por la cual no se ocurrió ante el funcionario a quien correspondía autorizar el acto ( C.C art 454, encab)

• Las partes: Son aquellas personas a quienes se refiere el hecho o acto que la partida hace constar. Así, en el caso de partidas de nacimiento, parte es el recién nacido; en el caso de partida de matrimonio, partes son los contrayentes, y el caso

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