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TEORIAS DEL PENSAMIENTO POLITICO


Enviado por   •  6 de Abril de 2014  •  2.088 Palabras (9 Páginas)  •  537 Visitas

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DESARROLLO HISTÓRICO DE LA CIENCIA POÚTICA 87 florentino (1469-1527), se encuentra contenido fundamentalmente en sus obras: El 'Príncipe y los Discursos sobre la primera década de Tito Liuio.

En la construcción de su teoría se basó en la observación de las realidades políticas de su tiempo y en el análisis que le proporcionaba el estudio de la historia de los fenómenos políticos pretéritos. .. En El Príncipe, examinó las causas de la grandeza y decadencia de los Estados y, en atención a ellas, propuso una serie de medidas o. Consejos que seguir por los gobernantes para la adquisición, conservación J fomento de su poder. De acuerdo con esa tendencia, se le considera como el iniciador del principio político. Invocado tantas veces, de la razón de Estado, o sea, de la separación de la política y de la ética cuando lo requiriese el incremento del Estado.

Para la obtención y para conservar la autoridad en la persona del gobernante contribuyen dos factores, según Maquiavelo, en primer lugar la, virtú vocablo italiano que significa en este autor. Fuerza, inteligencia, astucia, crueldad cuando sea necesaria para la defensa del poder, hipocresía, disimulo, doblez, desconocimiento de la palabra dada y cualquier otro elemento que ayude a esa obtención y defensa del poder político.

El otro factor es la fortuna, azar o coyuntura individual o social que llevan al príncipe a obtener y consolidar el poder. Es célebre también en Maquiavelo el paralelismo de las virtudes (entendidas a su manera), del gobernante 'con las cualidades del león y del zorro.

EL PENSAMIENTO POLÍTICO DE BODINO.-El pensador hugonote francés Jean Bodin, o Badina, como se le conoce al castellanizar su nombre, vivió en pleno siglo XVI (1530-1596). Su pensamiento político se encuentra sobre todo en su obra principal: Les six liores de la Republique, que escribió en francés, publicándola en 1576, y diez años más tarde tradujo al latín, publicándola con el titulo de Republica libri sexo. El objeto fundamental que persiguió Badina con su doctrina fue la consolidación de la monarquía absoluta de su país en el siglo XVI.

Por ello, su tema más importante es la elaboración de la doctrina de la soberanía, que definió como "un poder supremo sobre ciudadanos y súbditos no sometido a ley" También la definió como "[a facultad de crear y derogar las leyes con potestad suprema". De esta suerte caracterizó Bodino a la soberanía como un poder supremo, el de más alta jerarquía, pues no se encuentra sometido a la ley positiva, ya que la misma es creada y derogada por él. Sin embargo, ese poder supremo no entraña el despotismo. Pues Bodino considera que por encima del mismo se encuentra el derecho natural: [us diuinum el naturale, e igualmente el derecho de gentes y las costumbres de los pueblos, además, cuando el poder crea la ley positiva obedece sus prescripciones en tanto no la derogue.

Esta concepción del ilustre- jurista francés, de la soberanía C0l110 poder supremo, perpetuo, legal y omnipotente, dio un extraordinario impulso al pensamiento político, que recibió una importante aportación para la construcción que se estaba efectuando del Estado moderno.

EL PENSAMIENTO POLÍTICO DE JOHN Locxz.c-Situado en la corriente jusnaturalista del racionalismo y la posición contractualista, este pensador inglés vivió de 1632 a-1704. En 1688 una revolución transformó el absolutismo político de su país en una monarquía parlamentaria. Locke es considerado como el teórico de esa revolución, pues en su obra política fundamental Dos Tratados sobre el Gobierno, publicada en 1690, encontramos, en la primera parte. Una refutación de la doctrina absolutista expuesta por Filmen en el Patriarca, y en la segunda parte una construcción. Sistemática de doctrina política, que es considerada como la primera gran defensa del sistema democrático liberal de gobierno.

Locke, al igual que los otros pensadores contractualistas, hace referencia en su obra a un primitivo estado de. Naturaleza. Pero su concepción de ese estado de naturaleza, difiere completamente del pensamiento de Hobbes. Según Locke, en esa situación primitiva, los hombres se encuentran en "un estado de perfecta libertad para ordenar sus acciones y disponer de sus posesiones y personas en la manera que les parezca conveniente. Dentro de los límites de la ley natural, sin pedir consentimiento o depender de la voluntad de ningún otro hombre". En esa situación reina la igualdad Porque ningún hombre tiene mayor influencia que los demás. La ley natural que rige esa situación primitiva es la razón Que establece como consecuencia de la igualdad e independencia fundamental de todos los seres humanos, que ninguno debe hacer daño a los demás en su vida, salud. Libertad o posesiones.

Esa misma ley natural Derivada de la razón, confiere a todos los hombres el derecho de defender sus privilegios fundamentales a la vida, Salud, libertad y posesiones. Castigando a quienes no las respeten con un sentido de igualdad proporcional al daño sufrido.

Pero esta situación hada que cada hombre fuese el juez de su propia causa y el ejecutor de sus decisiones de reparación. La consecuencia fue la verificación de muchas injusticias y por ello se hizo necesario crear, por el acuerdo de todos, una sociedad política en la que en su totalidad residiese e! poder soberano pero siendo su ejercicio encomendado a un grupo de personas, pero, y aquí está el abismo que separa a Locke de Hobbes, sólo en la medida necesaria para preservar los derechos fundamentales de todos los hombres a la vida, libertad y propiedad. Ese poder se manifestarla como legislativo en el. Parlamento y como ejecutivo en los órganos de esta índole, Hay un tercer poder confederativo que se ocupará de las relaciones exteriores: guerra y paz, tratados internacionales, etc.

El poder judicial se encuentra implícitamente también en la doctrina de Locke al hablar éste de un órgano del Estado que dirima las controversias. El poder seguirá siendo un atributo de la comunidad, no un privilegio exclusivo y absoluto de los gobernantes; por ello, al conservar la comunidad política de manera originaria ese poder, podrá cambiar a los gobernantes cuando abusen de su mandato, existiendo la posibilidad del derecho de resistencia a la potestad tiránica.

EL PENSAMIENTO POLÍTICO DE JUAN JACOBO ROUSSEAU.-La tercera gran figura del contractualismo, en Jos tiempos modernos, es el pensador ginebrino Juan Jacobo Rousseau (1721-1778) e, Su doctrina contractualista difiere, no obstante, de la de sus predecesores Hobbes y Locke.

Nacido en Suiza, pasó la mayor parte de su vida en Francia, donde escribió sus obras de

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