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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO


Enviado por   •  8 de Octubre de 2012  •  1.853 Palabras (8 Páginas)  •  654 Visitas

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PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

Conceptos

Los principios generales del Derecho son los enunciados normativos más generales que, sin perjuicio de no haber sido integrados al ordenamiento jurídico en virtud de procedimientos formales, se entienden forman parte de él, porque le sirven de fundamento a otros enunciados normativos particulares o recogen de manera abstracta el contenido de un grupo de ellos.

Estos principios son utilizados por los jueces, los legisladores, los creadores de doctrina y por los juristas en general, sea para integrar lagunas legales o para interpretar normas jurídicas cuya aplicación resulta dudosa.

Los principios generales del derecho es harto sugestivo y sobre él se han producido en abundante literatura la filosofía y la dogmática jurídica; como que representa uno de los mas claros y fuertes vínculos de conexión y enlace entre una y otra disciplina.

Los principios generales de derecho en su mas alto y comprensivo sentido son materia propia del filosofo del Derecho; empero hallándose ellos en la raíz misma de las instituciones jurídicas particulares no pueden ser extraños al jurista profesional y a éste pertenecen desde luego y a su competencia están, cuando descienden de aquellas alturas para encarnar en la vida prestando espíritu, color y base a los preceptos de una legislación positiva. En él transito de una u otra esfera lo que ganan en concreción y acaso en intensidad, lo pierde en amplitud y extensión; al fin ese transito representa una mayor un acomodamiento en que la virtud del principio, antes generalísimo, se infunde en términos más particulares que a su modo la incitan y disminuyen, dividiendo principios ya menos generales y más limitados.

Los principios generales de Derecho son el aval de toda disquisición jurídica; ellos emparan los razonamientos jurídicos aunque estos tomen por base un precepto de ley o de costumbre, sirviéndoles de altísimo fundamento, cuyo caso son de fuente primaria difusa de solución jurídica que acompaña a todos los fallos expresa o tácitamente

DEL VECCHIO, estima que los principios generales del Derecho por el legislador son los de derecho romano o común o de derecho civil positivo rechaza la teoría llamada derecho libre iliberal a su entender, porque concede al juez un cierto poder legislativo contra la dogma constitucional de la división de los poderes y vuelve sus ojos aquellos otros principios altísimos, sumo, que están que están en la base del derecho romano y común y de él son presupuestos, que se han trasmitido entre los prácticos por antiquísima tradición y cuyas huellas se encuentran en los polvorientos tratados de Derecho natural. De las dos tendencias, filosóficas e historicista, que, respectivamente, domina las contestaciones A la pregunta cómo hayan de entenderse los principios generales del Derecho, invocados por el legislador italiano, DEL VECCHIO se sitúa dentro de la filosofía que describe al Derecho natural esa función supletoria e integradora de las reglas del Derecho Positivo.

Características de los Principios Generales de Derecho

Son enunciados normativos que expresan un juicio deontológico acerca de la conducta a seguir en cierta situación o sobre otras normas del ordenamiento jurídico. Cada uno de estos principios generales del Derecho, es un criterio que expresa un deber de conducta para los individuos, el principio o un estándar para el resto de las normas

Naturaleza y fundamento

Respecto a los principios generales del Derecho se ha desarrollado una polémica acerca de si ellos son extraños o externos al Derecho positivo, o si son una parte de él.

Según la posición de la escuela del Derecho natural racionalista, hoy ya superada, los principios generales, serían principios de un Derecho natural entendido como orden jurídico separado del Derecho positivo.

Según la doctrina positivista, también ya superada, o al menos en vías de superación en la mayoría de los países, los principios mencionados serían una parte del Derecho positivo. Sin embargo, nunca podrían imponer una obligación que no fuera sancionada por el mismo ordenamiento positivo por lo que se entiende que cada ordenamiento positivo tiene sus particulares principios generales y que no existen principios jurídicos de carácter universal.

La posición racionalista que escinde el Derecho en dos órdenes jurídicos específicos y distintos: el natural y el positivo –el primero conforme a la razón, y el otro, producto de la voluntad del sistema político– no puede sostenerse. Es evidente que el Derecho, producto típicamente humano, es una obra de la inteligencia humana: ella es la que descubre, desarrolla y combina criterios que enuncian un comportamiento entendido como justo; por esto, el Derecho también es llamado jurisprudencia, es decir, de lo justo, y la prudencia se entiende como un hábito de la inteligencia. Si bien el Derecho, conjunto de criterios, es obra de la inteligencia, su efectivo cumplimiento, el comportarse los hombres de acuerdo a los criterios jurídicos, es obra de la voluntad.

Funciones de los Principios

Los principios Generales del Derecho tienen tres funciones que tienen incidencia importante en las normas del ordenamiento, estas son: la función creativa, la función interpretativa, y la función integradora.

• La función creativa establece que antes de promulgar la norma jurídica, el legislador debe conocer los principios para inspirarse en ellos y poder positivarlos.

• La función interpretativa implica que al interpretar la norma, el operador debe inspirarse en los principios, para garantizar una cabal interpretación.

• La función integradora significa que quien va a colmar un vacío legal, debe inspirarse en los principios para que el Derecho se convierta en un sistema hermético.

Estas funciones no actúan independientemente, sino que en la aplicación del Derecho operan auxiliándose una a otra, así cada interpretación de una norma, basada en los principios, es una nueva creación. Para colmar una laguna legal es necesario interpretar el Derecho ya existente según los principios; por último, las lagunas legales en el derecho positivo no existen debido a la posibilidad que tienen los miembros judiciales para interpretar una norma ya creada y adaptarla según los principios generales, lo que garantiza una seguridad jurídica sólida frente a la positivización del Derecho.

Principios generales del Derecho Penal

Los principios limitadores del poder punitivo estatal estaba básicamente en la constitución, la que establece en su articulo

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