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Tutela Y Curatela


Enviado por   •  28 de Julio de 2011  •  848 Palabras (4 Páginas)  •  3.567 Visitas

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DERECHO ROMANO

INVESTIGACIÓN:

TUTELA Y CURATELA

ALUMNO:

ABELARDO RODRÍGUEZ CONSTANTE

CUARTA GENERACIÓN

LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRÁTICO

SALTILLO, COAH. A 18 DE JUNIO DEL 2011.

INTRODUCCIÓN

En esta ocasión esta Investigación trata de las diversas situaciones, del Derecho Romano, en que podría hallarse una persona sui iuris, que es aquella que no está sujeta a ninguna autoridad, pero en virtud de alguna incapacidad, estuviera sometida a la institución de la tutela o bien de la curatela.

Más adelante explicaré las causas por las cuales se pudiese someter a la persona a dichas instituciones, como se definía cada una de ellas, los requisitos e impedimentos para ser tutor o curador, los tipos de tutela según su causa, los tipos de tutela según su designación, las restricciones de los tutores, las causas para poner fin a la institución de la tutela y los diferentes tipos de curatela.

TUTELA Y CURATELA

Son aquellas instituciones bajo las cuales se subordinaba una persona sui iuris, esto por tener una incapacidad.

Las causas a las que obedece la incapacidad de una persona son:

Por falta de edad.

Por razón de sexo.

Por alteración de las facultades mentales.

Por prodigalidad.

En las primeras dos causas es aplicada la tutela y en las siguientes dos se aplica la figura de la curatela.

TUTELA

Servio Suplicio define a la tutela como “el poder dado y permitido por el derecho civil, sobre una cabeza libre a efecto de en virtud de que a causa de su edad no puede defenderse por si mismo”. Es decir, son cargas impuestas a ciertas personas en beneficio de otra que no pueden administrar libremente lo suyo y que no están sometidas a patria potestad ni a la potestad de la manus, en el caso de las mujeres.

1. Tipos de tutela según su causa.

1.1 Tutela de los impúberes.

Se aplicaba a los hombres menores de 14 años y a las mujeres menores de 12 años, lo cual era considerado el inicio de la pubertad.

1.2 Tutela perpetua de las mujeres.

Se aplicaba a toda mujer que no estuviera bajo la potestad de la manus.

2. Tipos de tutela según su designación.

2.1 Tutela testamentaria.

El paterfamilias designaba al tutor en su testamento, esto estaba reconocido por la Ley de las XII Tablas.

2.2 Tutela legítima.

Si no existiera una tutela testamentaria se designaba al agnado más cercano al pupilo.

2.3 Tutela dativa.

En el caso de que no existiera ningún agnado del pupilo, el magistrado designaría al tutor.

3. Funciones del tutor.

Cuidar el buen manejo de la fortuna del pupilo y no la de ocuparse de forma directa de su guardia y protección.

4. Requisitos para ser tutor.

Ser libre.

Ser ciudadano romano.

De sexo masculino.

Mayor de 25 años.

5. Excusas e incapacidades para ser tutor.

5.1 Excusas.

Ser mayor de 65 años.

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