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Precedente O Jurisprudencia


Enviado por   •  21 de Marzo de 2014  •  2.315 Palabras (10 Páginas)  •  221 Visitas

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PONENCIA

El juez tiene y es preciso que así sea un papel muy importante como creador jurídico, al pronunciar el derecho que dirime una determinada controversia, y más aún si los criterios que utiliza al desempeñar su función tienen valor vinculante para instancias de inferior jerarquía, por lo cual debe tenerse muy clara la naturaleza de estos criterios y las reglas que en virtud de ella deben seguirse para su utilización práctica. En estas ideas se resume el sentido general de la obra que reseñamos.

En el capítulo 1, se plantea el hecho de que el precedente judicial nació en Colombia, en donde se estableció como la doctrina probable, heredada en su gran mayoría de la legislación española y francesa. No obstante, se reconoce la importancia de esta en un inicio, hasta tal punto de desdibujar su real función, y queriéndose que la jurisprudencia cumpliera a su vez el papel de legislador, lo que hizo que los jueces en su gran mayoría, lograran el cambio consiguiendo un sistema libre de jurisprudencia, perdiendo la obligatoriedad de esta.

No obstante, esta teoría no duro mucho, puesto que con la creación de la constitución de 1991, y con la participación de la corte constitucional de manera importante, se observa claramente, que la corte viene en un proceso de fortalecimiento normativo de sus sentencias, lo cual, por extraños motivos, genera controversia con los otros jueces, que constantemente desobedecían tales jurisprudencias; pero esta fue la causa, de que se perdiera esa ideología romántica que se tenía de la jurisdicción constitucional, sumado a la entrada de los nuevos jueces, logrando así, que la corte constitucional entrase en una etapa de maduración.

Lo importante a plantear, es que en sí, la jurisprudencia no ha perdido la línea en cuanto a sus conceptos centrales, no obstante, estos conceptos están vinculados a múltiples cuestiones de detalle que si varían significativamente esta nueva etapa en la que finalmente se volvió a pasados ideales que se tenían de la doctrina probable obligatoria, estableciendo en ello “ Es razonable exigir, en aras del principio de igualdad en la aplicación de la Ley, que los jueces y funcionarios que consideren autónomamente que deben apartarse de la línea jurisprudencial trazada por las altas cortes, que lo hagan, pero siempre que justifiquen de manera suficiente y adecuada su decisión, pues de lo contrario, estarían infringiéndose el principio de igualdad” .

El primer capítulo está dedicado al estudio del valor de fuente jurídica, concedido en ese país sudamericano, a los criterios elaborados por los jueces al fallar los asuntos puestos a su consideración, y al conflicto político entre éstos y el legislador, que subyace a la determinación de tal valor, producido por concepciones del derecho radicalmente opuestas. Se hace en esta sección un recorrido por las diversas normas relativas a la obligatoriedad de precedentes judiciales en Colombia y las sentencias que con mayor o menor fortuna las han interpretado, que introduce al lector a la contienda entre la teoría tradicionalista que enaltece al legislador como primera y única fuente jurídica y la que el autor califica como "nueva" que admite un papel más activo y protagónico de los jueces, constituyendo la exposición de esta polémica uno de los pilares de la obra y que será retomada con mayor profundidad en sus últimas páginas.

Ha resultado novedoso para nosotros, como mexicanos, saber de un ordenamiento jurídico que no cuenta con normas legales que establecen claramente un sistema de jurisprudencia para la interpretación y aplicación del derecho, pues estamos acostumbrados a manejar muchas veces sin el cabal conocimiento de la teoría y de la metodología requeridas para ello los criterios de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, principalmente, el Tribunal Electoral federal, los Tribunales Colegiados de Circuito y el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Esta circunstancia nos ha hecho comprender y esto es uno de los beneficios de la comparación jurídica los serios problemas que enfrentaríamos de no contar en México con el vigente sistema jurisprudencial, a pesar de sus deficiencias y de las nuestras como juristas. Es notable que el autor refiera a nuestro país aunque con las siguientes imprecisiones que en nada menguan la calidad de su obra, ya que su mención es incidental: 1) señala acertadamente que la jurisprudencia en México se encuentra regulada en la Ley de Amparo, pero sin mencionar lo que al respecto disponen otros ordenamientos como la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Reglamentaria del Artículo 105 Constitucional; y 2) no toma en cuenta la reforma constitucional de 1994 que redujo el número de integrantes de la Suprema Corte de Justicia.

Al estudio de los criterios judiciales relativos a un tema concreto, y sostenidos en un determinado periodo, sugiriendo el autor una metodología basada en el examen de lo que denomina "línea jurisprudencial". La importancia de este capítulo es evidente por la posible aplicación de las ideas que contiene a la investigación jurídica; solemos realizar el análisis del tratamiento jurisprudencial a un problema, pero sin mayor método que la recolección del material pertinente y notando más o menos precisamente los cambios de criterio que al respecto hayan tenido los tribunales.

El autor ha desarrollado una metodología de estudio diacrónico de criterios jurisprudenciales, basada en la elaboración de un diagrama que muestre los vaivenes del pensamiento judicial sobre un tema, entre dos extremos de opinión contrarios, situados en las posturas conservadora e innovadora más radicales del tribunal propuesta claramente influida por la academia estadounidense, que por razones obvias nos lleva un buen trecho al respecto; y aconseja que para la correcta delimitación de la línea jurisprudencial a estudio, se deben concretar sus límites del modo más preciso e "identificar el patrón fáctico fundamental y relacionarlo con el texto o norma constitucional controlante"

En otro tema similar, como punto de partida se debe subrayar la gran importancia que la utilización del precedente y de la jurisprudencia reviste en la vida del derecho de todos los ordenamientos modernos. Diversas investigaciones desarrolladas en distintos sistemas jurídicos han demostrado que la referencia al precedente, desde hace ya varios años, no es una característica peculiar de los ordenamientos de common law, pues está actualmente presente en casi todos los sistemas, lo que incluye igualmente al civil law. Es decir, la distinción tradicional según la cual los primeros sistemas serían fundados sobre el precedente, mientras

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