ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

MAESTRÍA EN BANCA Y FINANZAS


Enviado por   •  16 de Agosto de 2016  •  Tareas  •  1.335 Palabras (6 Páginas)  •  170 Visitas

Página 1 de 6

[pic 1][pic 2]

FACULTAD DE  MAESTRIAS Y ESTUDIOS DE POSTGRADOS

[pic 3]

MAESTRÍA EN BANCA Y FINANZAS

Marvin Roberto Panameño Guzman                                         46-0187-2016

San Salvador, 06 de julio de 2016

  1. Cuáles son los TRES tipos de Usuarios que intervienen en una sección electrónica de negociación?
  • Usuario Administrador.
  • Usuario Operador.
  • Usuario de Consulta.
  1. Cuál es la información mínima que se solicita internacionalmente que los intermediarios registren en una orden de negociación en bolsa? Explique
  • Acreditar adecuadamente la identidad de la persona o sociedad que desea negociar, presentando los documentos necesarios y poderes legales pertinentes.
  • Registrar fecha y hora en que la casa recibe del cliente la orden de compra y venta.
  • Indicación si es de compra o venta y Tipo de orden.
  • Instrumento (el valor que será objeto de la transacción)
  • Precio si es instrumento de Deuda  y Cantidad de los títulos a negociar.
  • Condiciones liquidación de la orden.
  • Plazo de validez de la orden y Comisión pactada.
  • Nombre del corredor que recibe la orden.
  1. Explique las fases de la liquidación de las operaciones en Bolsa.

1. Cobro a Bancos y a entidades que no Bancarias.  

Los Bancos pagan directamente a la cuenta de la Bolsa en el BCR a través de su cuenta de liquidez. El valor a pagar es el resultado del neteo de sus operaciones, es decir, el resultado entre sus saldos a cobrar y sus saldos a pagar.

Las entidades que no son Bancos le pagan a la Casa que efectuó su operación, y es ésta quien le paga a la Bolsa, los valores resultantes del neteo de las operaciones. Dicho neteo es automático.

2. Pago a favor de entidades que no Bancarias.

Cuando el valor resultante del neteo es a favor de las Casas, la bolsa gira instrucciones para el pago de dicho valor, utilizando las cuentas de liquidez de los Bancos.

3.  Pago a Bancos.

Cuando el valor resultante del neteo de sus operaciones es a favor del cliente Banco.

  1. Explique cuáles son los requisitos de autorización de constitución de una Casa Corredora de Bolsa?
  1. Testimonio de la escritura de constitución como sociedades anónimas, de conformidad con el Código de Comercio; se debe agregar en su denominación la expresión Casa de Corredores de Bolsa o Corredores de Bolsa; deberá tener como finalidad principal intermediar valores.
  2. Tener un capital social mínimo de US$202,700.00)  íntegramente suscrito y pagado, en efectivo cuando se trate de capital de fundación, el cual variará de conformidad a lo establecido en el artículo 98 de la Ley del Mercado de Valores.
  3. Estar inscrito en una bolsa de acuerdo a lo establecido en el artículo 57 del Reglamento General, y asentado en el Registro que para efecto lleve la Superintendencia, de acuerdo a lo establecido en los artículos 12 y 36 de la Ley del Mercado de Valores, lo que deberá hacerse del conocimiento público, mediante una publicación en dos periódicos de mayor circulación nacional, a costa del interesado.
  4. Haber constituido las garantías legalmente requeridas:
  1. La garantía será de un monto inicial equivalente a un millón de colones y responderá única y exclusivamente por responsabilidades adquiridas en la intermediación de valores.
  2. La garantía podrá constituirse ya sea en dinero efectivo, en fianza de un banco, financiera o compañía de seguros, así como en prenda sobre valores aceptados por la bolsa respectiva.
  3. Con todo, aquella parte de la garantía que consista en prenda sobre acciones, no podrá exceder del veinticinco por ciento del total de la misma.
  4. La garantía deberá mantenerse vigente por la casa de corredores.
  1. Presentar constancia extendida por la autoridad reguladora del mercado de valores del país de origen, para socios extranjeros en que se indique que no existe ningún impedimento para desempeñarse como tales.
  2. Comprobar que los accionistas y directores cumplen los requisitos establecidos en la Ley del Mercado de Valores:
  1. Ser salvadoreños, centroamericanos y en el caso de los extranjeros, tener por lo menos tres años de residencia en el país.
  2. Ser de reconocida honorabilidad y competencia financiera.
  1. Acreditar que los accionistas y directores no se encuentran dentro de las prohibiciones e inhabilidades establecidas en los artículos 57 y 59 de la Ley del Mercado de Valores.
  1. Explique cuáles son los requisitos de autorización de inicio de operaciones de una Titularizadora de Activos?
  1. En el caso que la Junta Directiva no hubiere sido electa en la escritura pública de constitución social, deberá presentarse a la Superintendencia, una copia legible, certificada notarialmente de la certificación de punto de acta de Junta General de Accionistas en la que conste dicha elección, previo a su inscripción en el Registro de Comercio.  Una vez que dicha certificación sea inscrita en el registro antes mencionado, deberá remitirse a la Superintendencia, una copia certificada notarialmente de la misma.
  2. Que el representante legal de la Titularizadora, solicite por escrito a la Superintendencia de Valores, la autorización del inicio de operaciones y su correspondiente asiento en el registro.
  3. Fotocopia legible, certificada notarialmente del punto de acta en virtud del cual se haya efectuado el nombramiento del Gerente General o Director Ejecutivo.
  4. Fotocopia legible, certificada notarialmente del Número de Identificación Tributaria y del Número de Registro de Contribuyentes de la Titularizadora.
  5. Organigrama de la Titularizadora con indicación del nombre de los administradores y directores, con expresión de sus cargos y personal de apoyo.
  6. Fotocopia legible, certificada notarialmente del acuerdo de nombramiento del Auditor Externo, en el caso que no haya sido nombrado en el acto constitutivo, quién deberá estar registrado en el Registro Especial de Auditores Externos que lleva la Superintendencia.
  7. Fotocopia legible, certificada notarialmente, de la Escritura Pública de constitución de la Titularizadora, debidamente inscrita en el Registro de Comercio.
  8. Presentar los sistemas contables y de información, según los modelos autorizados previamente por el Consejo Directivo.
  9. Presentar los controles y procedimientos internos que establecerá la Titularizadora, respecto de si misma y de los Fondos que administrará, incorporando al menos:
  1. Administración de conflictos de interés y manejo de información reservada o privilegiada.
  2. Administración de los activos y de los flujos que éstos generan.
  3. Seguimiento de los servicios contratados.
  4. Administración de las cuentas u obligaciones morosas.
  5. Administración de las garantías y mejoras.
  1. Comprobar que poseen condiciones operativas y de gobierno adecuadas, debiendo presentar su estructura organizativa y los siguientes Manuales: a) Operativos y de Gestión, de Funciones, de Procedimientos; de Gestión de Riesgo, de Gobierno Corporativo, de Ética y Conductas
  2. Remitir las Políticas de gestión de riesgo, Gobierno Corporativo y Ética y Conductas, aprobadas por su Junta Directiva.
  3. El Sistema Contable que se someta a autorización del Consejo Directivo deberá cumplir con lo establecido en el literal I. APROBACIÓN Y MODIFICACIÓN DE SISTEMAS CONTABLES, de la CAPITULO I MANUAL DE CONTABILIDAD- OBJETIVO Y DISPOSICIONES GENERALES de la RCTG-8/2008 MANUAL Y CATÁLOGO DE CUENTAS PARA TITULARIZADORAS DE ACTIVOS

AUTORIZACION DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN

Para obtener autorización de los sistemas de información deberá cumplir con lo establecido por la resolución RS-MV.0010/98 GUIA DE REQUERIMIENTOS PARA LA APROBACIÓN DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (8 Kb) pdf (192 Kb) docx (89 Kb)
Leer 5 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com