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Problemas Jurídicos Y Normativos Del Uso De Las Nuevas Tecnologías


Enviado por   •  20 de Junio de 2013  •  1.451 Palabras (6 Páginas)  •  479 Visitas

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Un Conceptos normativos que conforman el Marco Jurídico del derecho informático.

Derecho: Son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos inter subjetivos. Cada individuo de una sociedad posee el derecho de realizar todo lo que quiera siempre y cuando no invada el derecho de otro individuo. Su marco normativo es simple, mientras que los derechos de un individuo no invada al de otro este no se rompe, pero cuando las persona ejercen derechos dañando o perjudicando de cualquier manera a otra, el marco jurídico es traspasado.

Informática

Disciplina encargada del estudio de métodos, procesos, técnicas, desarrollos y su utilización en ordenadores (computadoras), con el fin de almacenar, procesar y transmitir información y datos en formato digital. El marco jurídico de esta es la normatividad dirigida a reglamentar el uso y reprimir el abuso, del nuevo poder de la Informática de posesión y el comercio de la información.

Informática Jurídica.

Es una disciplina de las ciencias de la información que tiene por objeto la aplicación de la informática en el Derecho. Difiere entonces del Derecho informático, que es la regulación jurídica de las nuevas tecnologías Su marco jurídico es el uso de la informatica de manera adecuada, de manera que no manipule informacion de cualquier tipo no destinada por lo que fue capturada, asi como no personificar a terceros individuos para conseguir un beneficio.

CONCEPTOS NORMATIVOS QUE CONFORMAN EL MARCO JURÍDICO DEL DERECHO INFORMÁTICO.

Los conceptos del derecho informático.

En esta moneda encontramos por un lado a la informática jurídica, y por otro entre otras disciplinas encontramos el derecho informático; que ya no se dedica al estudio del uso de los aparatos informáticos como ayuda al derecho, sino que constituye el conjunto de normas, aplicaciones, procesos, relaciones jurídicas que surgen como consecuencia de la aplicación y desarrollo de la informática. Es decir, que la informática en general desde este punto de vista es objeto regulado por el derecho.

CONCEPTUALIZACIÓN DEL MARCO NORMATIVO QUE RIGE AL MISMO.

Se obtiene que también constituya una ciencia, que estudia la regulación normativa de la informática y su aplicación en todos los campos. Pero, cuando se dice derecho informático, entonces se analiza si esta ciencia forma parte del derecho como rama jurídica autónoma.

DERECHO

Con respecto a la informática se define común conjunto de principios y normas que regulan o controlan el perfecto uso de la información sin corromper reglas o normas que no se pueden pasar por alto.

INFORMÁTICA

Tratamiento automático de la información, utilizando sistemas computacionales, generalmente implementados como dispositivos eléctricos. También es un procesamiento automático de la información.

INFORMÁTICA JURÍDICA

Conjunto de conocimientos científicos y técnicas que hacen posible el tratamiento automático de la información por medio de ordenadores. Derecho informático: Estable que los ciudadanos tienen derecho a la información y a las nuevas tecnologías esto sin mal uso de la información ni hacer daño a terceros.

NORMAS

Es una regla u ordenación del comportamiento dictada por una autoridad competente, cuyo incumplimiento trae aparejado una sanción y en relación con la informática el hacer un mal uso de la información puede tener una sanción.

Qué puede significar esto desde el punto de vista institucional? ¿Cuál es el organismo público que debe o puede dirigir, coordinar, planificar y hacer el seguimiento de esta gama tan variada de servicios al aparato productivo? La respuesta es: ninguno. Ni un super-ministerio del desarrollo, ni un super-ministerio de tecnología, ni un organismo de alto nivel con representantes de todos los sectores involucrados puede aspirar a ser eficiente dirigiendo una tal variedad de acciones y una red tan vasta de actores.

Una forma de abordar la integración de estas políticas es pensando en términos de una política nacional de competitividad e innovación, sirviéndose de la acepción más amplia del concepto de "Sistema Nacional de Innovación" introducido por Lundvall y Freeman.

A pesar de su utilización creciente en medios académicos y de su gradual introducción en los medios de la política tecnológica, no existe consenso en cuanto a una definición del sistema nacional de innovación. Hay dos sentidos en uso: uno restringido y uno amplio.

En el sentido más estrecho, el Sistema Nacional de Innovación coincide esencialmente con lo que en América Latina hemos denominado Sistema Científico Tecnológico, colocado en muchos casos bajo un Ministro de Ciencia y Tecnología.

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