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Desercion Escolar


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2013  •  5.185 Palabras (21 Páginas)  •  271 Visitas

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Materia: Metodología de la Investigación

Profesora: Vivian Cianca

Trabajo final: influencia del trabajo infantil en la deserción escolar

Fecha de entrega:

Viernes, 10 de agosto del 2012.

ÍNDICE

Introducción.

Capítulo I.

a. Tema de investigación: Influencia del trabajo infantil en la deserción escolar

b. Objetivos generales

c. Objetivos específicos

c. Justificación

Capítulo II.

d. Marco teórico

e. CONVENIO OIT N° 138 SOBRE LA EDAD MÍNIMA DE ADMISIÓN EMPLEO, RATIFICADO POR LEY N° 24.650.

f. Constitución y código de trabajo

g. Los derechos del niño

Capítulo III.

h. Marco metodológico

1. Tipo de investigación

2. Sujetos y fuentes de Información

3. Variables

4. Descripción de los instrumentos

Capítulo IV.

i. Análisis de resultados

j. Cuadro de entrevistas

Conclusiones

Recomendaciones

Anexos

Bibliografía

Capítulo I.

INFLUENCIA DEL TRABAJO INFANTIL EN LA DESERCIÓN ESCOLAR

Objetivos generales:

1. Conocer y estudiar la influencia del trabajo infantil en la deserción escolar, en niños de educación primaria y pre-media.

2. Estudiar los niveles de deserción escolar en niños de dicha edad, en la provincia de Chiriquí.

Objetivos específicos:

1. Definir el concepto de deserción escolar.

2. Conocer los motivos más relevantes de esta problemática.

3. Investigar el comportamiento característico de los niños que trabajan en edad escolar.

4. investigar acerca de programas de ayuda, códigos y leyes existentes que busquen una solución a esta problemática.

5. Señalar los diferentes resultados que acarrea la deserción escolar a causa del trabajo a temprana edad, desde el punto de vista psicológico, médico, familiar y social.

Justificación:

A través de esta investigación, buscamos describir los términos “trabajo infantil” y “deserción escolar”, y determinar cuáles son los resultados que acarrean, como problemática social en la actualidad.

El trabajo infantil puede afectar la vida y desarrollo del niño y del adolescente de diversas maneras; le impide gozar plenamente de sus derechos como menor, tales como salud, juego, recreación, y la más importante, la educación. El trabajo a tan temprana edad atenta contra el apropiado desarrollo físico, mental, físico y social del niño.

A raíz de esta problemática, el menor se ve expuesto a diversos flagelos, como las drogas y la delincuencia, las cuales, continúan perpetuando el círculo de pobreza.

Capítulo II.

Marco teórico:

Para comenzar a desarrollar nuestra investigación queremos hacer una definición simple y clara en rasgos generales que se entiende con trabajo infantil y mencionar: "las estrategias de supervivencia o actividades productivas de comercialización o prestación de servicios, remuneradas o no, realizadas por niñas y/o niños, por debajo de la edad mínima de admisión al empleo o trabajo establecida en nuestro país, que atenten contra su integridad física, mental, espiritual, moral o social y que interrumpan o disminuyan sus posibilidades de desarrollo y ejercicio integral de sus derechos".

Para poder hacer una investigación y análisis de tema queremos enunciar las diferentes normativas que regulan el trabajo infantil en la legislación de nuestro país, dichas fuentes legales son: la Constitución Nacional, El Código de trabajo,, la Convención sobre los Derechos del Niño, el Convenio de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) N° 138.

CONVENIO OIT N° 138 SOBRE LA EDAD MÍNIMA DE ADMISIÓN AL EMPLEO, RATIFICADO POR LEY N° 24.650:

Este Convenio establece en su artículo 2 inciso 3, que la edad mínima de admisión al empleo no podrá ser inferior a la edad en que cesa la obligación escolar o en todo caso a los quince años.

Asimismo, en el inciso 3 del mismo artículo está previsto que los miembros de la OIT cuya economía y medios de educación estén insuficientemente desarrollados (previa consulta con las organizaciones de empleadores y trabajadores interesadas) podrán especificar inicialmente una edad mínima de catorce años. Argentina ratificó el Convenio N° 138 haciendo uso de esta opción.

No obstante, en fecha 20 de mayo de 1998 el Poder Ejecutivo Nacional elevó al Congreso Nacional el Mensaje N° 601, estableciendo en 15 años la edad mínima de admisión al empleo en consonancia con la norma internacional. Por su parte, el artículo 3° de dicho Convenio establece que en los empleos o trabajos en que por su naturaleza o las condiciones en que se realice pueda ser peligroso para la salud, la seguridad o la moralidad de los menores, la edad mínima de admisión no podrá ser inferior a los dieciocho años. Esta prohibición está contemplada en la Ley de Contrato de Trabajo.

El mismo Convenio establece una excepción para el caso de trabajo artístico

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