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Enviado por   •  16 de Mayo de 2012  •  2.524 Palabras (11 Páginas)  •  477 Visitas

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Poder Judicial Bolivia

1. Introducción

2. Antecedentes

3. Contenido

4. Conclusiones

5. Bibliografía.

6. Anexos.

I. INTRODUCCIÓN

El Poder Judicial nace juntamente con la independencia y creación de la República de Bolivia, el 6 de agosto de 1825; para una adecuada administración gubernamental.

Se crea la Corte Superior de Chuquisaca, en sustitución de la Audiencia de los Charcas.

Más tarde en diciembre de 1825 se crea la Corte Superior de La Paz, y el 16 de julio de 1827, el Mariscal de Ayacucho, instala la Corte Suprema de Justicia.

Hace 175 años, que la Corte Suprema es la cabeza del Poder Judicial Boliviano, durante su historia ha enfrentado sucesivas renovaciones inconstitucionales de ministros, Vocales de las Cortes Superiores y de Jueces, tanto en regímenes de facto y democráticos. Con la reinstauración de la democracia en 1982, la situación cambió, se nombraron autoridades de acuerdo a normas señaladas por la Constitución.

También, en estos últimos 10 años, se han iniciado una serie de reformas profundas y modernización del poder judicial, con la creación de nuevos organismos, habiendo quedado conformado de la siguiente manera: Corte Suprema de Justicia, Tribunal Constitucional, Consejo de la Judicatura, Tribunal Agrario Nacional, las Cortes Superiores de Distrito, los juzgados de partido y de instrucción en materia civil, comercial, penal, de sustancias controladas, de familia, del menor, del trabajo y seguridad social, de minería y administrativa y de contravenciones.

II. ANTECEDENTES

II.1 TRANSICIÓN DE LA AUDIENCIA DE CHARCAS A LA CORTE SUPREMA

Cuando los colonizadores llegaron a poblar la América Hispana, la Villa Imperial de Potosí se convirtió en una de las ciudades más importantes debido a sus asientos mineros. Muy pronto fueron llegando colonizadores, que vinieron en busca de riquezas hasta nuestro continente, estableciéndose cerca de la ciudad de Charcas a la que cambiaron el nombre por La Plata.

El corregimiento del lugar muy pronto se transforma en gobernación y luego en la Audiencia. Un organismo judicial que centralizó una autoridad mayor que la del Virrey de Lima, siendo un alto tribunal de justicia, compuesto por letrados.

Las funciones más importantes de la Audiencia eran, la conversión al catolicismo de los naturales, exhortación a los prelados, prevenir conflictos religiosos, edificar monasterios, resolver casos de guerra, etc. Las sentencias de la Audiencia eran inapelables.

Posteriormente el Mariscal Sucre tuvo la primera labor en Chuquisaca, la organización de la Corte Superior de Justicia, que reemplazó a la Audiencia española, con este propósito se dictó el decreto de 27 de abril de 1825 y señaló el 25 de mayo como la fecha de su instalación en homenaje de la gesta protagonizada por el pueblo chuquisaqueño. La justicia boliviana quedó organizada sobre los cimientos coloniales de la antigua Audiencia española.

II.2 HISTORIA DEL PODER JUDICIAL

Consolidada la independencia y creada Bolivia, el 6 de agosto de 1825, el Libertador Simón Bolívar incorporó en la legislación, los altos poderes del Estado, para una adecuada administración del Gobierno.

En esa tarea, el Mariscal de Ayacucho, Antonio José de Sucre, dictó el Decreto del 27 de abril de 1825, creando la Corte Superior de Chuquisaca, en sustitución de la Audiencia Territorial de "Los Charcas", con jurisdicción en las provincias del Alto Perú.

Transcurridos nueve meses de esta disposición, el Libertador Simón Bolívar, mediante decreto de 15 de diciembre de 1825, creó la Corte Superior de Justicia de La Paz, con jurisdicción en los departamentos de La Paz y Cochabamba, incluyendo las provincias de Paria y Carangas del departamento de Oruro.

El 16 de julio de 1827, el Mariscal de Ayacucho, en solemne sesión instaló la Corte Suprema de Justicia .y recibió juramento a los ministros: Manuel María Urcullu, Juan de la Cruz Monje y Ortega, Mariano Guzmán, y Casimiro Olañeta. La Constitución de 1826, indicaba que la Corte Suprema debería estar formada por siete ministros. El 12 de diciembre de 1827 se posesionó al primer fiscal interino de la Corte Suprema el Dr. Mariano Enrique Calvo.

II.3 REFORMAS AL SISTEMA JUDICIAL BOLIVIANO

Mediante la ley de necesidad de reformas a la Constitución Política del estado Nº 1585 de 12 de agosto de 1994 y la Ley Nº 1615 de 6 de febrero de 1995, se introdujeron profundos cambios en la estructura del Poder Judicial, con la creación de nuevos organismos, habiendo quedado conformado de la siguiente manera: Corte Suprema de Justicia, Tribunal Constitucional, Consejo de la Judicatura, La Cortes Superiores de Distrito, los juzgados de partido y de instrucción en materia civil, comercial, penal, de sustancias controladas, de familia, del menor, del trabajo y de seguridad social, de minería administrativa y de contravenciones.

Las Cortes Nacionales de Trabajo y de Minería, así como los tribunales en materia Administrativa.

También forman parte del Poder Judicial, pero sin ejercer jurisdicción: los registradores de Derechos Reales y los Notarios de fe pública, al igual que los Jueces de vigilancia y todos los funcionarios del ramo judicial.

II.4 REFORMAS CAMBIARON MODALIDAD DE ELECCIÓN DE AUTORIDADES JUDICIALES

Las reformas a la Constitución de 1994 han introducido modificaciones sustanciales en la modalidad de elección de las autoridades del poder judicial.

Los Ministros de la Corte suprema, son elegidos por el H. Congreso Nacional por dos tercios de votos del total de sus miembros de nóminas elevadas por el Consejo de la Judicatura.

Los Magistrados del tribunal Constitucional, que son cinco titulares y cinco suplentes al igual que los consejeros de la Judicatura, que son cuatro son designados por el congreso Nacional por dos tercios de votos del total de sus miembros.

Los vocales del Tribunal Agrario nacional, que son siete, igualmente los vocales de las Cortes Superiores de Distrito, son elegidos por Sala Plena de la Corte Suprema, de nóminas elevadas por el Consejo de la Judicatura.

Los jueces son elegidos por Sala Plena de las Cortes Superiores de Distrito de nóminas elevadas por el Consejo de la Judicatura, al igual que los funcionarios dependientes de dichas cortes.

III.

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