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ALEGATOS DE DIVORCIO NECESARIO


Enviado por   •  21 de Noviembre de 2013  •  2.325 Palabras (10 Páginas)  •  11.563 Visitas

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EXP. NUM: XXXXXXXXXXXX

JUICIO ORDINARIO CIVIL

DIVORCIO NECESARIO

ACTOR: XXXXXXXXXXXXXXXXX

DEMANDADO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

C. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL

DE PRIMERA INSTANCIA DE LERMA, MÉXICO.

P R E S E N T E.

C. XXXXXXXXXXXXXXXX. Por mi propio derecho y con la personalidad que tengo debidamente acreditada en autos del expediente al rubro citado, ante Usted C. Juez con el mayor de los respetos comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 2.141, del Código de Procedimientos Civiles Vigente en la Entidad, y visto el estado procesal que guardan los presentes autos, VENGO EN TIEMPO Y FORMA A OFRECER LOS SIGUIENTES APUNTES DE:

A L E G A T O S

1.- En Fecha catorce de junio del año dos mil seis, se instauro la presente demanda de DIVORCIO NECESARIO, bajo la causal prevista en la fracción XIX del artículo 4.90 del Código Civil Vigente en la Entidad, demandando de mi aún cónyuge XXXXXXXXXXXXXXX, el cumplimiento de las siguientes prestaciones: A).- la disolución del vinculo matrimonial que me une con el demandado por la causal prevista en la fracción XIX del artículo 4.90 del Código Civil vigente, relativa a “LA SEPARACIÓN DE LOS CÓNYUGES POR MAS DE DOS AÑOS INDEPENDIENTEMENTE EL MOTIVO QUE HAYA ORIGINADO LA SEPARACIÓN LA CUAL PODRÁ SER INVOCADA POR CUALQUIERA DE ELLOS”. B).- la liquidación de la sociedad conyugal que constituimos al momento de celebrar nuestro matrimonio. D).- la pensión alimenticia provisional y en su momento definitiva a que esta obligado el ahora demandado a favor de nuestros menores hijos. D).- para el caso de que no se allane a mis justas pretensiones, le demando el pago de gastos y costas judiciales que el presente asunto origine hasta su total solución.

2.- Prestaciones las cuales quedaron debidamente acreditadas con todas y cada una de las probanzas ofrecidas, admitidas y desahogadas a mi favor, esencialmente las de divorcio necesario por la causal invocada, pues si se analiza en estricto derecho, éstas fueron probadas debidamente y no desvirtuadas por probanza alguna fehaciente por parte del hoy demandado XXXXXXXXXXXX, tal y como se detallará mas adelante en el presente escrito, por lo que considero que al probar debidamente que ha existido entre la suscrita y el hoy demandado una separación real y efectiva desde el día siete de febrero del año dos mil cinco, a la fecha, ha transcurrido un lapso de tiempo de DOS AÑOS Y DIEZ MESES, sin que ninguno de nosotros haya pretendido una reconciliación mediante acto alguno, aunado a no existir interés alguno de las partes de convivencia alguna, es procedente que su Señoría otorgue la disolución del vinculo matrimonial que aun nos une.

3.- Así las cosas y una vez que fue admitida la presente demanda se procedió al emplazamiento del demandado XXXXXXXXXXXX, lo cual se justifica con la razón de la notificación que se le hiciera por parte del notificador adscrito a este H. Juzgado, de fecha VEINTITRÉS DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL SIETE, y una vez trascurrido el término legal para que el demandado XXXXXXXXXXXXXXXX, diera contestación a la instaurada en su contra así como para que impusiera sus excepciones y defensas, mi aún cónyuge no lo hizo, mostrando con ello su total desinterés para con la suscrita, motivo por el cual este H. Juzgado tuvo a bien tenerle por contestada la demanda en sentido negativo.

4.- Una vez teniendo por concluido el término para la contestación de demanda e imposición de excepciones y defensas, se procedió a señalar las DOCE HORAS del día VEINTISÉIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE, para que se llevara a cabo la junta de conciliación que se encuentra contemplada por le Código adjetivo de la materia, sin que ninguna de las dos partes hiciera acto de presencia, lo que me lleva a ratificar que es imposible llegar a alguna arreglo que pusiera solución conciliatoria al presente libelo.

5.- En virtud de lo anterior y ante la falta de excepciones y defensas, se procedió a dar apertura al periodo probatorio dando a las partes un término común de cinco días para el ofrecimiento de pruebas, así como otro término de quince para el desahogo de las mismas, para lo cual a través de promoción de fecha SIETE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE, la suscrita ofrecí los siguientes medios probatorios:

- LA CONFESIONAL: a cargo del hoy demandado XXXXXXXXXXXXXX.

- LA TESTIMONIAL: a cargo de tres personas las cuales me comprometí a presentar.

- LAS DOCUMENTALES PÚBLICAS : consistentes en las copias certificadas del acta de matrimonio de la suscrita y el hoy demandado, así como el acta de nacimiento de nuestro menor hijo.

- LA INSTRUMENTAL DE ACTUACIONES:

- LA PRESUNCIONAL EN SU DOBLE ASPECTO LEGAL Y HUMANO.

Probanzas que fueron tenidas por ofrecidas y admitidas a excepción de la Instrumental de actuaciones.

6.- Por otra parte el demandado XXXXXXXXXXXXXX, NO OFRECIÓ NI DESAHOGO PRUEBA ALGUNA TENDIENTE A ATACAR EL DICHO DE LA SUSCRITA, NI PROBAR EXCEPCIÓN Y DEFENSA ALGUNA SOBRE LAS PRESTACIONES Y LOS HECHOS MATERIA DEL PRESENTE ASUNTO.

Así las cosas este H. Juzgado tuvo a bien Señalar las DOCE HORAS DEL DÍA VEINTISIETE DE NOVIEMBRE DEL 2007, para que tuviera verificativo la audiencia de desahogo de pruebas, sobre la prueba confesional ofrecida y admitida en la persona del hoy demandado XXXXXXXXXXXXXX, sin que el demandado hiciera acto de presencia a absolver las posiciones que se anexaron en sobre cerrado al correspondiente escrito de ofrecimiento de pruebas, motivo por el cual la suscrita procedí mediante promoción a solicitar se le tuviera por confeso de las posiciones que fueron calificadas de legales por parte de este H. Tribunal, siendo estas las posiciones marcadas con los numerales: 1,2,3,4,5,6,71013 y19; y en las cuales se hace valer la afirmación de que hasta el momento la suscrita y el hoy demandado TENEMOS MAS DE DOS AÑOS, SIN CONVIVIR COMO MARIDO Y MUJER DESCONOCIENDO LOS LAZOS MATRIMONIALES QUE AUN NOS UNEN, PUES LLEVAMOS UNA VIDA INDEPENDIENTE CADA UNO DE NOSOTROS, ES DECIR NO HACEMOS VIDA COMÚN DESDE HACE MAS DE DOS AÑOS.

En cuanto a la probanza ofrecida y admitida marcada como numero

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