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Acciones Contempladas En El Estatuto Del Consumidor


Enviado por   •  2 de Marzo de 2015  •  834 Palabras (4 Páginas)  •  252 Visitas

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ACCIONES CONTEMPLADAS EN EL ESTATUTO DEL CONSUMIDOR

I. En defensa del consumidor

Existen una serie de acciones jurisdiccionales contempladas en los articulos 56 a 58 de la ley 1480 de 2011 las cuales son:

1. Las populares y de grupo reguladas en la Ley 472 de 1998 y las que la modifiquen sustituyan o aclaren.

Sobre esta clase de acciones, en la ley 472 se ha establecido que:

1. Las acciones Populares son los medios procesales para la protección de los derechos e intereses colectivos, y que se ejercen para evitar el daño contingente, hacer cesar el peligro, la amenaza, la vulneración o agravio sobre los derechos e intereses colectivos, o restituir las cosas a su estado anterior cuando fuere posible.

Respecto a las acciones de grupo, estas son aquellas acciones interpuestas por un número plural o un conjunto de personas que reúnen condiciones uniformes respecto de una misma causa que originó perjuicios individuales para dichas personas.

2. Las de responsabilidad por daños por producto defectuoso, definidas en esta ley, que se adelantarán ante la jurisdicción ordinaria.

Entendido como producto defectuoso “aquel bien mueble o inmueble que en razón de un error el diseño, fabricación, construcción, embalaje o información, no ofrezca la razonable seguridad a la que toda persona tiene derecho” .

En cuanto a la responsabilidad se ha dicho que El productor y el expendedor son solidariamente responsables de los daños causados por los defectos de sus productos, sin perjuicio de las acciones de repetición a que haya lugar y que cuando no se indique quién es el productor, se presumirá que lo es, quien coloque su nombre, marca o cualquier otro signo o distintivo en el producto.

3. La acción de protección al consumidor

Mediante esta acción se decidirán los asuntos contenciosos que tengan como fundamento la vulneración de los derechos del consumidor por la violación directa de las normas sobre protección a consumidores y usuarios, los originados en la aplicación de las normas de protección contractual contenidas en esta ley y en normas especiales de protección a consumidores y usuarios; los orientados a lograr que se haga efectiva una garantía; los encaminados a obtener la reparación de los daños causados a los bienes en la prestación de servicios contemplados en el artículo 19 de la ley 1480 o por información o publicidad engañosa, independientemente del sector de la economía en que se hayan vulnerado los derechos del consumidor.

Esta acción podrá impetrarse ante la jurisdicción ordinaria o ante la superintendencia de industria y comercio en ejercicio de sus facultades jurisdiccionales. Esta competencia es a prevención, puesto que el consumidor podrá decidir si demanda ante la jurisdicción ordinaria o ante la superintendencia.

También será competente para conocer de esta acción la Superintendencia

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