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BASICO LEGISLACION TRIBUTARIA


Enviado por   •  1 de Noviembre de 2014  •  4.715 Palabras (19 Páginas)  •  274 Visitas

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ACTIVIDADES TUTORIA No. 1

Nuestro estudiante deberá hacer las lecturas recomendadas para apropiarse de los conceptos básicos para reconocer la importancia tributaria en Colombia. Al finalizar las lecturas deberá responder los siguientes interrogantes:

1. Quien determina los impuestos a nivel nacional?

Los impuestos a nivel nacional son emitidos por el poder ejecutivo y sometidos a revisión del congreso nacional para su aprobación, los cuales se hacen efectivos a partir de la sanción presidencial y su publicación en el diario oficial.

Son los siguientes:

1. Impuesto al valor agregado (IVA):

2. Impuesto de Renta y Complementarios

3. Impuesto de Timbre Nacional

4. Contribuciones Especiales

2. Quien determina los impuestos a nivel municipal?

A nivel municipal, son establecidos por las Alcaldías Municipales y puestos a consideración de los consejos para su estudio y posterior aprobación.

3. Quien determina los impuestos a nivel departamental?

Están determinados por las asambleas departamentales, que determinan los sujetos de la obligación tributaria, hechos generadores, bases gravables y tarifas.

4. Qué es un impuesto?

Los impuestos son la parte sustancial más importante) de los ingresos públicos. Este se puede definir como “la aportación coercitiva que los particulares hacen al sector público, sin especificación concreta de las contraprestaciones que deberán recibir”.

Los impuestos son recursos que la sociedad otorga al sector público para financiar el gasto público; pero no se especifica que dichos recursos regresen al aportante en forma de servicios públicos u otro

.

5. Definición de impuestos directos e indirectos.

• Los impuestos directos son los que recaen sobre la persona natural o jurídica, como el impuesto de renta o el impuesto al patrimonio.

El impuesto directo grava el tener un patrimonio o un ingreso {renta], por lo que recae directamente sobre la persona o empresa que posee el patrimonio o la renta.

• Los impuestos indirectos, no recaen sobre el individuo, sino sobre los bienes y servicios, o sobre transacciones, y aunque el impuesto lo pague una persona o empresa, se hace a través del consumo de un bien o servicio que está sometido a un impuesto, se hace de forma indirecta.

6. Cuál es la diferencia entre impuestos directos e impuestos indirectos?

El impuesto directo recae por quien tiene o posee algo, mientras que, el indirecto es aquel que recae sobre quien consume o hace algo.

7. Que se entiende por contribución y por tasa. Especifique con ejemplos

La Tasa es un tributo que se caracteriza por que se impone e incluye una actividad del Estado que beneficia o afecta a ciertos sujetos.

Por ejemplo el pago del costo del servicio beneficio por el aprovechamiento del patrimonio público. Por ejemplo el hecho de pagar por el uso de espacio público en un evento o comercio.

Las contribuciones, son obligaciones que se derivan de obtener beneficios individuales que se derivan de la inversión pública (prestaciones sociales, salud, instalación de servicios públicos, etc.) Exigibles, siendo que se utilice o no el servicio. Un ejemplo de contribuciones son las cotizaciones que se efectúan al SENA y a las entidades de seguridad social. Otra característica que se destaca en las contribuciones es que pueden ser administradas por particulares.

8. Enuncie los impuestos a nivel nacional

1. Impuesto al valor agregado (IVA): Impuesto pagado por los consumidores a cambio de un servicio o bien

2. Impuesto de Renta y Complementarios: ocasionado por ganancias ocasionales y remesas

3. Impuesto de Timbre Nacional: Impuesto documental, en los que conste existencia, modificación o extinción de obligaciones.

4. Contribuciones Especiales: Aumento de valor por realización de obras públicas o servicio públicos

5.

9. Mencione los impuestos a nivel municipal

1. Impuesto de industria y Comercio:

2. Impuesto de Avisos y Tableros

3. Impuesto Predial

4. Impuesto de Vehículos

10. Especifique los impuestos a nivel departamental.

1. Impuesto a la lotería: se genera por la circulación y venta de billetes de lotería , liquidándose como ganancia ocasional: el 20%,como impuesto a ganadores, 17 % dinero que será retenido por las loterías y entregado a las entidades departamentales, quienes tienen la obligación de repartir equitativamente entre las instituciones asistenciales de los Municipios.

2. impuesto a loterías foráneas: equivale hasta un 10% del valor nominal de cada billete, el sujeto activo es el departamento y el pasivo el ganador del billete de la lotería, hecho generador es la venta de billetes de lotería de otros departamentos.

Para que los departamentos o los municipios puedan cobrar el gravamen es que el impuesto de loterías foráneas haya sido establecido por la Asamblea Departamental. (Sólo para asistencia pública)

3. Impuesto al consumo de cervezas, sifones y refajos: Es un impuesto nacional cedido a los departamentos.

Este impuesto se causara cuando se consuma la cerveza y sifones en el momento en que los productores los entregan en la fábrica o planta para distribuirlo, venderlo o permutar en el país, cuando lo publicite o promocione.

Los responsables serán: productores importadores, distribuidores, transportadores y expendedores al por menor.

4. Impuesto al consumo del cigarrillo: se causa en el momento en que el productor los entregue en planta, para su distribución, venta o permuta promoción, publicidad, donación.

“Regulado por la ley 223 de 11995, los elementos que conforman este impuesto están estipulados en los artículos 109 y 120 del decreto 352 de 2002”.

5. Impuesto al consumo de gasolina: se causa de 3 formas que serian:

En las ventas cuando se emite la factura, en los retiros para consumo propio; en las fechas del retiro y en las importaciones; en el momento en el que se nacionaliza el producto.

6. El impuesto de registro: “creado por el congreso de la república mediante la ley 223 del 95, que afecta todos los documentos que deben registrarse en cámara de comercio, cuando así lo disponga la asamblea departamental, destinado a los departamentos, existen dos clases que son:

* Sin cuantía: que corresponde a cambio de nombre, disoluciones y reformas de estatutos.

* Con cuantía: liquidado con una tarifa del 07% sobre el valor en dinero que se determine en el documento. Ejemplo valor del patrimonio en la entidad sin ánimo de lucro.

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