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CUESTIONES PROCEDIMENTALES DEL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  12 de Enero de 2014  •  3.465 Palabras (14 Páginas)  •  973 Visitas

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CUESTIONES PROCEDIMENTALES DEL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

I. PROCESO CONTENCISO ADMINISTRATIVO

Siendo el Proceso Contencioso Administrativo un instrumento a través del cual, los particulares, en ejercicio de su derecho de acción, solicitan tutela jurisdiccional frente a un actuación de la Administración Pública, para que este brinde una efectiva tutela a una situación jurídica subjetiva que ha sido lesionada o que viene siendo amenazada por una actuación ilegal o inconstitucional de la Administración realizada en ejercicio de la función administrativa, activándose de esta manera los mecanismos procesales respectivos.

El proceso contencioso administrativo no tendrá solo como finalidad revisar la legalidad del acto administrativo, sino que además, este mecanismo de tutela jurisdiccional se presenta como un medio a través del cual, el Poder Judicial controla la constitucionalidad y legalidad de la actuación Administrativa , y no cualquier actuación administrativa, sino solo aquella que se encuentra sujetas de derecho administrativo, en tal sentido, el objeto del proceso contencioso administrativo es impugnar las actuaciones de la administración pública, entre estos, los actos administrativos, el silencio administrativo y las actuaciones materiales administrativas, por considerarque vulnera derechos subjetivos o agravia intereses legítimos de algún particular o de otra autoridad administrativa, siendo que la finalidad de dicho proceso es que el juez declare la nulidad del acto administrativo, que reconozca el derecho del administrado, la cese de la actuación material de la administración pública y la indemnización por daños y perjuicios ocasionado por el acto administrativo.

II. CUESTIONES PROCIDEMENTALES DEL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA

Para interponer este tipo de proceso, debe ser titular de la situación jurídica vulnerada por la actuación administrativa y en el caso de intereses difusos la puede interponer el Ministerio Publico como parte, el Defensor del Pueblo o cualquier persona natural o persona jurídica. Asimismo el Ministerio Publico está presente en este tipo de procesos como dictaminador o como parte en caso de intereses difusos, en el caso que la entidad pública quiera defender sus derechos lo hará mediante su procurador público.

El proceso contenciosoadministrativo se inicia con la presentación de la demanda, en la cual se señala la pretensión, en este proceso, las pretensiones pueden ser acumuladas, siempre que concurran los requisitos de Identidad de competencia; que no sean contrarias entre sí, salvo aquellas que sean propuestas en forma subordinada o alternativa; que se respete la vía procedimental y exista conexidad entre las pretensiones.

A. La Demanda

Como es sabido la Acción implica la facultad que tiene todo sujeto de derecho de acudir al Estado solicitando la tutela jurisdiccional para un caso concreto; así las características esenciales de la Acción son: se trata de un derecho Subjetivo, Público, Autónomo y Abstracto y precisamente por ser abstracto necesita de una expresión concreta y esa expresión concreta del derecho de acción en el proceso contencioso administrativo viene a ser la Demanda.

De aquí podemos afirmar que la demanda es el escrito formal mediante el cual se acude ante el órgano jurisdiccional competente solicitando la protección de un derecho esto es que se solucione un conflicto intersubjetivo de intereses o se ponga fin a una incertidumbre jurídica. Decimos que es un escrito formal ya que para que esta sea admitida a trámite debe necesaria y obligatoriamente cumplir con ciertos requisitos.

Hoy el Juez antes de admitir a trámite la demanda la califica y si no reúne los requisitos de ley, la rechaza, por lo tanto la demanda debe ser preparada con sumo cuidado, para establecer la capacidad procesal del demandante, la competencia del órgano jurisdiccional, la titularidad del derecho o legitimidad de los justiciables, la prescripción o caducidad, además hacer acopio de todos los medios probatorios idóneos y que sean suficientes para acreditar la pretensión causado convicción en el Juzgador acerca del derecho que se invoca.

1. Requisitos de Admisibilidad

Los requisitos de la admisibilidad de la demando son requisitos procesales formales que la ley exige a la demanda para que estas puedan surtir efectos, estos requisitos se encuentran de manera general establecidos en el Art. 426 del CódigoProcesalCivil, sin embargo además de dichos requisitos, se exige, para el proceso contencioso administrativo el cumplimiento de los siguientes requisitos de admisibilidad:

a. Acompañar el documento que acredite el agotamiento de la vía administrativa, salvo en aquellos casos en los que se exima del agotamiento de la mencionada vía para dar trámite al proceso.

b. Acompañar el expediente administrativo cuando la entidad administrativa sea la que demande la nulidad de sus propios actos.

2. Los Requisitos de Procedencia de la Demanda

Esta referido a todas aquellas cuestiones procesales, no formales, como la legitimidad para obrar, el interés para obrar , la competencia , la caducidad y cualquier otro presupuesto procesal no formal.

B. El Plazo

El plazo esta indesligablemente vinculado al transcurso del tiempo, que es el hecho jurídico de mayor relevancia y al que el ordenamiento legal le atribuye las mas importantes consecuencias jurídicas, pues esta vinculado a al existencia humana misma y del depende la vigencia de los actos administrativos. El Plazo es el transcurso del tiempo, por el medio de la cual se señala una limitación a las actuaciones procesales.

Los Plazos se encuentran señalados en el Art. 19 del TUO de la Ley que Regula el Proceso Contencioso Administrativo, que señala que la demanda deberá ser interpuesta dentro de los siguientes plazos:

1. Cuando el objeto de la impugnación sean las actuaciones a que se refieren los numerales 1, 3, 4, 5 y 6 del Artículo 4 de esta Ley, el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento o notificación del acto material de impugnación, lo que ocurra primero.

2. Cuando la ley faculte a las entidades administrativas a iniciar el proceso contencioso administrativo de conformidad al segundo párrafo del Artículo 11 de la presente

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