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Delitos en contra de salud pública


Enviado por   •  6 de Noviembre de 2012  •  Documentos de Investigación  •  18.698 Palabras (75 Páginas)  •  760 Visitas

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INTRODUCCION

El delito, en sentido dogmático, es definido como una conducta, acción u omisión típica (descrita por la ley), antijurídica (contraria a Derecho) y culpable a la que corresponde una sanción denominada pena con condiciones objetivas de punibilidad. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.

El objeto de estudio de la parte especial del derecho penal es el estudio de los delitos en particular.

El sistema de la parte especial se atiene al criterio del bien jurídico protegido, sólo como criterio rector, no deja de lado el objeto material del delito. El sistema es transpersonalista, antepone delitos contra el Estado a delitos contra la persona.

En los delitos que a continuación se estudiaran son: en contra de la salud, sexuales, los cometidos por servidores públicos, electorales, ambientales y fiscales solo son algunos de los que no solo afectan a nuestra sociedad, como estado si no también el medio en el que nos rodea, en dichos delitos son diversos los bienes jurídicamente protegidos y de igual forma tienen diferente punibilidad.

UNIDAD I: DELITOS EN CONTRA DE SALUD PÚBLICA.

Elabore un mapa conceptual fundamentado legalmente en el que describa todos y cada uno de los elementos constitutivos de los delitos contra la salud en sus modalidades de producción, posesión y trafico de narcóticos.

La Conducta activa: alguien que haga lo que está prohibido o cuando no se hace lo debido.

Elementos que constituyen los delitos contra la salud.

La tipicidad: que este escrito o establecido por la ley;

La antijuridicidad: consiste en restringir en un caso particular el alcance de la ley,

La culpabilidad: se refiere al lado interno o psicológico del delito, es decir los elementos que dan fundamento al delito.

Investigue en el diario de su localidad un delito contra la salud, establezca el sujeto activo, sujeto pasivo, material, objeto jurídico, el tipo penal y la penalidad correspondiente, recorte e incluya la noticia.

Detenido en Gpe. Victoria por delitos contra la salud

El Sol de Cuautla

28 de septiembre de 2012

Agentes de la Dirección Estatal de Investigación, adscritos a la Fiscalía General del Estado de Morelos, comisionados en el municipio de Cuautla, colonia Guadalupe Victoria, lograron la detención de Manuel Bueno Aguirre, alias "El Pirata", de 35 años, domiciliado en la calle Chaparral del poblado de temixco.

De acuerdo a la información proporcionada por Raymundo Enríquez Partida, portavoz de la Fiscalía, se conoció que a Manuel se le señaló al momento de su detención como presunto responsable de los delitos contra la salud y portación de cartuchos para armas de fuego.

A Bueno Aguirre, los agentes de la División de Narcóticos de la DEI, le aseguraron una maleta de color negro con rojo donde cargaba hierba verde y seca con características de la mariguana, con un peso aproximado de 4.210 kg, una bolsa azul de un peso de 1.750 kg, 103 envoltorios transparentes con un peso total de 320 g., ambos del mismo contenido y 166 cartuchos distribuidos en 8 envoltorios de 20 municiones de los que 5 son del calibre .223 y 3 del calibre 7.62.

Este individuo, dijo Enríquez Partida, fue detenido durante un recorrido de vigilancia que realizaban los elementos de esa corporación en la Zona de la colonia, Guadalupe Victoria, por lo que será puesto a disposición del agente del Ministerio Público.

Sujeto activo: El Estado

Sujeto pasivo: Manuel Bueno Aguirre

Objeto jurídico: La salud

El tipo penal: Artículo 193.- Se consideran narcóticos a los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determinen la Ley General de Salud, los convenios y tratados internacionales de observancia obligatoria en México y los que señalen las demás disposiciones legales aplicables en la materia.

Penalidad correspondiente: Artículo 194.- Se impondrá prisión de diez a veinticinco años y de cien hasta quinientos días multa al que:

I.- Produzca, transporte, trafique, comercie, suministre aun gratuitamente o prescriba alguno de los narcóticos señalados en el artículo anterior, sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud;

Realice una denuncia por la comisión de delito contra la salud en su modalidad de posesión.

C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO

EN TURNO DEL SEXTO DISTRITO

JUDICIAL EN EL ESTADO DE MORELOS

P R E S E N T E.

C. VICTOR MANUEL ROMAN GARCIA, por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo notificaciones, el ubicado en calle simón bolívar n°123 de la colonia Benito Juárez de esta ciudad de Cuautla y señalando como abogado patrono, al Lic. JUAN ESPINO SANCHEZ con cedula profesional 234567, con despacho ubicado en el domicilio calle Vicente Guerrero, colonia centro de esta misma ciudad.

Hago de su conocimiento y Expongo la siguiente realización de hechos, ya que pueden ser constitutivos de delitos en contra de la salud publica.

HECHOS.

I.-Al lado de mi domicilio se encuentra una farmacia en la cual he visto, hacen la venta de drogas (narcóticos).

II.-En este lugar en la parte de atrás se encuentra una bodega en la cual se guarda gran variedad de dicha droga.

DERECHO

Es aplicable el artículo 193 del código penal federal, el cual se refiere a Se consideran narcóticos a los estupefacientes, psicotrópicos y demás sustancias o vegetales que determinen la Ley General de Salud,

PRETENCIONES

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