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Demanda Via Ejecutiva Mercantil


Enviado por   •  14 de Febrero de 2013  •  856 Palabras (4 Páginas)  •  870 Visitas

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ROSALÍO CABRÉ HERNÁN

VS.

MARÍA ANTONIETA LIZ LIZ.

JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL

EXP. NUM.

SECRETARIA.

C. JUEZ CIVIL EN TURNO

EDUARDO BARRON CANCINO licenciado en derecho con cedula profesional N°. 276543, expedida el 13 de enero del año de 1987 por la secretaria de educación pública, con el carácter de endosatario en procuración de GIOVANY GARCIA MUÑOZ señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones el despacho 124, de la calle de Manuel acuña 2156, colonia buganvilias de esta ciudad, autorizando para tal efecto para que recojan documentos de los señores licenciados MAURICIO HUMBERTO JIMENEZ TORRES y EDUARDO CASTRO SALDAÑA así como a la pasante de derecho DULCE ALEJANDRA PONCE DOMINGUEZ, ante usted, de la manera más atenta, comparezco para exponer:

Que vengo por medio de la presente en la vía ejecutiva mercantil, y ejercitando la acción cambiaria directa, a demandar de CRUZ ADRIANA DE LA TORRE PEREZ y GUADALUPE ROCIO SANCHEZ RESENDIZ, las prestaciones, siguientes:

a) El pago de la cantidad de $350,000.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) , como suerte principal.

b) El pago de intereses gastos y costas que origine el presente juicio.

Se señala como domicilio para emplazar a las demandadas el ubicado en av. Estrella N° 424 col. El llano, san luis potosí código postal. 44236.

La presente demanda tiene como fundamento los hechos y preceptos de derecho que a continuación se detallan.

HECHOS

1. Con fecha 14 de enero de 2008 (20) fue suscrito un PAGARÉ (21) con el N° 1 por la cantidad de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), mismo que se suscribe a la orden incondicional del señor GIOVANY GARCIA MUÑOZ, siendo suscrito dicho documento por las demandadas CRUZ ADRIANA DE LA TORRE PEREZ y GUADALUPE ROCIO SANCHEZ RESENDIZ, señalando como fecha de vencimiento de dicho documento, el día 22 de mayo de 2010, como se comprueba debidamente del documento base de la acción, que se anexa a la presente. El multicitado documento fue suscrito en la ciudad de san luis potosí, y se señalo como lugar de pago esta misma plaza, según razón que se acordó en el PAGARÉ respectivo.

2. Con fecha 14 de enero de 2010 fue suscrito un segundo PAGARÉ, por la cantidad de $150,000.00 (ciento cincuenta mil pesos 00/100M.N.). mismo que se suscribió a la orden incondicional del señor GIOVANY GARCIA MUÑOZ, siendo suscrito dicho documento por las demandadas CRUZ ADRIANA DE LA TORRE PEREZ y GUADALUPE ROCIO SANCHEZ RESENDIZ, señalando como fecha de vencimiento

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