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Derecho Disciplinario


Enviado por   •  6 de Septiembre de 2012  •  10.621 Palabras (43 Páginas)  •  678 Visitas

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Resumen de Derecho Disciplinario

Viernes 27 Junio de 2012

Sentencia T 406 de 1992 El término Estado Social de Derecho fue acuñado en la historia por León Deggi, fue adoptado primero por México, luego por Alemania, después en el mercado común europeo, Francia, España con la constitución de 1978 misma que fue redactada por 7 grandes constitucionalista. En Colombia a partir de la constitución de 1991 se introdujo esta fórmula para nuestro estado, está prevista en el art. 1 de la constitución.

Art. 1 CN: Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general.

Pilares fundamentales del Estado social de Derecho: Dignidad Humana, Trabajo, Solidaridad e interés general, mismo que debe prevalecer respecto del interés particular.

En el estado social y democrático de derecho son los agentes del estado o los servidores públicos quienes cumplen las funciones a cargo del estado. Hablamos de estos 4 pilares por que una investigación disciplinaria es imprescindible que el operador disciplinario tenga en cuenta este principio universal que impide que las personas se instrumentalicen y se traten con el respeto que merecen

Es importarte para nosotros tener en cuenta que el trabajo es un pilar fundamental del estado social de derecho porque va dirigido a los servidores públicos y particulares que cumplan función pública, entre las consecuencias que trae un proceso disciplinario sancionatorio esta la destitución del cargo y la suspensión, o sea, la separación absoluta o la separación temporal del cargo. Esto significa que está involucrado el derecho al trabajo como medio de subsistir, de realización profesional, etc.

La solidaridad porqué en el art. 94 y 95 de la constitución dentro de los deberes de los particulares y de los ciudadanos, es más el derecho penal tipifica la omisión de socorro, eso es una falta a la solidaridad. El código disciplinario único dice “ quien teniendo el deber jurídico de evitar un resultado y no lo hiciere es como si lo hubiera hecho.

El interés general va dirigido a que los servidores públicos tienen a cargo el ejercicio de funciones públicas, tienen intereses particulares y concretos pero tienen que anteponer a esos intereses el interés general de la comunidad, por lo tanto existe en el derecho disciplinario un figura que se llama CONFLICTO DE INTERESES. Si yo incurro en un conflicto de intereses, vale decir, el interés general y el interés propio me tengo que declarar impedido, si no lo hago estoy cometiendo falta disciplinaria, entonces por eso es importante que nos detengamos en estos pilares del estado social de derecho.

Características del Estado Social de derecho: Hay una constitucionalización de los derechos fundamentales, como la vida, que se encuentran en la constitución y en los tratados internacionales.

Se creó el derecho de amparo como mecanismo para garantizar esos derechos fundamentales. (acción de tutela)

Antes de 1991 en Colombia no había acción de tutela

Ese mecanismo es para garantizar la realización de los derechos fundamentales, lo vemos a diario con la salud, con el derecho de petición, etc.

Le surge a todos los jueces una nueva función de conocer y resolver la acción de tutela dentro de unos términos perentorios, es decir, 10días hábiles para resolver la primera instancia, en consecuencia podemos decir que el Juez penal municipal de murindó es un juez constitucional en la medida en que están facultados para conocer y resolver las acciones de tutela que lleguen a su despacho.

Se falla en primera instancia y de una se tiene que cumplir, máximo dan 48 horas para actuar de conformidad, es decir, para cumplir con lo resuelto en la sentencia de tutela.

Separación de poderes: Aristóteles hablo de la separación de poderes, un legislativo, un ejecutivo y un judicial pero concentrado en una misma persona el legislativo y el judicial, posteriormente vino mostesquiu y dijo que tienen que estar en diferentes personas por aquello de los pesos y contrapesos, entonces desde allí hablamos de los 3 poderes públicos.

Un juez cuando investiga disciplinariamente a uno de sus colaboradores está ejerciendo una función administrativa, es necesario que al menos uno de los integrantes de corporaciones o de cargos a elección popular se elija a través del voto.

La democracia en Colombia es participativa. ¿En qué se diferencia la democracia participativa de la representativa en la práctica? En la representativa los elegidos podían ser cuestionados, podían ser llamados a rendir cuenta por medio de la revocatoria del mandato, en Colombia existe revocatoria del mandato para Alcaldes y Gobernadores

Todo esto lo necesitamos para hablar del tema del derecho disciplinario de los servidores públicos.

En el art. 1 de la constitución encontramos que hay unos fines, unos cometidos y unos propósitos que están a cargo del estado, pero como el estado es un ente abstracto el estado no puede lograr y conseguir esos fines con sus medios, entonces lo hace a través de los agentes estatales que son técnicamente llamados servidores públicos

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Preámbulo en ejercicio de su poder soberano, representado por sus delegatarios a la Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios, y con el fin de fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad latinoamericana decreta, sanciona y promulga la siguiente constitución

Art. 2 Fines esenciales del estado: Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República

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