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ENSAYO SOBRE LEGISLACION TRIBUTARIA


Enviado por   •  17 de Marzo de 2015  •  4.852 Palabras (20 Páginas)  •  469 Visitas

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INTEGRANTES:

MORY PALACIOS GIANCARLO

DOCENTE:

KATHERINE UCHOFE URBINA

CURSO:

LEGISLACIÓN TRIBUTARIA

Chiclayo, 27 de junio del 2014.

LEGISLACIÓN TRIBUTARIA

La legislación tributaria es una de las ramas del derecho financiero que comprende el conjunto de normas jurídicas que regulan el nacimiento, determinación y aplicación de los tributos, los derechos y obligaciones que nacen tanto para el sujeto obligado como parte del estado acreedor.

Dentro de la legislación es posible encontrar una parte general, que comprende los principios generales que regulan la potestad tributaria del Estado y sus límites, comprendiendo normas de organización administrativa en concordancia con las garantías constitucionales; y se encuentra también una parte especial y que corresponde a los estatutos especiales que regulan los distintos gravámenes establecidos por la ley.

En este ensayo daré a conocer los temas estudiados durante todo el ciclo académico 2014 I, los cuales son de mucha importancia para implementar nuestros conocimientos acerca de los sistemas tributarios, poder tributario, normas tributarias, obligaciones, deuda, extinciones, administración, actos e infracciones y sanciones de la legislación tributaria en el Perú.

La legislación tributaria está conformada por el derecho tributario que es una de las ramas del derecho público encargada de estudiar las normas jurídicas por las que el estado ejerce la potestad de recaudación tanto a personas naturales como jurídicas, con el propósito de financiar el gasto público. (Anónimo, 2013)

En la primera unidad del curso hemos podido definir los siguientes conceptos:

El tributo está conformado por el impuesto que es el tributo cuyo cumplimiento no origina contraprestación directa en favor del contribuyente por parte del estado, la contribución es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales, la tasa es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por el Estado de un servicio público individualizado en el contribuyente. (MEF)

Según el artículo N° 32 del código tributario el tributo es la prestación exigida por el Estado en virtud de una Norma Jurídica, sobre la base de la Capacidad Contributiva de las personas, y para cubrir los gastos que le demanden el cumplimiento de sus fines (Salud, Educación, Seguridad e Infraestructura). Excepcionalmente el pago del Tributo también se puede realizar en especie, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, los mismos que serán valuados, según el valor de mercado en la fecha en que se efectué.

Dentro del tributo podemos definir las siguientes características las cuales pueden ser que el tributo es obligatorio, prestación usualmente en dinero, establecido por ley, no tiene una sanción, es exigible coactivamente. Las leyes tributarias rigen desde el día siguiente de su publicación en el diario oficial, salvo disposición contraria de la misma ley que posterga su vigencia en todo o en parte.

Los tributos se pueden clasificar en tributos vinculados y los no vinculados, los primeros son aquellos pagos estatales como contraprestaciones, lo cual implica el goce de un beneficio directo (tasas o contribuciones) y el segundo es la exacción forzosa impuesta por la ley que no implica una contraprestación por parte del estado respecto del obligado (impuesto a la renta, IGV, impuesto de promoción municipal).

El sistema tributario es la organización legal, administrativa y técnica de forma eficaz y objetiva el poder tributario. Los tributos son obligaciones dinerarias impuestas unilateralmente y exigidas por la administración pública a partir de una ley, cuyo importe se destina a solventar el gasto público.

El sistema tributario en el Perú según el autor el profesor schmoldrs, lo define como “un conjunto ordenado, lógico y coherente de impuestos, en que cada uno se considera parte de un todo armónicamente relacionado”. El sistema tributario está conformado por el código tributario, los acuerdos internacionales, la capacidad de gestión de las administraciones tributarias y aduaneras; y su objetivo es el crecimiento económico, el equilibrio económico exterior, la estabilidad de precios, redistribución de la renta; sus características del sistema tributario son la equidad, eficiencia, simplicidad y el rendimiento de cuentas.

El sistema tributario es aplicado al sistema impositivo o de recaudación de un país, consiste en la fijación, cobro, administración de los impuestos y derechos internos. También se pueden mencionar algunos principales elementos que integran los impuestos: impuesto a la ganancia o utilidades, impuesto al valor agregado, impuestos sobre ingresos personales e impuestos sobre ventas. (Batista)

El Poder Tributario es definido por los siguientes autores, GIULIANI FONROUGE dice: “El poder tributario es la facultad soberana o la posibilidad jurídica del estado de exigir contribuciones con respecto a personas o bienes que se hallan en su jurisdicción, SERGIO DE LA GARZA la define como: “la facultad propia del estado para establecer los tributos necesarios para realizar sus funciones “. También el poder tributario o también llamado potestad tributaria es reconocido por la constitución y es regulado mediante el otorgamiento de facultades y distribución de ámbitos entre los diferentes niveles de la organización estatal. En consecuencia la potestad tributaria se manifiesta, desde el punto de vista abstracto, como una situación de superioridad del estado frente al contribuyente, quien se encuentra en posición de inferioridad. Dentro de la potestad tributaria tenemos las siguientes características las importantes son abstracto, permanente, irrenunciable, indelegable.

Los tipos de potestad tenemos la originaria y la delegada, en la primera es cuando emana de la naturaleza y esencia misma del estado, en la segunda es la facultad de imposición que tiene el ente municipal o estatal para tributos mediante derivación en virtud a la ley y que no emana en directa e inmediata de la constitución.

Los límites del poder tributario son los siguientes: la soberanía territorial que supone que cada ente público solo puede establecer tributos que vayan a regir en su ámbito territorial, sobre el que extiende sus competencias; principios constitucionales estos están formulados por las generalidades tributarias es cuando se establece un tributo deben regularse como sujetos pasivos todos los que realicen el hecho imponible, capacidad económica cuando se cree un tributo el hecho imponible tiene que ser revelador de

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