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ESTATUTO ADMINISTRATIVO


Enviado por   •  20 de Junio de 2014  •  4.373 Palabras (18 Páginas)  •  234 Visitas

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T I T U L O I

DENOMINACIÓN , OBJETO Y DOMICILIO

Artículo 1º Constitúyese una Organización Comunitaria Territorial, de duración indefinida, regida por la Ley Nº 19.418, denominada JUNTAS DE VECINOS

de la Unidad Vecinal N°............ de la Comuna de Punta Arenas , de la Región de Magallanes y Antártica Chilena .

Artículo 2º Son fines de la organización:

Las Junta de Vecinos tiene por objeto, promover la integración, la participación y el desarrollo de los habitantes de la Unidad Vecinal. En particular, les corresponderá:

1.- Representar a los vecinos ante cualesquiera de las autoridades, instituciones o

personas para celebrar o realizar actos, contratos, convenios o gestiones conducentes al desarrollo integral de la unidad vecinal.

2.- Aportar elementos de juicio y proposiciones que sirvan de base a las decisiones municipales.

3.- Gestionar la solución de los asuntos o problemas que afecten a la unidad vecinal, representando las inquietudes e intereses de sus miembros en estas materias, a través de los mecanismos que la Ley establezca.

4.- Colaborar con las autoridades comunales y en particular con las jefaturas de los servicios públicos, en la satisfacción y cautela de los intereses y necesidades básicas de la comunidad vecinal.

5.- Ejecutar, en el ámbito de la unidad vecinal las iniciativas y obras que crean convenientes, previa información oportuna de la autoridad, de acuerdo con las leyes, reglamentos y ordenanzas correspondientes.

6.- Ejercer el derecho a una plena información sobre los programas y actividades municipales y de servicios públicos que afecten a su organización.

7.- Proponer programas y colaborar con las autoridades en las iniciativas tendientes a la protección del medio ambiente, de la comuna y en especial, de la unidad vecinal.

Artículo 3º Para todos los efectos legales, el domicilio de la Junta de Vecinos “ “ es la Unidad Vecinal Nº _________ de la Comuna de Punta Arenas.

Los límites territoriales de la Unidad Vecinal referida son los siguientes:

NORTE :

SUR :

ESTE :

OESTE :

T I T U L O I

DENOMINACIÓN , OBJETO Y DOMICILIO

Artículo 1º Constitúyase una Organización Comunitaria Funcional, de duración indefinida, regida por la Ley Nº 19.418, denominada “ ”, de la Comuna de Punta Arenas, de la Región de Magallanes y Antártica Chilena.

Artículo 2º Son fines de la organización:

1. Promover el sentido de la comunidad y solidaridad entre sus miembros, a través de la convivencia y de la realización de acciones de bien común.

2. Colaborar con las autoridades comunales y en particular con las jefaturas de los servicios públicos, en la satisfacción y cautela de los intereses y necesidades básicas de la comunidad vecinal.

3. Ejecutar, en el ámbito de la comuna las iniciativas y obras que crean convenientes previa información oportuna de la autoridad, de acuerdo con las leyes, reglamentos y ordenanzas correspondientes.

4. Ejercer el derecho a una plena información sobre programas y actividades municipales y de servicios públicos que afecten a su organización.

5. Proponer programas y colaborar con las autoridades en las iniciativas tendientes a la protección del medio ambiente, de la comuna y especial, de la unidad vecinal.

Artículo 3º Para todos los efectos legales, el domicilio de “ ” de la Comuna de Punta Arenas.

T I T U L O I I

DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS SOCIOS

Artículo 4º Para ser miembro de la organización se requerirá tener, 15 años de edad y domicilio en la comuna.

Artículo 5º El ingreso a la organización es un acto voluntario, personal e indelegable y , en consecuencia , nadie podrá ser obligado a pertenecer a ella ni impedido de retirarse de la misma .

Artículo 6º Los miembros de la organización tendrán los siguientes derechos:

a) Participar en las Asambleas que se lleven a efecto, con derecho a voz y voto. El voto será unipersonal e indelegable;

b) Elegir y poder ser elegido en los cargos representativos de la organización;

c) Presentar cualquier iniciativa, proyecto o proposición de estudio al directorio.

Si esta iniciativa es patrocinada por el diez por ciento de los afiliados, a lo menos, el directorio deberá someterla a la consideración de la asamblea para su aprobación o rechazo, y

d) Tener acceso a los libros de actas, de contabilidad de la organización y de registro de afiliados .

Artículo 7º Los miembros de la organización tendrán las siguientes obligaciones:

a) Cumplir las disposiciones estatutarias y de la Ley Nº 19.418.

b) Acatar los acuerdos de las asambleas y del directorio, adoptados en conformidad a la ley y a los presentes estatutos.

c) Servir los cargos para los cuales hayan sido electos y colaborar en las tareas que se les encomienden .

Artículo 8º La calidad de afiliado a la organización termina:

a) Por pérdida de alguna de las condiciones legales habilitantes para ser miembro de ellas;

b) Por renuncia, y

c) Por exclusión , acordada en asamblea extraordinaria por los dos tercios de los miembros presentes , fundada en infracción grave de las normas de esta ley , de los estatutos o de sus obligaciones como miembro de la respectiva organización .

Quien fuere excluido de la asociación por las causales establecidas en esta letra sólo podrá ser readmitido después de un año.

El acuerdo será precedido de la investigación correspondiente.

Artículo 9º La Organización deberá llevar un registro público de todos sus afiliados consignando en éste:

a) Número correlativo de afiliación

b) Nombres y apellidos

c) Número y gabinete de cédula

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