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El Pagare


Enviado por   •  12 de Septiembre de 2011  •  1.166 Palabras (5 Páginas)  •  4.988 Visitas

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DEL PAGARE.

En la ley general de títulos y operaciones de crédito, del articulo 170 al 174 podemos encontrar algunas disposiciones sobre el pagare, antes de continuar con la explicación debemos saber lo que es un pagare.

• Un pagaré es un documento que contiene la promesa incondicional de una persona denominada suscriptora, de que pagará a una segunda persona llamada beneficiaria o tenedora, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo. Su nombre surge de la frase con que empieza la declaración de obligaciones: "debo y pagaré".

• El pagaré aparece como una forma impropia del contrato de cambio que se contiene en la cambial y como medio de eludir la prohibición de estipular intereses, que la Iglesia repudiaba. Como originalmente el título de cambio era expresión del contrato de cambio trayectorio y el derecho canónico prohíbe del pacto de intereses, se ideo la emisión de un título análogo al cambiario en el cual la obligación de pagar los intereses se ocultara bajo la apariencia de una deuda comercial o un préstamo, sin que, de otro lado, tuviese que emitirse el título para pagar en una plaza diferente a la orden de tercera persona.

REQUISITOS

El pagare, al ser un instrumento de pago formal, debe poseer una serie de requisitos la cual le van a dar su validez como son:

 Debe decir que es un pagare: Se debe indicar que el instrumento es un "pagaré" o de otra forma deberá contener este término dentro del texto del documento, debe ser expresado en el idioma que se firme el convenio de pago.

 Debe contener la promesa de que se va a pagar una cantidad de dinero: El pagaré a diferencia de la letra de cambio, posee una promesa incondicional de pagar una suma de dinero y sus respectivos intereses en moneda nacional, dicho monto debe ser expresado en número y letra también el tipo de moneda en que se efectuará el pago.

 El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago: identificar a la persona a quien debe hacerse efectivo el pagaré. Puede ser a favor de una persona física o persona jurídica.

 La fecha y el lugar del pago: La fecha de vencimiento corresponde al día en que el título deberá ser pagado. El vencimiento del pagare debe ser una fecha posterior a la fecha en que se suscribe y debe indicar el lugar en que se debe presentar el documento para su propio pago. Si el pagare no menciona la fecha de vencimiento, este será considerado como pagadero a la vista y si no indica el lugar de pago, se conciderara el domicilio del que lo suscribe.

 Fecha y lugar en que se subscriba el documento: El pagaré debe contener la fecha en que ha sido creado. Es imprescindible para su relación con la fecha de vencimiento y además para respetar los tiempos en que corresponde aplicar el sellado o timbrado correspondiente.

 Firma del suscriptor: No se exige el nombre del suscriptor, sino solamente su firma, y no admite otro medio para sustituirla, sino la firma de otra persona, que suscriba a ruego o en nombre del girador. No se admitirá el uso de marcas o huellas digitales. La firma es indispensable y lógicamente torna nulo al tí¬tulo su falta, ha de considerarse que no podrá ser suplantada por la impresión digital.

Otro de los requisitos que pudimos observar es el siguiente.

 Transmisibilidad: El pagaré será transmisible por endoso, que será total, puro y simple, es decir, no será transmisible el endoso por una parte del pagaré ni aquel que incluya condiciones.

 Aval: En virtud del aval se garantiza en todo o en parte el pago del pagaré. La persona que se obliga a garantizar el pago se llama avalista;

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