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POSICIONES METODOLOGICAS


Enviado por   •  3 de Mayo de 2012  •  2.495 Palabras (10 Páginas)  •  1.633 Visitas

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UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN

FACULTAD DE DERECHO Y CRIMINOLOGÍA

SUBDIRECCIÓN DE POSGRADO

DOCTORADO EN DERECHO CON ORIENTACIÓN EN DERECHO PROCESAL

METODOLOGÍA Y TÉCNICAS DE INVESTIGACIÓN JURÍDICAS

POSICIONES METODOLOGICAS

JUSNATURALISMO Y

JUSPOSITIVISMO

DR. ISMAEL RODRÍGUEZ CAMPOS

MTRO. ROBERTO BARQUERA UGARTE

MONTERREY, NUEVO LEON, ABRIL DE 2012.

POSICIONES METODOLÓGICAS

SUMARIO: INTRODUCCIÓN. JUSNATURALISMO. CONCEPTO. EVOLUCIÓN. DERECHO NATURAL CRISTIANO. ESCUELA CLÁSICA. TENDENCIAS MODERNAS. JUSPOSITIVISMO. LOS GLOSADORES. ESCUELA EXEGÉTICA. SAVIGNY. 4CONCLUSIONES. BIBLIOGRAFÍA

1 INTRODUCCIÓN

Para la realización del presente ensayo, se partió de la elaboración de fichas de resumen obtenidas de los diversos materiales de investigación.

El tema que mas llamo mi atención, fue el relativo a la actualidad que tiene el tema del derecho natural, su interrelación con el derecho positivo y lo que considero como punto de convergencia, que lo es, el bien jurídico tutelado. El objeto del presente ensayo, es el de cumplir con la entrega del octavo trabajo para la materia de metodología y técnicas de investigación en ciencias sociales.

La bibliografía en la que se centra la investigación y que fue la más relevante, fue la obra de Víctor Manuel Rojas Amandi, filosofía del derecho.

Los temas que se tratan en el presente ensayo, son, el jusnaturalismo, concepto, evolución, derecho natural cristiano, escuela clásica, tendencias modernas, juspositivismo, los glosadores, escuela exegética, savigny.

La limitante en el presente ensayo, fue el número de fojas, ya que cada uno de los temas tocados, permite profundizar lo que no fue posible en este ensayo.

Un especial agradecimiento, a mi familia por haberme concedido el tiempo necesario para la elaboración del presente, quitándoselos de su tiempo de vacaciones.

2 JUSNATURALISMO

2.1 CONCEPTO

Para definir el derecho natural, es imprescindible, tomar como base, que la principal característica, es la inmutabilidad de sus normas, es decir, se trata de valores intrínsecos a la naturaleza del ser humano. Si bien es cierto, existen un sinnúmero de concepciones del derecho natural, se debe buscar siempre que se trate de normas inmutables, ya que, se trata de derecho, que únicamente obliga por la naturaleza del mismo y no, por ser creado por un legislador, ya que en contra posición al derecho positivo, derecho natural, no debe plasmarse la ley, ya que es entonces desde mi punto de vista, cuando convergen el derecho natural y el derecho positivo, es decir, convergen no por el contenido mismo del derecho, sino por el bien jurídico que tutelan, como podría ser la vida.

Coinciden los historiadores en que desde la antigüedad del derecho natural y sus orígenes, fue atribuido a las divinidades confundiéndose, en su momento, el derecho natural con las reglas que tenían respecto a sus diversos cultos.

El maestro Bartolo Rodríguez Cepeda, al estudiar el origen del derecho natural, se remota al estoicismo, corriente filosófica que atribuía a la naturaleza, el fundamento del derecho natural y cuyo principal postulado, era que de acuerdo a la razón, se debería vivir, de acuerdo a la naturaleza.

Existen muchísimas contradicciones en cuanto a las características y principios del derecho natural, así como de la relación de este, con el derecho positivo. Los principales representantes del derecho positivo, han sido, Platón, Aristóteles, San Agustín, Santo Tomas, Grocio, Rousseau, Kant. De manera general puede decirse que el derecho natural, se ha concebido “… como la suma de los principios de conformación del orden social… válidos para todas las relaciones humanas, y que sirven de fundamento a la obligatoriedad de las normas jurídicas. Si bien es cierto, es fácil, aparentemente definirlo, resulta muy difícil, considerar los principios que sean validos para todas las relaciones humanas, ya que estas últimas, por su propia naturaleza, es cambiante, para tal efecto, al buscar dentro del derecho natural los principios, esto debe hacerse, enfocándose a la naturaleza de las cosas, para llegar al deber ser de las mismas. El maestro García Máynez, que en su obra positivismo jurídico, realismo sociológico y jusnaturalismo, asevera el derecho natural obliga “… no porque lo haya creado un legislador… sino por la bondad o justicia intrínseca de su contenido.” Intentar explicar la justicia intrínseca de su contenido o la bondad de las mismas, son conceptos totalmente subjetivos, que lejos de ayudarnos a definir el concepto de las mismas, nos pone en un predicamento, ya que al implicar el concepto de justicia, nos deja con una vaguedad impresionante, desde mi punto de vista, muy difícil de resolver, por lo que, desde mi punto de vista, la mejor manera de definir al derecho natural, es, como el conjunto de normas inmutables, propias al ser humano.

2.2. EVOLUCIÓN

El derecho natural, desde su surgimiento con los griegos, ha sido cambiante y ha ido evolucionando, tomando como base, que la sociedad y el hombre han ido cambiando, y el entorno, ha ido modificando. La filosofía racionalista, lo contempla como una especie de derecho superior a los hombres, nacido de seres superiores. Pitágoras lo oriento hacia la armonía y el numero, considerando, dentro de su sistema, a los números cuatro y nueve, por ser estos el primer número par e impar, producto de multiplicar un digito por sí mismo, derivado de ello, concluye, como buen matemático, al equiparar los números a la justicia, en el sentido de que siempre existe una reciprocidad numérica.

Heráclito, por su parte, considera que la ley natural, es superior a todo que proviene

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