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Órganos Jurisdiccionales


Enviado por   •  22 de Abril de 2013  •  1.373 Palabras (6 Páginas)  •  2.077 Visitas

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lOS ORGANOS JURISDICCIONALES

CONCEPTO: Son aquellos órganos que conocen y resuelven, con eficacia de cosa juzgada, los conflictos jurídicos que se generan entre las partes, en el orden temporal, y generalmente, dentro del territorio de la República.

El poder de aplicar y ejecutar la ley y la justicia corresponde a la Corte Suprema de Justicia y a los Tribunales de Justicia a quienes, por medio de la soberanía del pueblo, se les delego la función jurisdiccional.

Los órganos de jurisdiccionales son las instituciones encargadas, por la delegación citada, de administrar justicia y ejecutar lo juzgado conforme a la Constitución Política de la Republica de Guatemala y las leyes de la Republica (Art. 203 y 204); normalmente se les denomina tribunales de justicia y, por su origen, son de naturaleza pública.

CARACTERES DE LOS ÓRGANOS JURISDICIONALES:

Los órganos jurisdiccionales, tienen los caracteres de ser:

a) PREESTABLECIDOS: Las leyes Jerárquicas superiores constitucionales y Estatutos de gobierno, contemplan la creación y existencia de los órganos jurisdiccionales y, a la vez, regulan la forma de su integración y facultades.

b) PERMANTENTES: La titularidad o auxiliatura del órgano jurisdiccional puede sustituiste sin perder su institucionalidad o funciones; se trata de la invariabilidad del órgano en sí, auque las personas que lo componen sean cambiadas.

c) INTEGRACIÓN: Los órganos jurisdiccionales se integran conforme dispone la Constitución Política de la Republica de Guatemala y la ley del Organismo Judicial, en lo general y lo especifico;

Para integrar los órganos jurisdiccionales se emplean distintos sistemas; entre ellos están:

c.1) LA ELECCION POPULAR: los habitantes del país, por medio del voto directo, eligen a los magistrados. El sistema efectúa por el dominio que tienen los grupos o partidos políticos en la elección y, como consecuencia, los electos quedan subordinados y restringidos en su independencia, provocando que sus decisiones, en el ejercicio de los cargos, no sean ecuánimes ya que, en un momento dado, deben juzgar a partidarios y adversarios.

Guatemala Implementó este sistema después de la revolución de 1871, mas fue suprimido porque no encajo en la organización política guatemalteca por el subdesarrollo cultural y deductivo de sus habitantes y porque la elección no llenaba las expectativas de un buen candidato a juez, por ignorancia del elector.

c.2) EL NOMBRAMIENTO POR EL ORGANISMO EJECUTIVO: El nombramiento de jueces y magistrados es hecho por el Presidente de la república. El sistema se empleó en Guatemala especialmente durante los gobiernos de regímenes de hecho.

Al procedimiento se le critica por la influencia ejercida por el Organismo Ejecutivo sobre el Judicial lo que pone de manifiesto que la función jurisdiccional está afectada y carece de imparcialidad en cierto s y determinados asuntos de interés para quine los ha nombrado como juzgadores.

c.3.) EL CONCURSO: Por el medio del sistema de concurso se opta a cargos del juez o magistrado, cuando se convoca a as personas para que se conviertan en jueces o magistrados titulares y suplente y, a la vez, auxiliares de justicia. Para ello se toma en cuenta la experiencia, conocimientos jurídicos, capacidad y calidad moral de los candidatos quienes son sometidos a exámenes acerca de tales aspectos.

El propósito del sistema es elegir dentro de los candidatos a los más calificados con la idea y finalidad de que impartan justicia con probidad e imparcialidad.

C.4.) EL NOMBRAMIENTO DEL ORGANISMO JUDICIAL: los jueces menores, de paz comárcales y comunitarios y de primera instancia y personal de apoyo, son nombrados por la Corte Suprema de Justicia y el Presidente del Organismo Judicial.

El sistema es empleado por Guatemala pero, la falta de imparcialidad e influencias amistosas o compromisos, lo convierten en ineficaz, salvo para el reducido grupo de personas beneficiadas con la elección final y su nombramiento.

c.5.) LA ELECCION POR EL ORGANISMO LEGISLATIVO: Los funcionarios judiciales, magistrados a la Corte Suprema de Justicia y Tribunales colegiados, son electos por el Congreso de La Republica de una nómina, compuesta por veintiséis candidatos para la Corte Suprema de Justicia y el número necesario, duplicado, para los tribunales colegiados, se elige por el Congreso, requiriéndose el voto de por lo menos las dos terceras partes de sus miembros (Art. 214 y 215 de la Constitución Política de la Republica de Guatemala).

La Corte Suprema de Justicia se compone de trece magistrados titulares e iguanúmero de suplentes, correspondiendo a aquellos la decisión de quién será el Presidente, requiriendo

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