ANÁLISIS DE LA CONSTITUCIÓN DE COLOMBIA
Enviado por Gilberto Cantor • 15 de Abril de 2020 • Resumen • 8.345 Palabras (34 Páginas) • 319 Visitas
Gilberto J. Cantor M.
cc 1090532089.
Atlantis System.
Ciclo V Sección “E”.
CONSTITUCIÓN DE COLOMBIA
TITULO I
DE LOS PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1. Colombia es un Estado Social de Derecho, donde se estipulan como principios, la protección de los derechos primordiales, el respeto a la integridad humana, el trabajo, la solidaridad y la prevalencia del interés general.
Artículo 2. Fines primordiales del Estado: atender la sociedad, originar la prosperidad general, autenticar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; proveer la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
Artículo 3. La soberanía habita únicamente en el pueblo, del cual deriva el poder público. El pueblo la ejecuta en forma directa o por medio de sus representantes.
Artículo 4. La constitución es una aplicación del Derecho y de interpretación.
Artículo 5. El Estado reconoce sin discriminación alguna, la primacía de los derechos propios de la persona y resguarda a la familia como institución básica de la sociedad.
Artículo 6. Los habitantes particulares sólo son responsables ante las autoridades por infringir la Constitución o las leyes. Los servidores públicos lo son por la misma causa y por omisión en el ejercicio de sus funciones.
Artículo 7. El Estado atiende y protege la diversidad tanto étnica como cultural de la Nación.
Artículo 8. Es obligación del Estado y de las personas resguardar los patrimonios culturales y naturales de la Nación.
Artículo 9. Las relaciones exteriores del Estado se establecen en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por la Republica de Colombia.
Artículo 10. El castellano es el idioma oficial de Colombia. Las lenguas y dialectos de los grupos étnicos son también oficiales en sus territorios.
TITULO II
DE LOS DERECHOS, LAS GARANTIAS Y LOS DEBERES
CAPITULO 1
DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
Artículo 11. El derecho a la vida es intangible. No habrá pena de muerte.
Artículo 12. Ningún ciudadano será sometido a desaparición forzada, a torturas ni a tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes.
Artículo 13. Todas las personas nacen independientes y similares ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica.
Artículo 14. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica.
Artículo 15. Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar, su buen nombre, además el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar.
Artículo 16. Todas las personas tienen derecho al libre crecimiento de su personalidad sin más limitaciones que las que imponen los derechos de los demás y el orden jurídico.
Artículo 17. Se prohíbe la esclavitud, la sujeción y la trata de seres humanos en todas sus formas.
Artículo 18. Se garantiza la libertad de conciencia. Nadie será afligido por razón de sus opiniones o creencias ni compelido a revelarlas ni obligado a actuar contra su conciencia.
Artículo 19. Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva.
Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación. No habrá censura.
Artículo 21. Se garantiza el derecho a la honra. La ley señalará la forma de su protección.
Artículo 22. La paz es un derecho y un deber de obligatorio cumplimiento.
Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar exigencias respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.
Artículo 24. Todo colombiano, con las restricciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional.
Artículo 25. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones decentes y equitativas.
Artículo 26. Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de capacidad. Las autoridades competentes inspeccionaran y vigilaran el ejercicio de las profesiones. La ley podrá asignarles funciones públicas y establecer los debidos controles.
Artículo 27. El Estado garantiza las libertades de educación, aprendizaje, investigación y cátedra.
Artículo 28. Toda persona es libre. Nadie puede ser molestado en su persona o familia, ni reducido a prisión o arresto, ni detenido, ni su domicilio registrado, sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad judicial competente, con las formalidades legales y por motivo previamente definido en la ley.
Artículo 29. Nadie podrá ser juzgado sino de acuerdo a leyes preexistentes al acto que se le imputa, ante juez o tribunal competente y con observancia de la plenitud de las formas propias de cada juicio.
Artículo 30. Quien viviere privado de su libertad, y creyere estarlo ilegalmente, tiene derecho a invocar ante cualquier autoridad judicial, en todo tiempo, por si o por interpuesta persona, el cual debe resolverse en el término de treinta y seis horas.
Artículo 31. Toda sentencia judicial podrá ser revisada o consultada, salvo las excepciones que consagre la ley.
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