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Accion De Tutela


Enviado por   •  28 de Mayo de 2012  •  788 Palabras (4 Páginas)  •  1.033 Visitas

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Acción de tutela

¿QUÉ ES?

es un mecanismo creado por la Constitución de Colombia de 1991 , inspirado en recursos similares que existen en otros mecanismos de similar finalidad como el Recurso de Amparo que busca proteger los Derechos fundamentales de los individuos al no haber otro recurso para hacerlos cumplir o en el caso de que exista peligro inminente. Por ejemplo una Acción de Tutela para que le sean suministrados medicamentos a un niño que de no recibirlos moriría.

Según la Corte Constitucional (Sentencia T-451 de julio 10 de 1992), el que un derecho sea fundamental no se puede determinar sino en cada caso en concreto, según la relación que dicho caso tenga con uno u otro derecho fundamental; es decir, la Constitución no determina de una manera clara cuáles son los derechos fundamentales, de tal manera que como tales no se puede considerar únicamente a los que la Constitución de 1991 enuncia en el Capítulo I del Título II.

¿QUÉ DERECHOS PROTEGE?

A la vida y la salud: cuando no le suministren medicamentos o no le practiquen procedimientos médicos o quirúrgicos, o por mora o servicio deficiente.

El derecho de petición: cuando las autoridades o los particulares que cumplen funciones públicas no responden las peticiones de los ciudadanos dentro del término de ley.

A la educación: cuando las autoridades se niegan a otorgarle un cupo en los colegios públicos, o cuando se desconocen los derechos fundamentales de los estudiantes.

Cualquier otro derecho fundamental que sea afectado por la acción o la omisión de las autoridades

¿CUÁNDO SIRVE?

La acción de tutela se usa cuando se quiera instaurar una acción de este tipo o simplemente se quiera conocer el procedimiento, beneficios, riesgos y requisitos para hacerlo.

¿POR QUÉ TENERLA?

Porque muchos de los procesos legales naufragan por desconocimiento de alguna de las partes. Este formato le ayudará a entender mejor esta herramienta, y hacer un uso debido de ella.

ARTICULO 86:

Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.

La protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacerlo. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, éste lo remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

Esta acción solo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo

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