Administración Tributaria
Enviado por Ocelot11 • 20 de Mayo de 2015 • Tesis • 979 Palabras (4 Páginas) • 154 Visitas
Administración Tributaria
Superintendente del SENIAT:
Capítulo II
Del (de la) Superintendencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria.
Artículo 7
El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) actuará bajo la dirección del (de la) Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, quien será la máxima autoridad. Asimismo, será Jefe (Jefa) de la Administración Aduanera y Tributaria; en tal sentido, tendrá a su cargo las potestades y competencias atribuidas por la presente Ley y por otras leyes y reglamentos a la Administración Aduanera y Tributaria.
Artículo 8
El (la) Superintendente Nacional del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria será de libre nombramiento y remoción del Presidente de la República.
Artículo 9
Para ser Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, se requiere
1. ser venezolano, mayor de treinta (30) años:
2. ser profesional universitario con especialización en materia aduanera, tributaria, financiera o afín, con al menos cinco (5) años de experiencia.
3. no haber sido declarado en quiebra culpable o fraudulenta,
4. no haber sido condenado mediante sentencia definitivamente firme por la comisión de hechos punibles, con la excepción de los culposos;
5. No haber sido condenado mediante sentencia definitivamente firme por delitos referidos a derechos, bienes e intereses patrimoniales del Estado.
6. no tener parentesco hasta el 4° grado de consanguinidad o el 2° de afinidad con el Presidente o Presidenta de la República o su cónyuge, Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva de la República o su cónyuge, o con el Ministro o Ministra de Finanzas o su cónyuge.
7. no ser deudor de obligaciones fiscales; y
8. no ser miembro activo de direcciones de partidos políticos.
Los requisitos establecidos en este artículo deben ser igualmente cumplidos por las autoridades directivas de los niveles normativo y operativo del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y tributaria (SENIAT).
Atribuciones del Superintendente del SENIAT:
Artículo 10
El (la) Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria tendrá las siguientes atribuciones:
1. Ejercer la representación legal del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
2 Dictar la normativa interna del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), relacionada con la organización, distribución de competencias y sistemas de recursos humanos;
3. Nombrar, remover y destituir a los funcionarios del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), de acuerdo con lo establecido en los artículos 20 y 21 de esta Ley.
4. Suscribir los contratos y ordenar los gastos inherentes a la administración del sistema de recursos humanos y a la autonomía del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
5. Someter a la consideración del directorio ejecutivo, el proyecto de presupuesto anual del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
6. Conocer, resolver y avocarse sobre las solicitudes, reclamaciones, recursos administrativos y consultas que interpongan los interesados, de conformidad con la normativa vigente;
7. Establecer, organizar, organizar y mantener los sistemas de control interno adecuados a la naturaleza, estructura y fines del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
8. Asistir, con derecho a voz, al Consejo
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