Análisis de los informes de los Estados Financieros del Ministerio de presupuesto federal
Enviado por Lucas Indarte • 27 de Octubre de 2019 • Apuntes • 6.891 Palabras (28 Páginas) • 217 Visitas
Universidad Adventista del Plata
Facultad de Ciencias Económicas y de la Administración
Contador Público
Contabilidad pública
Tema: Análisis de los informes de los Estados Financieros del Ministerio de presupuesto federal, inversión pública y servicios emitidos por la Auditoría General de la Nación (2008-2018) y su correlación con el tratamiento del Crédito público en la ley de Administración financiera n° 24156, modificatorias y complementarias.
Alumnos: Indarte Lucas; Sinner Micaela
Profesor: Ocampo Gualberto
Curso: 5to
Año: 2018
Análisis de los informes de los Estados Financieros del Ministerio de presupuesto federal, inversión pública y servicios emitidos por la Auditoría General de la Nación (2008-2018) y su correlación con el tratamiento del Crédito público en la ley de Administración financiera n° 24.156, modificatorias y complementarias
“Informes de Auditoría sobre los Estados Financieros del programa de infraestructura vial provincial”
A modo de introducción, en el año 2007 se solicitó un préstamo al BIRF (Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento), el cual se realizó a través de la apertura de una cuenta corriente especial en el Banco Central de la Nación Argentina, con el fin de mejorar y construir vías en las provincias de Entre Ríos, Corrientes, Santa Fe y Córdoba. La utilización de este préstamo estaba a cargo del Ministerio de Planificación federal, inversión pública y servicios dirigido en ese momento por el ministro Julio De Vido. Este ministerio estuvo vigente hasta el 10 de diciembre de 2015, cuando bajo la presidencia de Mauricio Macri se disolvió y los asuntos referidos al mismo se traspasaron al Ministerio del Interior, Obra pública y Vivienda en el 2016; y desde el 2017 al presente por el Ministerio de Transporte.
El ya mencionado préstamo estaba compuesto por 150 millones de dólares a vencer el 30 de junio de 2012. Este préstamo significó una comisión inicial de 750.000 dólares por única vez y comisiones anuales de compromiso, es decir, porcentajes sobre el monto no girado del crédito, dividido el pago en dos semestres. Además, semestralmente se pagaron intereses.
Al vencimiento del presente al 30 de junio de 2012 se realizó un refinanciamiento por 175 millones de dólares (un total de 325 millones de dólares) hasta el 30/06/2015. Esta última fecha es prorrogada primero hasta el 30/06/2017 y luego hasta el 30/06/2020.
En este contexto, el organismo a cargo del control externo de la Administración pública, la Auditoría General de la Nación (AGN), emitió informes anuales desde el año 2008 (sobre el cierre del 31 de diciembre de 2007 y así con cada ejercicio ya que el ejercicio de la administración financiera comienza el 1 de enero y termina el 31 de diciembre de cada año –art.10 ley n° 24.156) exponiendo la información antes mencionada y efectuando los controles y observaciones pertinentes con el fin de pronunciar su opinión de Auditoría sobre la razonabilidad de los datos presentados.
Frente al análisis de los informes de la auditoria (2008-2018) se observan ciertas deficiencias tanto de control interno del Ministerio como de incumplimiento del contrato de préstamo y de pagos. Con el objeto de correlacionar estos acontecimientos con la ley de administración financiera n° 24.156, sus modificatorias y complementarias, se realizan estas observaciones en base a las publicaciones oficiales y de prensa en la página web de la AGN y su correspondiente detalle y seguimiento a través del funcionamiento del sistema del crédito público.
Ley de Administración financiera n° 24.156
La ley de Administración financiera y de los sistemas de control del sector público nacional n° 24.156 en sus arts. 1, 2 y 3, define que la “administración financiera comprende el conjunto de sistemas, órganos, normas y procedimientos administrativos que hacen posible la obtención de los recursos públicos y su aplicación para el cumplimiento de los objetivos del Estado” y que los “sistemas de control comprenden las estructuras de control interno (la Sindicatura General de la Nación) y externo (la Auditoría General de la Nación) del sector público nacional y el régimen de responsabilidad que estipula y está asentado en la obligación de los funcionarios de rendir cuentas de su gestión”.
Además, para su correcta interpretación establece sus objetivos (art.4):
a) Garantizar la aplicación de los principios de regularidad financiera, legalidad, economicidad, eficiencia y eficacia en la obtención y aplicación de los recursos públicos;
b) Sistematizar las operaciones de programación, gestión y evaluación de los recursos del sector público nacional;
c) Desarrollar sistemas que proporcionen información oportuna y confiable sobre el comportamiento financiero del sector público nacional útil para la dirección de las jurisdicciones y entidades y para evaluar la gestión de los responsables de cada una de las áreas administrativas;
d) Establecer como responsabilidad propia de la administración superior de cada jurisdicción o entidad del sector público nacional, la implantación y mantenimiento de:
i) Un sistema contable adecuado a las necesidades del registro e información y acorde con su naturaleza jurídica y características operativas;
ii) Un eficiente y eficaz sistema de control interno normativo, financiero, económico y de gestión sobre sus propias operaciones, comprendiendo la práctica del control previo y posterior y de la auditoria interna;
iii) Procedimientos adecuados que aseguren la conducción económica y eficiente de las actividades institucionales y la evaluación de los resultados de los programas, proyectos y operaciones de los que es responsable la jurisdicción o entidad.
Esta responsabilidad se extiende al cumplimiento del requisito de contar con un personal calificado y suficiente para desempeñar con eficiencia las tareas que se les asignen en el marco de esta ley.
e) Estructurar el sistema de control externo del sector público nacional.
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