Análisis del artículo 16 Constitucional
Enviado por morpheos • 22 de Abril de 2018 • Documentos de Investigación • 1.160 Palabras (5 Páginas) • 1.107 Visitas
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PRIMER CUATRIMESTRE MAESTRIA EN JUICIOS ORALES.
MATERIA: Nuevo Sistema de Justicia Penal.
TITULO DE LA LECTURA: Artículo 16 Constitucional.
NOMBRE: Sánchez Contreras Raúl.
No. DE CUENTA: 15342287
PROFESOR: Dr. Juan Carlos Alvarado Libera.
INTRODUCCIÓN
Con el presente análisis del artículo 16 Constitucional, respecto de los principales cambios que sufrió el artículo en comento, antes de la reforma del 2008, se destaca la necesidad que se tenía en el Poder Judicial en relación a lo que en ese momento contemplaba dicho precepto, con respecto a la resistencia de algunos jueces a dictar las órdenes de aprehensión puesto que algunos conceptos resultaba ambiguos por ejemplo en el caso de la detención administrativa (el arraigo) a cargo del Ministerio Público, y el hecho de que éste sólo contara con cuarenta y ocho horas para consignar tratándose de órdenes de aprehensión, lo que dio lugar a muchas violaciones de derechos humanos en la etapa de la averiguación previa, motivo por el cual era de primordial importancia que se fortalecieran las facultades de investigación del Ministerio Público. De igual modo había una necesidad urgente de hacer frente al narcotráfico y por ende a la delincuencia organizada que en esos momentos estaba tomando auge cada vez con mayor fuerza en nuestro país.
Así mismo se adicionaron algunos párrafos que no se contemplaban en lo que respecta a el derecho que tiene cualquier persona a la protección de sus datos personales (debido a el crecimiento en el campo de la tecnología y la informática) y el acceso que otorga a algunos entes de la Administración Pública mismos que cuentan con restricciones que tienen estos para poder contar con este acceso y manejo de datos personales. Aunado a ello se amplia el campo de acción y estudio de el Derecho Informático y la creación de una ley que versa sobre este tema en particular, la Ley Federal de Protección de Datos Personales.
Y se crea el párrafo que contempla el funcionamiento de el nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio por lo que hace referencia a algunas de las funciones que tienen los jueces de control.
Reformas que sufrió el artículo 16 constitucional:
En lo tocante y a diferencia de que no se contemplaba antes de la reforma lo referente a los datos personales:
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros.
En los casos de flagrancia se adiciono;
Cualquier persona puede detener al indiciado en el momento en que esté cometiendo un delito o inmediatamente después de haberlo cometido, poniéndolo sin demora a disposición de la autoridad más cercana y ésta con la misma prontitud, a la del Ministerio Público. Existirá un registro inmediato de la detención.
Por lo que hace refencia a el araigo y a la delincuencia organizada se adiciono;
La autoridad judicial, a petición del Ministerio Público y tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, sin que pueda exceder de cuarenta días, siempre que sea necesario para el éxito de la investigación, la protección de personas o bienes jurídicos, o cuando exista riesgo fundado de que el inculpado se sustraiga a la acción de la justicia. Este plazo podrá prorrogarse, siempre y cuando el Ministerio Público acredite que subsisten las causas que le dieron origen. En todo caso, la duración total del arraigo no podrá exceder los ochenta días.
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