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Atribuciones generales de la administración consular


Enviado por   •  27 de Julio de 2017  •  Apuntes  •  2.250 Palabras (9 Páginas)  •  259 Visitas

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Ministerio para la Educación Superior Universitaria[pic 1]

Universidad Alejandro de Humboldt

Carrera: Comercio Internacional

Cátedra: Derecho consular

Sección: 401CI

Atribuciones generales de la administración consular

                                                                                                

Profesora                                                Integrantes:

María Brito                                                 Yelitza Montaño C.I: V-20493367

Caracas, 27 de Julio de 2017

Introducción

Para el presente trabajo nos ayudaremos con los talleres elaborados en es 2do, corte, y es que a modo de antesala en este se plasmaron  las atribuciones consulares, bastante extensas por cierto, al igual que los diferentes instrumentos jurídicos aplicables según cada marco de acción y que complementa la ley de servicio consular vigente.

En este sentido recordemos que  dentro de la visión que tiene el pueblo de sus gobernantes, este debería visualizar la figura del Estado como el principal protector de sus derechos y garante de sus deberes. Tomando en cuenta que la nación donde el pueblo crece y hace vida de forma analógica es su gran hogar. En este sentido bajo el ejercicio de su soberanía y protección de sus habitantes en territorio extranjero el estado Venezolano, en nuestro caso, es principal asignador de las diferentes atribuciones de sus cónsules y funcionarios en misión.

En el presente informe se expondrán los requisitos formales sobre las Atribuciones Genéricas de la Administración Consular, es decir sobre la administración y entrega de  bienes, actos de registro civil, su figura del intérprete público y el caso de la deserción de marineros. Temas relacionados directamente con el comercio exterior.

Atribuciones Genéricas de la Administración Consular

Administración y entrega de bienes

Cuando hablamos en el sentido de estrega y administración. De bienes, nos referimos a la parte sucesoral, como una de las atribuciones de los cónsules y de los poderes que a este figura se le otorgan. Recordando que la sucesión se da ante la muerte de una persona la cual deja bienes heredables. Apoyándonos en el taller entregado con anterioridad donde se indican los instrumentos legales aplicados, entonces podemos decir que.

        

En primera instancia, si se habla de sucesión,

Los cónsules tienen la obligación de informar por medios públicos de la muerte de la persona y tomara en posición momentánea de la herencia y deudas del nacional. Haciendo inventario, valoración de los bienes y cancelación de las deudas legalmente establecidas. Velando además por todos los pagos de impuestos y obligaciones tributarias que esto genere.  Es decir velar por los intereses del estado y posterior a ello al de sus particulares.

Otorgamiento de poderes

Un poder es el documento mediante el cual una persona - el poderdante- autoriza a otra – el apoderado- para que actúe legalmente en su nombre. Ambos deben ser hábiles y capaces.  También podríamos decir que, los mandatos o poderes constituyen un contrato mediante el cual una persona se obliga gratuitamente, o mediante salario, a ejecutar uno o más negocios por cuenta de otra, que la ha encargado de ello.

Según lo establecido en el Artículo 50 de la Ley Orgánica del Servicio consular, “Tienen también los Cónsules la Facultad de presenciar el otorgamiento de testamentos y poderes destinados a obrar ante las autoridades y Tribunales de Venezuela, así como cualesquiera contratos que tengan por objeto bienes situados u obligaciones que deban cumplirse en Venezuela”.

En este sentido los poderes que pueden emitirse por un consulado son:

  • Poder Especial
    Es para un determinado asunto o negocio del poderdante en Venezuela. El costo de éste es de cien dólares (US$100.00) aproximadamente.
  • Poder General
    Es para todos los asuntos o negocios del poderdante en Venezuela, otorga plenas facultades de administración y disposición de todos sus bienes. El costo de éste es de trescientos dólares (US$300.00) aproximadamente.

Para su otorgamiento.

Su otorgamiento se realiza bajo la forma de documento auténtico o público, por lo que debe estar extendido y firmado por quien lo otorga ante el Jefe de la Sección Consular, en presencia de dos testigos juntos con los cuales el funcionario da fe del acto. Todo esto según el artículo 50 de la Ley Orgánica del Servicio Consular de Venezuela.

Se debe tener en cuenta

Si se otorgara un poder en representación de una empresa es necesario presentar el registro y acta constitutiva de la empresa (fotocopia). El documento deberá estar redactado en castellano; en papel tamaño legal (8.5 x 14 pulgadas); a doble espacio; tres (3) centímetros de margen de cada lado y cinco (5) centímetros de margen superior, con un máximo de treinta líneas por página.

Certificados de Uso y movilización de bienes.        

Certificado de Uso para traslado a Venezuela de Vehículo y de Enseres Personales. La Sección Consular en el marco de las prerrogativas que otorga la normativa venezolana, realiza legalizaciones de los documentos expedidos por las autoridades de locales. En el caso de la movilización de enseres, menaje de casa, vehículo de uso personal, y mascotas.

 Notaria

Las Oficinas Consulares también pueden realizar funciones notariales, en este sentido se apoya con la ley interna del registro civil en Venezuela.

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