Derechos fundamentales y garantías en el estado de excepción
Enviado por David Flores • 28 de Julio de 2021 • Trabajo • 1.312 Palabras (6 Páginas) • 102 Visitas
[pic 1][pic 2] POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR[pic 3]
DIRECCIÓN NACIONAL DE EDUCACIÓN
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN CONTINUA AVANZADA [pic 4]
DOCTRINA POLICIAL
MAPA CONCEPTUAL
POLI. CANDO BOSQUEZ CRISTOPHER OSWALDO
TLGA. ANA BAUTISTA DÍAZ
9 DE JULIO DEL 2021
VIDEO: 1
https://drive.google.com/file/d/1-BWN6JmcUy_wtULolD19Wxmyzgd2CEhz/view?usp=drivesdk
PREZI: 1
Tema
Derechos fundamentales y garantías en el estado de excepción
introducción (8 a 10 líneas)
El presente trabajo tiene por objeto analizar los derechos fundamentales las garantías, el estado de excepción y los procedimientos de la policía en el estado de excepción, teniendo todos relación en un punto importante que es la defensa a los derechos que se encuentran en el marco de la Constitución ecuatoriana, la promoción de las libertades y derechos del ser humano, siendo necesario su conocimiento para asegurar su respeto, ya que desde nuestra labor policial podemos tener un más amplio conocimiento de los derechos que hacen referencia a aquellas cualidades o valores esenciales y permanentes del ser humano que son objeto de protección jurídica.
Desarrollo
Según la Real Academia de la Lengua, los derechos fundamentales son aquellos “derechos declarados por la Constitución que gozan del máximo nivel de protección”. Fuente especificada no válida. Es decir, se trata de unos derechos alienables, inviolables e irrenunciables, no olvidemos que al hablar de derechos debemos tener en cuenta los deberes u obligaciones que cada uno conlleva, todos constituidos y escritos en la norma constitucional de cada país y los derechos humanos son los que están en los diferentes instrumentos internacionales, principalmente en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, emitida por las Naciones Unidas en 1948. Para garantizar el libre ejercicio de los derechos existen las garantías, es decir, estas garantías están previstas para proteger a los derechos cuando estos son vulnerados. Por lo tanto, sirven de freno contra la arbitrariedad y la ilegalidad.
Estado de excepción
El estado de excepción constituye la imagen legal de lo que no puede tener sustancia lícita, porque es incluido en la legalidad a través de su exclusión, es decir, es la negación del derecho. Implica la supresión de las garantías constitucionales que los seres humanos. El estado de sitio es el momento del derecho en que se suspende el derecho mismo. El estado excepción puede declararse solamente cuando la vida misma de la nación se encuentre en peligro y esto se activa únicamente como resultado de una conmoción interna de máxima magnitud. (Conviene revisar el Art. 15 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales). Existiendo principios para regular la aplicación del estado de excepción como: Necesidad cuando la excepción sea absoluta y estrictamente necesario. Legalidad "la suspensión de garantías constitucionales o estado de sitio sólo es compatible con el régimen de gobierno democrático establecido en la respectiva Constitución. Proclamación la proclamación debe ser motivada. Notificación debe contener razones, plazos y formas de intervención en los derechos fundamentales. De lo contrario el decreto no tiene validez. (Derecho Ecuador, 2011) Temporalidad Este elemento es vital para evitar se prolongue indefinidamente o con carácter permanente ya que, si esto ocurriera, el Estado de Derecho dejaría de existir e imperaría la arbitrariedad y un único poder hegemónico. (POLICÍA NACIONAL DEL ECUADOR). Proporcionalidad el gobernante está obligado a probar en forma racional y clara que la supresión de las garantías constitucionales de la población se justifica al no existir otro camino para preservar la seguridad estatal. (Derecho Ecuador, 2011)
La Policía Nacional y su función dentro del estado de excepción tiene una misión fundamental es mantener el control de la sociedad haciendo cumplir los reglamentos emitidos dentro del decreto, teniendo como institución legalmente facultada para el uso proporcional de la fuerza, actuando siempre bajo los requisitos legales que la posibiliten y no excederse en el ejercicio de su cargo; siendo por ello, que la actividad de la Policía Nacional debe ceñirse a determinados parámetros como es a habilitación legal, la idoneidad del medio empleado; y la necesidad y la proporcionalidad en el empleo de dichos medios.
Conclusiones
A través del desarrollo del presente trabajo, se ha llegado a las siguientes conclusiones que los derechos se tienen que cumplir rigurosamente ser garantizados en la constitución, protegidos y amparados bajo las normas jurídicas que son de estricto cumplimiento de nuestras autoridades, este análisis brinda a la Policía Nacional la oportunidad de ser considerada también como agente protector de los derechos humanos frente a una vulneración, basándonos en la convicción de que sólo una actuación policial que sea respetuosa con los derechos humanos será una actuación óptima y efectiva aplicando las normas constitucionales a las cuales cada uno debemos regirnos.
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