Ensayo sobre Contradicción de tesis 293
Enviado por Axel Montes • 14 de Noviembre de 2019 • Ensayo • 797 Palabras (4 Páginas) • 214 Visitas
Ensayo sobre Contradicción de tesis 293/2011
La supremacía constitucional, referida en el artículo 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, frente a la jerarquía de los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, ha sido de principal discusión no solo en el ámbito universitario legal o en la doctrina de aclamados autores y juristas, si no que ha sido necesaria la intervención de la corte para su interpretación en múltiples ocasiones; en las cuales, la evolución de la sociedad, así como la evolución legislativa y con estas reformas de primordial importancia a la constitución mexicana, han propiciado diversos criterios de la corte en los últimos 30 años.
En la contradicción de tesis 293/2011, podemos encontrar como la corte, ha interpretado de diferente manera la jerarquía de las fuentes (Constitución, tratados internacionales, leyes federales) a raíz de dos determinaciones en amparos directos diversos.
El primer amparo directo que es el 1060/2008 que emitió el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Primer Circuito, plasma que los tratados internacionales tienen un grado de igualdad frente a la constitución.
El segundo amparo directo que es el 623/2008 que emitió el Séptimo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, interpreta que los tratados internacionales, tienen un grado de jerarquía inferior a la constitucion, mas mayor a las leyes federales.
Como primer dato, podemos encontrar la tesis aislada 2069/91, donde en el año 1992, la corte determina que en base a una interpretación del artículo 133 antes referido, que las leyes ferales y tratados internacionales, gozan de la misma jerarquía, esto es, en segundo plano frente a constitución.
Cabe rescatar, que en este entonces la constitución no sufría el gran cambio en favor del reconocimiento de los derechos humanos, plasmados en la reforma al art. 1ro. Constitucional del año 2011, en donde se le da un lugar de extensión constitucional a ciertos tratados internacionales de los cuales se hablara más adelante.
En segundo lugar, tenemos la tesis aislada 120/2002, donde la corte interpreta que el espíritu legislativo del art. 133 constitucional, le concede a los tratados internacionales, una jerarquía donde se encuentra por debajo de la constitución, pero por encima de las leyes federales, ya que la nación debe garantizar que se cumpla lo acordado en estos tratados, y que los derechos humanos plasmados en tratados internacionales deben hacerse valer en los aspectos que la constitución prevé.
Esto nos lleva a esta contradicción de tesis, donde ya en el 2011 después de que el artículo primero de la carta magna haya sido reformado, se sustituye la generalidad de “Garantías” y se transforman en “Derechos humanos y sus garantías”, donde en su primer párrafo podemos observar cómo se distingue que toda persona que se encuentre en los Estados Unidos Mexicanos gozara de la protección de los Derechos humanos que establece la constitución, y aun más importante, y los que establezcan los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. Es decir que la misma constitución da un pie a una extensión, como se mencionaba antes, de esta misma, en tratados emitidos donde México haya plasmado su voluntad de integrarse.
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