INTRODUCCIÓN AL DERECHO PENAL: LA MULTA
Enviado por María José Zapata • 10 de Marzo de 2016 • Informe • 525 Palabras (3 Páginas) • 252 Visitas
LA MULTA
MARÍA CAMILA JARAMILLO MORENO
MARÍA JOSÉ ZAPATA VALENCIA
DR. NELSON ANTONIO LOPERA
INTRODUCCIÓN AL DERECHO PENAL
MULTA
ALGUNAS DEFINICIONES:
- Sanción que consiste en pagar una cantidad de dinero, impuesta por haber infringido una ley o haber cometido ciertas faltas o delitos.
- Sanción económica que se impone por no cumplir la norma.
- Pena pecuniaria que se impone por una falta delictiva, administrativa o de policía o por incumplimiento contractual. En esta última hipótesis se habla con más frecuencia de cláusula penal o de pérdida de la señal. (Cabanellas, Guillermo. “Multa”, proporcionada por el Diccionario Jurídico Elemental).
La multa también es llamada multa pecuniaria, ya que, en tiempos atrás, las multas se pagaban con cabezas de ganado. Es una sanción administrativa o penal de tipo económica, es un castigo al infractor o delincuente, esta es aplicada para delitos menores.
Se aplican según el dinero que posea el infractor, además el juez puede autorizar su pago en cuotas. Sin embargo, si éste se incumple se privará a la persona de la libertad hasta el día que salde su deuda.
La administración puede tomar diversas medidas:
- Ejecución subsidiaria: es una forma de ejecución forzosa. Consiste en la realización de lo ordenado en un acto administrativo por un sujeto distinto del obligado.
- Multa coercitiva: es la que se reitera por plazos determinados si no se paga.
- Compulsión sobre las personas.
- Apremio sobre el patrimonio: es la ejecución forzosa por parte de la Administración, de los bienes muebles e inmuebles del infractor.
Además, la multa puede ser progresiva o acompañada de prisión. A continuación se explicarán cada una de ellas y allí es evidente su diferencia.
DIFERENCIAS
LA MULTA ACOMPAÑADA DE PRISIÓN:
Esta clase de multa se aplica principalmente a los delitos más graves. El juez aparte de imponerle años de prisión al delincuente, le impone una sanción de carácter económico. Sin embargo, se debe tener en cuenta un mínimo y un máximo de 75.000 SMLMV (Salario mínimo legal mensual vigente), la suma se le pone al infractor depende de:
- El daño causado con la infracción.
- La intensidad de la culpabilidad.
- El valor del objeto del delito o beneficio reportado por el mismo.
- La situación económica del condenado deducida de su patrimonio, ingresos, obligaciones y cargas familiares y otras que indiquen su posibilidad de pagar.
Esta multa debe ser pagada en el momento de la ejecución de la sentencia. Sin embargo, cuando el individuo infractor no quiere pagarla, se le aplica una ejecución coactiva. Para cubrir la multa, tiene la opción de pagarla en no más de 24 cuotas y sin exceder un plazo de 2 años. Pero cuando este definitivamente no tiene los recursos económicos de pagar esta suma, lo puede hacer a través de jornadas de trabajo no remuneradas en asuntos de naturaleza e interés social o estatal.
LA MULTA PROGRESIVA:
Esta clase de multa es la que se pone como pena única, es decir, el individuo no tiene que incurrir a prisión, sólo debe pagar una suma de dinero impuesta por un juez y así no tendrá que ser privado de su libertad. Sin embargo, el legislador debe tener en cuenta el promedio de los ingresos económicos del infractor en el año anterior a la pronunciación de la sentencia.
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