Investigación de accidentes
Enviado por luciajose • 26 de Febrero de 2023 • Tarea • 680 Palabras (3 Páginas) • 66 Visitas
INVESTIGACION DE ACCIDENTES
En este ejercicio se trata de que determinéis:
- Qué investigaríais en este accidente
ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN. UNE-EN 510:1994 : Especificaciones de ropas de protección contra los riesgos de quedar atrapado por las piezas de las máquinas en movimiento [en línea]. Madrid: AENOR, 1994. [Consulta: 03.03.2020]. Disponible en: https://www.une.org/encuentra-tu-norma/busca-tu-norma/norma? c=N0008791
ESPAÑA. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales. Boletín Oficial del estado [en línea], 06.11.1999, núm. 256. [Consulta: 26.02.2020]. Disponible en: https://www.boe.es/eli/es/l/1995/11/08/31/con
ESPAÑA. Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Boletín Oficial del estado [en línea], 07.08.1997, núm. 188. [Consulta: 03.03.2020]. Disponible en: https://www.boe.es/eli/es/rd/1997/07/18/1215/con
- Las causas que provocan el accidente de trabajo.
La causa del riesgo es lijar una pieza con el torno, sujetando la lija directamente con las manos, lo que implica un riesgo de atrapamiento debido a la proximidad a partes móviles.
La causa del suceso es el enganchón de la manga izquierda del mono con el eje en movimiento.
Finalmente, las causas de las consecuencias son los tirones de la prenda enredada en el eje, que le provocaron la amputación del brazo izquierdo por desgarro.
- Que requeríais a la empresa a nivel de gestión preventiva.
A los efectos de que no se vuelva a repetir un accidente como el investigado o de génesis similar, se proponen, entre otras, las siguientes medidas preventivas y/o de protección:
1. Se debe asegurar la puesta a disposición a los trabajadores, y el empleo por parte de éstos últimos, de los equipos más adecuados a la tarea a realizar (artículo 3.1 del Real Decreto 1215/1997). Concretamente, se debe evitar el uso del torno en las operaciones de lijado, utilizando equipos de trabajo más adecuados para ello.
2. El uso del torno (como el de cualquier otra máquina con carácter general) se debe hacer conforme a lo establecido por su fabricante en el manual de instrucciones (artículo 3.4 y apartado 1.3 del anexo II del Real Decreto 1215/1997). Por tanto, si es necesario realizar la operación de lijado con el torno, se emplearán los medios auxiliares necesarios para garantizar la seguridad de los trabajadores, indicados en el manual de instrucciones de la máquina (útiles específicos), siguiendo además las indicaciones previstas para dichas tareas. Además de lo indicado se recomienda la adopción de medidas adicionales, como el empleo de mandos de validación, funcionamiento a velocidades de giro muy lentas, empleo de ropa de protección contra los riesgos de quedar atrapados por las piezas de las máquinas en movimiento, conforme a la norma UNE-EN 510, etc. (apartado 1.5 del anexo II del RD 1215/ 19 97).
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