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LA REVICTIMIZACIÓN SOCIAL MEDIÁTIZADA EN REDES SOCIALES


Enviado por   •  26 de Febrero de 2018  •  Ensayo  •  2.713 Palabras (11 Páginas)  •  192 Visitas

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LA REVICTIMIZACIÓN SOCIAL MEDIÁTIZADA EN REDES SOCIALES


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LA REVICTIMIZACIÓN SOCIAL MEDIÁTIZADA EN REDES SOCIALES

Feminicidio ¿Palabra de moda?

  1. INTRODUCCIÓN

Las tecnologías han evolucionado para el beneficio del mundo entero, la internet vino a cambiar la vida de los seres humanos, brindando una apertura completa a la información; en nuestro país 65.5 millones de personas de seis años o más utilizan internet[1], es claro que ha aumentado el uso y empleo del internet más que en el 2015, es positivo en el desarrollo de una sociedad.

Si bien el internet no solo brinda información o es fuente de consulta, del uso de la web se desprenden productos que han sido adoptados como un medio de vida, uno de ellos son las redes sociales, herramientas poderosas debido al cúmulo de usuarios que se inscriben en dichas plataformas y hacen uso de ellas; además de ello concentran bases de datos e información, que está a la alcance de todos.

Hemos comentado el efecto positivo del uso de las redes sociales, sin embargo, existe una delicada linea entre un correcto uso de las mismas y de la utilización de factores sociales y políticos para convertir una simple noticia en toda una controversia nacional e internacional.

Ahora bien, se expondrá la problemática que enfrentan las mujeres en nuestro país, al encontrarse ante claras violaciones graves a sus derechos humanos, el ordenamiento jurídico establece que todas las instituciones están obligadas a promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos.

La responsabilidad de las instituciones es innegable, el Estado de Derecho debe garantizar la protección sobre la ciudadanía, pero la encrucijada que encontré fue ¿Cómo garantizar los derechos humanos en internet?

La protección de los Derechos Humanos es una tarea complicada, ahora bien, dentro de la perspectiva social en una comunidad virtual puede parecer una tarea imposible de lograr, el escarnio público siempre tendrá lugar dentro del desarrollo mismo de un país, ya sea por algún tema de orden político o social, lo que es delicado, es involucrar la imagen y honor de una persona que fue víctima de un delito, lucrar con ella y desechar su historia por otro tipo de publicación; sucede que hay muchas formas de mitigar y hasta de eliminar esta conducta.

Es por ello que la indignación de la gente en redes no fomenta conciencia, al contrario se es partícipe del morbo generalizado, ahora bien, el Estado Mexicano debe tener conocimiento y acción en sus tres niveles Federal, Estatal y/o Municipal, durante la investigación y lectura se determinará que las redes sociales son un arma potente para mitigar la desinformación o para ser utilizada en contra de algún individuo o colectividad.

  1. EL FEMINICIDIO EN EL ESTADO DE MÉXICO RAZGOS GENERALES

El abrupto auge de las tecnologías ha permeado a gran parte de la sociedad mexiquense, tenemos nuevas herramientas, comida y bienes, aparentemente a la vuelta de la esquina, incluso los gobiernos gestionan infraestructura para garantizar  la comodidad y seguridad de la ciudadanía, sin embargo no quiere decir que esto automáticamente nos haga una sociedad evolucionada y educada. El Estado de México concentra el 14.9% de la población nacional, se encuentra en el segundo lugar aportando alrededor de 9.4% del PIB nacional[2], es un lugar estratégico para la economía y la inversión extranjera, pero también es el segundo lugar en corrupción, se desplaza por el lugar once en pobreza con el 46.6%  y catorce en pobreza extrema con el 7.2% de la población.

La pobreza no es determinante para la criminalidad, pero en combinación con otros factores es un indicio de que está relacionada con los altos índices de delincuencia. En el Estado de México se ha emitido alerta de género respecto a 11 municipios, tema que es altamente preocupante, es atribuible al desgaste del tejido social y de la destrucción total de los núcleos familiares, mismos que expulsan a sus miembros, dejándolos en el abandono, donde encuentran refugio e identidad en las distintas asociaciones criminales.

La desintegración familiar causa muchos conflictos, uno de ellos es la ignorancia, misma que aqueja a gran parte de la población, si se tiene un país educado, dificilmente veríamos un panorama como el que tenemos a diario.

La definición feminicidio parte de una alternativa lingüística a la conducta típica llamada homicidio, término que fue acuñado y presentado en una ponencia en el año de 1976 por la activista y psicóloga social Dra. Diana Russell[3] suceso que tuvo lugar ante el Primer Tribunal Internacional de Crímenes contra Mujeres, en Bruselas[4], definiéndolo así como  el “asesinato misógino de mujeres, cometido por hombres”, en el año de 1994 en nuestro país, Marcela Lagarde adoptó el término y lo introdujo al castellano como feminicidio, de ahí  se pudo contemplar un estudio serio respecto a las cifras de violencia por cuestiones de género y se comenzó la campaña de concientización ante este mal que aqueja al país y al Estado de México.

De ahí surge la responsabilidad del Estado en la prevención, tratamiento y protección de las mujeres ante la violencia de género, garantizando la vida y libertad de las mujeres, es necesaria la coordinación interinstitucional mediante una correcta elaboración e implementación de políticas públicas, tal y como lo refiere Laura Zaragoza[5], advirtiendo la capacidad del Estado de poder impartir justicia y ser advertida por la sociedad, ese es el gran reto.

Feminicidio es considerado en la legislación mexicana, específicamente en el Artículo 325 del Código Penal Federal, es tipificado a partir de la reforma del catorce de junio del año dos mil doce, donde se esboza todo un capitulo para determinar los elementos o razones de género a considerar por el juzgador y llegar a su correcta valoración y deliberación misma que deberá estar fundada y motivada.

La violencia de género es motivo de preocupación por parte de asociaciones internacionales y distintas organizaciones nacionales, la presión mediatica ha llevado al legislador de nuestro país a estructurar y regular estas conductas en materia de derechos humanos; en los distintos estados de la república se ha replicado la Ley General de Víctimas, publicada el nueve de enero del año dos mil trece legislación nueva e inspirada por instrumentos internacionales y diversas leyes en materia de víctimas, la principal función de esta ley es la de reconocer y garantizar los derechos de las víctimas del delito y violaciones a derechos humanos; se determina un procedimiento focalizado de incidencias, donde se crearán programas o políticas públicas en torno a la concientización de la violencia, se incluye un catálogo de grupos vulnerables como niñas, niños, indígenas, migrantes, las mujeres estas incluidas en el listado.

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