La constitución de Colombia
Enviado por Katherine González • 14 de Febrero de 2018 • Trabajo • 1.050 Palabras (5 Páginas) • 132 Visitas
Tabla de Contenido
- Hoja de respeto
- Portada
- Contraportada
- Tabla de contenido
- Introducción
- Mapa conceptual
- Relación entre parte dogmática y orgánica de la constitución
- Para que sirve a un sujeto de derecho acudir a la parte dogmática y orgánica
- Cuál es el alcance del principio constitucional
- Conclusión
- bibliografía
Introducción
La constitución de Colombia está divida en diferentes partes, con su preámbulo que habla acerca de los derechos fundamentales que tenemos como nación donde promulga igualdad pluralismo y libertad, seguido de su parte dogmática que hace referencia sobre las normas, derechos fundamentales, principios ,pilares y la acción de sus ciudadanos y extranjeros y seguido de la parte orgánica siendo estructura ,organización policía ,forma de gobierno y competencia
En el año de 1991 hubo un cambio o reforma en la constitución que nos llevó a hacer un estado social de derecho y se tomó en cuenta el estudio de los derechos principios y valores sociales donde llega a la evolución de un estado liberal de derecho ,llegando a la misma finalidad la garantía de la dignidad humana en un estado social de derecho colombiano, uniendo la realidad social con los principios valores y reglas constitucionales siendo esta su relación más significante
Mapa conceptual [pic 1]
Contenido Dogmático y Orgánico
2-a) ¿Qué relación existe entre la parte dogmática y orgánica de la constitución?
La parte dogmática es la que nos indica o establece la declaración de garantías individuales, siendo un conjunto de normas que establecen los principios básicos que orientan la vida del estado y los derechos de las personas. se puede considerar la parte orgánica como la garantía de la dogmática, siendo esta la estructura del estado en, jerarquías, procedimientos, competencia de los diversos órganos que integran el poder público llegando ambas a complementarse, ósea solo adquiere sentido la parte orgánica con la aplicación de los principios y valores de la parte dogmática teniendo un mismo fin el bien común.
En materia de protección de derechos, llegando a la misma finalidad la garantía de la dignidad humana en un estado social de derecho colombiano, uniendo la realidad social con los principios valores y reglas constitucionales siendo esta su relación más significante
2-b) ¿Para qué le sirve a un sujeto de derecho acudir a la parte dogmática y orgánica de la constitución de la norma constitucional?
Parte dogmática= Aun sujeto de derecho le sirve acudir a la parte dogmática para conocer los principios fundamentales y sus derechos y garantías .siendo estos la manifestación positiva del derecho del hombre ,por el cual un individuo puede hacer valer sus derechos sin ninguna restricción ,salvo caso que no cumpla con lo estipulado en la constitución, se hace caso omiso para aquellos que infringen la ley privándolos de su libertad ,o regulando las relaciones entre individuos y el estado ,ósea estableciendo el derechos de los gobernados de exigir del estado respeto y cumplimiento de sus derechos humanos ,así como la obligación de este de respetarle
Parte orgánica=Aun sujeto de derecho le sirve acudir a la parte orgánica de la constitución para saber la organización y la integración del funcionamiento de los poderes públicos en los ámbitos federal y local que define el alcance competencial de cada uno de esos poderes ,señalando las responsabilidades en que puede incurrir los funcionarios públicos cuyos actos violen la constitución ,ósea delimita las competencia de los poderes estatales en la inteligencia de que cualquier exceso puede vulnerar las garantías de los gobernados ,también para saber dónde pueden incurrir si se les viola un derecho como ciudadanos ya sea una persona particular o un ente gubernamental
2C1)-Principios constitucionales: Los principios constituyen normas jurídicas o mandato de aplicación inmediata en la resolución de un caso concreto. En el modelo de estado actual se da la importancia al juez constitucional en la interpretación de las normas puestas a su alcance para la decisión de un caso en concreto, pues su papel es fundamental, ya que pasa a hacer juez creador de derecho dentro de las corrientes actuales del activismo judicial que da vida a principios y valores
- Estos desarrollan los fines de estado como hilos conductores de su estructura fundamental, de conformidad con lo previsto en el art 1superior, siendo normas de mandato, que condicionan las demás normas, con un grado mayor de concreción pues alcanzan proyección normativa
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