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Obligaciones ¿Qué vienen a ser una obligación?


Enviado por   •  8 de Mayo de 2022  •  Monografía  •  1.075 Palabras (5 Páginas)  •  76 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Los seres humanos somos seres sociales por naturaleza. Partir de esta proposición, notorio y aprendida por todos, nos lleva a la explicación del derecho, ya sea como ciencia, arte o técnica.

Al vivir en un mundo donde uno necesita del otro y este otro del primero (reciprocidad), se forman relaciones sociales, que muchas veces acaban siendo jurídicas y dentro de este subconjunto hallamos a las obligatorias.

Pero, ¿Qué vienen a ser una obligación? No es más que una “relación jurídica en poder de la cual el acreedor tiene un derecho subjetivo a requerir del deudor un determinado tributo, patrimonialmente valorable, para satisfacer un interés lícito y, ante el incumplimiento, a conseguir de malas maneras la satisfacción de dicho interés, sea en especie o de manera equivalente”.

Estas obligaciones, pueden ser de diferentes clases, según distintos criterios. El típico, por así decirlo, es el que separa a aquellas en cuanto a su contenido, consiguiendo así: obligaciones de dar, de hacer y de no hacer.

Con el presente trabajo, analizaremos lo que significa en sí una obligación de dar, hacer y no hacer, así como lo que encontramos en nuestro código civil y lo que la doctrina opina. De este modo, se evaluará la situación actual para el desarrollo de las mismas, enfatizando que cualquiera de nosotros podemos estar dentro como parte activa o pasiva de este tipo de situaciones, por lo que es importante conocer como resolver los problemas que emerjan.

CAPÍTULO I

1. LAS OBLIGACIONES

Conforme Henri Capitant explica la obligación como un vínculo de derecho por el cual una persona o varias personas determinadas están obligadas a dar, hacer o no hacer algo respecto de otra u otras personas, en virtud de un contrato, cuasicontrato, delito, cuasidelito o la ley, mientras que Louis Josserand, en su obra de Derecho civil explica la obligación como una relación jurídica que asigna a una o a varias personas, la perspectiva de deudores, frente a otras u otras, que hacen el papel de acreedores y respectos de las cuales están obligadas a una prestación ya positiva (obligación de dar o hacer) ya negativa (obligación de no hacer); en este aspecto se considera dos partes: el acreedor considera a la obligación como un crédito y el deudor para el cual la obligación resulta una deuda.

1.1 LAS CARACTERISTICAS DE LAS OBLIGACIONES

Es útil al exponer las características de las obligaciones, examinar desde el punto de vista de los derechos reales y personales; la obligación compone un derecho personal que pone en relación con dos o varias personas, se cumple en un círculo limitado, contrario al derecho real que es un derecho absoluto y produce efectos Erga Omnes, contra todos donde sus oportunidades de alcance son ilimitadas, oponible a todos.

Otra característica es que el titular de derecho real puede utilizar la manera directa sin tener que pasar por la mediación de otra persona, en el caso de las obligaciones el acreedor para tener satisfacción, tiene que dirigirse al deudor, él cual no puede hacer justicia por sí mismo apropiándose de la suma de dinero que se le debe; es decir que mientras la obligación es un vínculo de derecho, el derecho real es un poder jurídico sobre un bien.

CAPÍTULO II

2. OBLIGACIONES DE DAR, HACER Y NO HACER

Para mayor entendimiento es fundamental aclarar que es la obligación en forma general. Para (Albaladejo, 1960) señala a la obligación como: La total relación o vínculo entre el acreedor y deudor (así mismo se le denomina crédito, cuando se le contempla desde el punto de vista del acreedor), pero también se le llama obligación a la parte pasiva de ese vínculo, es decir, a la deuda que pesa sobre el sujeto pasivo de la relación.

Con respecto a lo citado por Albaladejo, se resalta destacar que en la obligación hay dos sujetos, por lo tanto, se debe dar, hacer o no hacer alguna cosa, si en el caso que no se cumpla, se le faculta al acreedor para que mediante de la intervención del estado reclame la ejecución del deudor en el cumplimiento de su obligación.

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