¿Qué entendemos por derechos humanos?
Enviado por torres.elkin • 23 de Octubre de 2020 • Ensayo • 3.170 Palabras (13 Páginas) • 181 Visitas
¿Qué entendemos por derechos humanos? ¿Cuáles son sus características? ¿Sobre qué valores e ideas se fundamentan? ¿De dónde han venido? ¿Cuál fue su trayectoria? Exploraremos juntos estas preguntas, aquí, en la sala de asambleas de las Naciones Unidas, en Ginebra. Sin embargo, antes viene una pregunta de terminología. ¿Vamos hablar de los "derechos del hombre" o de los "derechos humanos"? En algunas lenguas esta pregunta no tiene razón de ser, En alemán, por ejemplo, el término Meschenrechte indica, claramente, todos los seres humanos. Lo mismo en ruso Prava Cheloveka: derecho de todos los seres humanos. Hoy, en inglés, el término Human Rights domina claramente. Sin embargo no siempre fue así. Hasta que fue adoptada la Declaración Universal de los Derechos Humanos se utilizó la terminología Rights of Man. El cambio de terminología de Rights of Man por Human Rights fue intencional y entendía recalcar que los derechos humanos no son prerrogativa ni privilegio del género masculino, sino que se aplican a todos los seres humanos, incluidas las mujeres. La Declaración Universal de los Derechos Humanos recalca este punto. Su artículo uno dice: "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. De esta manera, la Declaración innova con respecto a otras declaraciones más antiguas, en particular, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, cuyo artículo uno dice: Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Al contrario que en el inglés, "Derechos del Hombre" permanece la terminología oficial en francés. El título en francés: " Declaration Universelle des Droits de l'Homme" lo muestra claramente. "Droits de l'Homme" queda en francés como terminología oficial para indicar otros convenios e instrumentos en materia de derechos humanos. Es la terminología también para indicar los órganos de control; Consejo de derechos humanos, Comisión de derechos humanos, o el Tribunal europeo de los derechos humanos. Hemos decidido seguir la terminología oficial, pero, queda claro que no es cuestión de oponer los derechos del hombre a los de la mujer. El objeto de este curso es claramente el derecho de todos los seres humanos.
CARACTERISTICAS
Los derechos humanos: el derecho de ser libre, de tener, de poder ser protegido por la ley, de poder comer, de tener un techo, de ser libre de expresar lo que uno piensa. Respeto, por supuesto, tolerancia y la aceptación de diferentes culturas. Esto es lo esencial de los derechos humanos, creo yo. Que tengamos una base común sobre la cual podamos ponernos de acuerdo y decir: así es, esta es la manera de respetar a los seres humanos, no importa cuál sea su religión o su raza. Es que toda la gente de la tierra sea feliz, contenta y bien tratada. Son los derechos que cada persona, cualquiera que sea, debe tener. Cualquiera que sea la condición de su nacimiento. Para mí el significado es tan enorme, que no tengo pequeñas palabras para expresarlo. Para mí significa, en general, la libertad de expresarse, la libertad de poder ser una persona, a ser respetado, a existir, a vivir como un humano y no como un animal. Es el derecho de hacer muchas cosas que se pueden hacer. ¿Qué evoca para mí los Derechos Humanos? La libertad. Simplemente eso. El respeto de toda persona, nacionalidad, color o religión. Bueno, es un conjunto de derechos fundamentales, que se definen como universales, a través las diferentes culturas y a través las diferentes legislaciones y que deberían estar a la base de todas las otras leyes. Todos tenemos una intuición de lo que son los derechos humanos. Intentemos, juntos, esclarecer aún más esta noción, de recalcar sus características más destacadas a partir de la definición siguiente: Los derechos humanos son derechos subjetivos garantizados por el derecho internacional, cuya finalidad es proteger Los intereses fundamentales de la persona humana, y subsidiarios con respecto a las garantías nacionales. Retomemos juntos los diferentes elementos de la definición. Los derechos humanos son, pues, derechos subjetivos. The rights, por decirlo en inglés. Los derechos subjetivos son prerrogativas que permiten a su titular exigir algo al destinatario del derecho. Los derechos subjetivos implican siempre una relación entre dos partes. Por una parte, el sujeto del derecho, el titular o beneficiario del derecho, y por la otra el destinatario, la persona que está obligada a respetar ese derecho. ¿Quién puede ser titular de los derechos humanos? Es, en primer lugar, la persona humana en general et independientemente de su nacionalidad. Los derechos humanos se aplican, pues, a los apátridas y a los extranjeros. ¿Qué pasa con las personas jurídicas? Por ejemplo empresas comerciales. ¿Puede una empresa comercial invocar los derechos humanos? La respuesta varía según los sistemas de protección. El Tribunal europeo de derechos humanos admite, por ejemplo, que una persona jurídica, una empresa de prensa, pueda invocar la libertad de expresión, para oponerse a una prohibición de publicación. Pero otros derechos, pensemos por ejemplo al derecho a la vida, la prohibición de la tortura, están indisociablemente vinculados con la persona humana y no pueden ser invocados por una empresa comercial. El titular también puede preguntarse si las entidades colectivas, los pueblos, pueden invocar los derechos humanos. El tema es controversial. La tendencia contemporánea es de responder afirmativamente. Volveremos a esta pregunta más en detalle durante la cuarta semana del curso. Consideremos ahora la otra parte del derecho subjetivo: el destinatario. ¿Quién es el destinatario de los derechos humanos? Los derechos humanos se dirigen principalmente contra el Estado Cuando hablamos de destinatario de los derechos humanos, significa también que esta entidad está obligada a respetarlos. Tiene obligaciones. Vemos, pues, que los derechos humanos tienen siempre dos caras. Derechos, y su corolario, obligaciones. Son las dos caras de la misma moneda. Como ya he dicho, los derechos humanos están principalmente dirigidos contra el Estado. Cuando decimos Estado, entendemos todos los órganos de este. Todas las entidades que de facto o de jure actúan en su nombre. La administración, los tribunales, el poder legislativo, y dan las democracias directas también el pueblo. Los derechos humanos pueden también desplegar efectos de manera indirecta entre particulares. Hablaremos más de esto en este curso. Pero lo importante, es que las consultas A nivel internacional siempre están dirigidas contra el Estado. Nunca contra un individuo, un particular. El hecho que el Estado sea el destinatario de los derechos humanos, se explica principalmente por razones históricas. El Estado, entidad soberana, monopolio de la fuerza, es el principal peligro para la libertad de
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