TRABAJO DE INVESTIGACIÓN: METAL CLAD VS MÉXICO Y ACUERDO TRANSPACIFICO
Enviado por s0lesyta • 14 de Diciembre de 2018 • Síntesis • 1.457 Palabras (6 Páginas) • 286 Visitas
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DEL ESTADO DE MORELOS
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS SOCIALES
ALUMNO: ANGEL ARTURO MARTINEZ TAVAREZ
MATERIA: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
PROFESOR: OSCAR SAMARIO
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN: METAL CLAD VS MÉXICO Y ACUERDO TRANSPACIFICO
El caso Metalclad en contra del estado mexican0 se convirtió en se convirtió en uno de los conflictos ambientales más importantes en la historia, atrajo la participación de un número mayor de actores sociales y puso prueba también un número mayor de dispositivos jurídicos.
El caso demuestra para muchos que el libre comercio trae consigo una reducción en los niveles de protección ambiental.
En el recuento de los hechos tenemos los siguientes:
1).- En 1990, los hermanos Guillermo y Salvador Aldrett, que llevaban varios años dedicados a la recolección de residuos provenientes de la minería en el Estado de San Luis Potosí, compraron un terreno de poco más de ochocientas hectáreas, conocido como La Pedrera. Cuando sus vecinos les preguntaron para qué lo querían, ellos les dijeron que iban a sembrar tomates. Unos meses después esos mismos vecinos descubrieron que los camiones que llegaban al lugar no iban cargados de semillas o de aperos de labranza, sino de tambores con residuos industriales. Los Aldrett estaban cometiendo lo que de acuerdo con la flamante Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) podría considerarse no sólo como una falta, sino incluso, bajo una interpretación rigurosa, como un crimen ambiental.
2).- De hecho en julio de 1990 solicitaron a la autoridad federal ambiental (la entonces Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, o Sedue) autorización para construir un confinamiento controlado y fundaron la empresa “Confinamiento Técnico de Residuos Industriales, S. A.” (Coterin). Pero no esperaron a que llegara la autorización y depositaron en La Pedrera más de cincuenta mil tambores, con unas veinte mil toneladas de residuos provenientes de diferentes fuentes.
3).- Mientras evaluaba la solicitud, la Sedue trató de asegurar temporalmente los residuos ya depositados, de modo que les otorgó un permiso para operar una “estación de transferencia”, figura jurídica que no estaba prevista en ley o reglamento alguno y que inventó la Sedue como una salida provisional para reducir el riesgo ambiental mientras se hacían los estudios y las obras definitivas. Los Aldrett nunca construyeron la estación de transferencia, y a pesar de ello fue con ese nombre que se conoció lo que desde el principio fue un simple tiradero a cielo abierto de una gran cantidad de residuos. Al año siguiente, unas lluvias ocasionaron que muchos de los tambores se derramaran. La preocupación de los vecinos fue tanta, que unos doscientos de ellos se presentaron a la entrada del predio el 24 de septiembre de 1991 para impedir la entrada de más residuos. Al día siguiente, la Sedue clausuró el tiradero. Desde entonces, no han entrado más residuos a La Pedrera.
4).- En respuesta a la queja que un grupo de ciudadanos de Guadalcázar presentó ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos, esta emitió una recomendación en febrero de 1992, donde se ponía un fuerte acento sobre la necesidad de realizar:
“un trabajo permanente y cuidadoso de información en la Entidad, dando a conocer a toda la población... los beneficios que producen los confinamientos de residuos industriales apegados a la legislación vigente... para minimizar los efectos en el ambiente y en la salud que dichos residuos originan cuando son depositados en lugares clandestinos”
Así, desde el principio del conflicto se planteaba con claridad una solución típicamente moderna: utilizar la ciencia para iluminar no sólo el contenido de las normas jurídicas, sino también el juicio de los ciudadanos.
5).- En 1993 apareció en escena un actor que le daría un giro enteramente nuevo a nuestra historia. Metalclad Corporation, empresa de origen estadounidense, adquirió, casi en su totalidad, el capital de Coterin. Antes de la compra, la Sedue emitió la autorización definitiva para la construcción del confinamiento y el Gobierno del Estado una licencia de uso de suelo para el mismo fin. Así, Metalclad adquiría un activo (la propiedad de un predio sobre el cual existían autorizaciones para realizar una actividad altamente lucrativa) y un pasivo (la obligación de restaurar el sitio que habían dejado contaminado los Aldrett).
6).- En 1994, Metalclad llevó a cabo varios movimientos para llevar adelante su proyecto. Por un lado, aceptó la realización de una auditoría ambiental voluntaria bajo la supervisión de la Profepa, que para entonces había asumido las atribuciones que anteriormente ejercía la Sedue. Esa auditoría permitiría realizar una evaluación más profunda de las condiciones del sitio, con miras a su restauración.
7).- El 10 de marzo de 1995 Metalclad intentó inaugurar el confinamiento que había construido el año anterior sin contar con la licencia municipal. Un grupo de personas se movilizó para impedir que eso ocurriera. Pocos días después, el Presidente Municipal de Guadalcázar, pidió a la Semarnap que mantuviera la clausura que se había impuesto años antes al tiradero y solicitó a la Profepa una serie de informaciones, entre ellas los resultados de la auditoría ambiental que estaba recién terminada.
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