Visión, Misión y Valores del Comité
Enviado por midattel • 27 de Diciembre de 2017 • Informe • 896 Palabras (4 Páginas) • 474 Visitas
MANUAL DE FUNCIONAMIENTO
Comité Ley de Transparencia
Elaborado por: | Revisado por: | Aprobado por: |
Nombre: Jorge Manríquez F. Cargo: Profesional de Apoyo CR Desarrollo Institucional y Control de Gestión Fecha: Agosto 2015 Firma: | Nombre: Alfredo Figueroa. Cargo: Subdirector Administrativo Fecha: Agosto 2015 Firma: | Nombre: Ximena Guzmán. Cargo: Director Hospital Regional de Arica “Dr. Juan Noé Crevani” Fecha: Agosto 2015 Firma: |
1.- Visión, Misión y Valores del Comité
- Visión
Ser un comité participativo y eficiente que organice y promueva a nivel hospitalario la Ley Nº 20.285 de Transparencia y Derecho de acceso a la información pública.
- Misión
El Comité de Ley de Transparencia es el ente responsable de coordinar, ejecutar y controlar aspectos relacionados a la Ley Nº 20.285 de Transparencia y derecho de acceso a la información pública. Además de lograr y mantener aquellos requerimientos solicitados por el Consejo para la Transparencia y las actividades que a ella competen.
- Valores
- Respeto
- Compromiso
- Transparencia
- Probidad
- Disciplina
- Responsabilidad
1.4. Imagen a Proyectar
La imagen que desea proyectar el Comité de Ley de Transparencia, es de un comité responsable que está completamente involucrado en implementar a cabalidad las distintas actividades que exige la Ley de Transparencia.
1.5 Objetivo General del Comité.
Establecer acuerdos que permitan la planificación y realización de las distintas tareas que son requeridas por el Consejo para la Transparencia, además verificar que se ingrese la información correspondiente a los ítems de cada ámbito, incluidos en el banner de gobierno transparente.
2. Políticas del Comité Ley de Transparencia
- El Comité depende jerárquicamente en forma directa del Director del Hospital.
- El Comité deberá trabajar en los ítems que mensualmente se deben ingresar al banner de gobierno transparente, coordinando responsables y plazos correspondientes.
- El Comité deberá sesionar periódicamente, como mínimo cada dos meses, con el fin de presentar inquietudes respecto a la información que debe ser entregada, y de esta forma, poder resolverlas en conjunto y decidir si es necesario recurrir a otras instancias para solucionarlas. Sin embargo, el coordinador por razones plausibles, podrá realizar reuniones cada vez que él lo solicite.
- Frente a cualquier duda o inquietud se comunicará con el encargado de la Unidad de Transparencia dependiente del Departamento de Atención al Usuario del Ministerio de Salud.
- Incorporar en las reuniones del comité que sean necesarias al auditor del establecimiento, a objeto de llevar a cabo las gestiones útiles para la realización de auditorías del ejercicio presupuestario.
- Se dará a conocer a cada uno de los integrantes del comité, los procedimientos y protocolos de las unidades involucradas en el proceso de transparencia a objeto de optimizar los actos administrativos allí generados para remitir la información en forma oportuna.
- El Encargado de actas, será responsable de enviar actas de reuniones con acuerdos y además deberá enviar a cada integrante del comité manuales e instrucciones generales del consejo para la transparencia.
3. Productos de la Comisión
- El acta de reuniones, el cual contiene listado de las personas que asistieron a la reunión, los temas tratados en ella, los acuerdos fijados y el responsable de su logro.
- Informes solicitados por Consejo para la Transparencia.
- Plan de trabajo de acuerdo a instrucciones en informe sobre fiscalización del cumplimiento de las normas sobre transparencia activa del consejo para la Transparencia.
- Información mensual en banner Gobierno Transparente de la Institución.
4. Organigrama del Comité Ley de Transparencia
La comisión tiene una estructura de organización como la que se presenta a continuación:
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