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Enviado por Victor Gc • 7 de Septiembre de 2018 • Tarea • 1.127 Palabras (5 Páginas) • 329 Visitas
Secretario : Carpio ACevedo Adeleydi
Expediente : 3668-2016
Cuaderno : Principal
Escrito : 03
Sumilla : Apelación de sentencia
SEÑOR JUEZ DEL DECIMO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE AREQUIPA.
Octavio Richar Puma Cahuana, en los autos seguido con Frida Rojas Ataucuri, sobre Alimentos a Ud., respetuosamente me presento y digo:
PETITORIO
Habiendo sido notificado con la Resolución Nro. 10, de fecha 14 de diciembre de 2017, que contiene la SENTENCIA 537-2017, en tiempo oportuno, interpongo RECURSO IMPUGNATORIO DE APELACIÓN con efecto suspensivo en contra de la sentencia antes indicada que declara fundada en parte la demanda de alimentos, dispondiendo que el demandado acuda a sus dos menores hijos con una pension alimentcia mensual y adelantada de S/ 400 soles, a razón de S/ 200 para cada menor alimentista, pór lo que el superior en grado revise la resolcuion la revoque y reformándola ordene el pago S/ 300 soles, a razón de S/ 150 soles menor alimentista, en mérito a los siguientes fundamentos:
AGRAVIOS QUE PRODUCE LA SENTENCIA.
Se ha violado mi derecho a la tutela procesal efectiva y el debido proceso que garantiza el artículo 139º, numeral 3 de nuestra Constitución, al haberse expedido una resolución en contra del texto expreso y claro de los numerales 3 y 4 del artículo 122º del C.P.C., por su evidente falta de imparcialidad y por la incongruencia que existe entre la parte considerativa, los medios probatorios actuados y el fallo asimismo el agravio económico que causa la resolución.
ERRORES DE HECHO Y DERECHO QUE CONTIENE LA SENTENCIA
No se ha analizado objetiva y razonablemente, lo que se afirma en el punto quinto lo cual indica los ingresois económicos que percibo ya que como se señalo en audiencia mis ingresos son alrededor de ochocientos soles, tengo estuidos técnicos como diseñador grafico de un trabajo que es temporal, y como indico soy trabajador que no recibe una remuneración fija mensual ni mucho menos tengo un trabajo estable por consiguiente no cuento con las posibilidades económicas para cumplir con una pension alimenticia de 400 soles a favor de mis menores hijos.
En la presente sentencia no se analizado la carga familiar que cuento pues tengo una menor hija con mi actual pareja, se adjunto el presente medio probatorio en la contestacion, por lo que me causa agravio con respecto a la carga familiar y obligaciones, asimismo se debe tomar en cuenta la prorratea de porcentaje de mi menor hija. Que, su judicatura debe tener en cuenta mi precaria economía, pues por el monto de la misma pone en riesgo la subsistencia de mi familia y mi conviviente
FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA:
1. Se ha cumplido con el elemento de temporalidad del medio impugnatorio interpuesto, es decir que la apelación esta siendo presentada dentro del plazo que el inciso 13° del art. 478 del C. P. C. establece, es decir en el plazo de 10 días desde la notificación de la sentencia.
2. También se ha cumplido con el Principio de Adecuación del medio impugnatorio, es decir que estamos utilizando el medio impugnatorio adecuado contra el acto procesal que impugnamos; es por ello que hemos interpuesto el recurso impugnatorio de apelación en contra de la sentencia dictada en autos, como lo establece el art. 358° del Código Procesal Civil.
3. De igual manera estamos expresando los errores de hecho, de derecho y sobre todo hemos manifestado el agravio que nos causa la sentencia impugnada, expresando con ello el sustento de la pretensión impugnativa a través de la presente fundamentación; tal como lo exige el numeral 366° del C. P. C.
4. El efecto que va a producir la apelación con efecto suspensivo, es el de suspender la eficacia de la sentencia impugnada, como lo dispone el art. 368° del Código Procesal Civil.
5. Con la expedición de la sentencia se ha vulnerado nuestro derecho al debido proceso y al de defensa, por no haberse permitido realizar un Informe Oral previamente solicitado, tal como lo hemos hecho notar al expresar los errores de hecho y de derecho, por lo que la misma devendrá en nula, tal como lo sanciona la parte final del artículo 122 del Código Procesal Civil, en concordancia con el Principio de Legalidad contenido en el numeral 171 del mismo cuerpo normativo.
6. De otro lado se ha podido apreciar que la sentencia impugnada no ha observado los requisitos que establece el propio art. 122° del C.P.C., ya que no existe la argumentación y fundamentación necesaria en este tipo de resoluciones, además de no haberse indicado las normas aplicables de manera expresa, y no se ha resuelto conforme a los antecedentes.
7. Finalmente durante el proceso no se ha observado el debido proceso, como dispone el inciso 3° y 14° del art. 139° de la Constitución Política del Perú.
MEDIOS PROBATORIOS:
Como medios probatorios, ofrezco los siguientes:
1. Copia fedateada del escrito por el cual se solicitó Informe Oral, y del cargo de ingreso del escrito.
POR LO EXPUESTO:
A Ud. ruego se sirva conceder el medio impugnatorio de apelación con efecto suspensivo en contra de la sentencia dictada en autos, en mérito a los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, y sean elevados los autos al Superior en grado con la debida nota de atención.
PRIMER OTROSÍ (01): Que se tenga presente que adjunto la Tasa Judicial por apelación.
ANEXOS
1. Copia .....
2. Copia fedateada de la Constancia de Habilidad del Abogado que suscribe, otorgada por el Colegio de Abogados de Arequipa.
Tacna, ________________
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